Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2004 (05/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 2004
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 70º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley de Represion del Trafico Ilicito de Drogas sustituido por el Articulo 7º del Decreto Ley Nº 22926, establece que los bienes incautados o decomisados definitivamente por sentencia judicial firme, seran adjudicados al Estado y registrados en la Direccion General de Bienes Nacionales del Ministerio de Vivienda y Construccion, hoy Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministerio de Economia y Finanzas, para que continuen en uso de las dependencias publicas a que se refiere el Art. 69º de la misma Ley, y que aquellos bienes que no sirvan para este fin seran vendidos en publica subasta y su producto sera depositado en el Banco de la Nacion para su inmediato ingreso al Tesoro Publico; Que, el articulo 18º del Decreto Ley Nº 25623 dispone que los productos e insumos quimicos directa o indirectamente destinados a la elaboracion de pasta basica de cocaina, pasta lavada y clorhidrato de cocaina, sujetos a control y fiscalizacion, decomisados y depositados en la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, podran venderse para su empleo en la industria nacional previa evaluacion, verificacion y autorizacion de la Oficina General de Supervision de Insumos Quimicos y Productos Supervisados, hoy Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados del Ministerio de la Produccion; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0622-2000-IN/ 1104 de fecha 19 de MORDAZA del 2000 se aprobo la Directiva Nº 02-2000-IN/1104 que establece las "Normas y Procedimientos para la Venta por Subasta Publica de los Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas" y, que segun lo dispone la citada Directiva, dicha venta sera ejecutada por una Comision designada por Resolucion Ministerial del Sector Interior y que estara conformada por representantes de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; Que, con Resolucion Ministerial Nº 1097-2001-IN/ 1101 de fecha 06 de setiembre del 2001 se autorizo la comercializacion de productos e insumos quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas y/o excedentes de empresas puestos a disposicion de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas- OFECOD del Ministerio del Interior, y que con Resolucion Ministerial Nº 1096-2001IN/1101 de la misma fecha se aprobo la Directiva Nº 022001-IN/1105 que establece las "Normas y Procedimientos para la Comercializacion por el Ministerio del Interior de Productos e Insumos Quimicos Decomisados por Trafico Ilicito de Drogas y/o Excedentes de Empresas", en la que se precisa que la comercializacion se efectuara por la modalidad de venta directa publica al mejor postor por la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautado por trafico ilicito de drogas designada anualmente por Resolucion Ministerial;

Que, en el periodo 2003 no hubo bienes decomisados expeditos para venta directa en subasta publica y que con Informe Nº 01-2003-IN/CVSBITID de 26.ENE.04 la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas - 2003 dio cuenta sobre el MORDAZA para la comercializacion de insumos decomisados o excedentes de empresas puestos a disposicion de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD desarrollado en el periodo 2003, no habiendose podido comercializar todos los lotes ofertados; Que, es necesario nombrar una Comision con plenas facultades para llevar a cabo los procesos de venta por subasta publica de bienes decomisados por trafico ilicito de drogas y la comercializacion por modalidad de venta directa publica al mejor postor de productos e insumos quimicos decomisados por el mismo delito o excedentes de empresas puestos a disposicion de la OFECOD que se encuentran expeditos para ello, en el periodo operativo correspondiente al ano 2004; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 299-2004-IN/ 1101 de 26.FEB.2004 se modifico la Directiva sobre "Normas y Procedimientos para la Comercializacion de Productos e Insumos Quimicos decomisados por trafico ilicito de drogas y/o excedentes de empresas por el Ministerio del Interior"; Que, mediante Oficio Nº 0281-2003-IN-0502 de 28.ENE.04 de la Oficina General de Administracion, Oficio Nº 030-2004-IN/0201 de 23.ENE.04 de la Oficina General de Asesoria Juridica y Memorandum Nº 51-2004-IN/ 1101 de 16.FEB.04 de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD se designan a los respectivos representantes para conformar la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas-2004; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas; con opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Articulo 70º del D.L. Nº 22095 sustituido por el Art. 7º del D.L. Nº 22926, Articulo 18º del D.L. Nº 25623, Articulos 46º y 48º del Reglamento de la Ley Nº 25623 aprobado por D.S. Nº 008-93ITINCI y Articulo 5º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN del 1.MAR2.004. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes y Venta Directa Publica de Insumos Quimicos Decomisados por Trafico Ilicito de Drogas para el periodo 2004, la misma que tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del 2004 y que estara integrada por: - Srta. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFECOD), quien la presidira.

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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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