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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G31/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 70º del Decreto Ley Nº 22095 - Ley de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas sustituido por el Ar- tículo 7º del Decreto Ley Nº 22926, establece que los bie- nes incautados o decomisados definitivamente por senten-cia judicial firme, serán adjudicados al Estado y registra-dos en la Dirección General de Bienes Nacionales del Mi-nisterio de Vivienda y Construcción, hoy Superintendenciade Bienes Nacionales del Ministerio de Economía y Finan- zas, para que continúen en uso de las dependencias públi- cas a que se refiere el Art. 69º de la misma Ley, y queaquellos bienes que no sirvan para este fin serán vendidosen pública subasta y su producto será depositado en elBanco de la Nación para su inmediato ingreso al TesoroPúblico; Que, el artículo 18º del Decreto Ley Nº 25623 dispone que los productos e insumos químicos directa o indirecta-mente destinados a la elaboración de pasta básica de co-caína, pasta lavada y clorhidrato de cocaína, sujetos a con-trol y fiscalización, decomisados y depositados en la Ofici-na Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, podrán ven- derse para su empleo en la industria nacional previa eva- luación, verificación y autorización de la Oficina Generalde Supervisión de Insumos Químicos y Productos Super-visados, hoy Dirección de Procedimientos Industriales eInsumos Químicos y Productos Fiscalizados del Ministeriode la Producción; Que, con Resolución Ministerial Nº 0622-2000-IN/ 1104 de fecha 19 de mayo del 2000 se aprobó la Directi-va Nº 02-2000-IN/1104 que establece las "Normas yProcedimientos para la Venta por Subasta Pública de losBienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas" y, quesegún lo dispone la citada Directiva, dicha venta será ejecutada por una Comisión designada por Resolución Ministerial del Sector Interior y que estará conformadapor representantes de la Oficina Ejecutiva de Control deDrogas, Oficina General de Administración y OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; Que, con Resolución Ministerial Nº 1097-2001-IN/ 1101 de fecha 06 de setiembre del 2001 se autorizo la comercialización de productos e insumos químicos de-comisados por tráfico ilícito de drogas y/o excedentesde empresas puestos a disposición de la Oficina Ejecu-tiva de Control de Drogas- OFECOD del Ministerio delInterior, y que con Resolución Ministerial Nº 1096-2001- IN/1101 de la misma fecha se aprobó la Directiva Nº 02- 2001-IN/1105 que establece las "Normas y Procedimien-tos para la Comercialización por el Ministerio del Interiorde Productos e Insumos Químicos Decomisados por Trá-fico Ilícito de Drogas y/o Excedentes de Empresas", enla que se precisa que la comercialización se efectuará por la modalidad de venta directa pública al mejor postor por la Comisión de Venta por Subasta Pública de BienesIncautado por tráfico ilícito de drogas designada anual-mente por Resolución Ministerial;Que, en el período 2003 no hubo bienes decomisados expeditos para venta directa en subasta pública y que conInforme Nº 01-2003-IN/CVSBITID de 26.ENE.04 la Comi-sión de Venta por Subasta Pública de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito de Drogas - 2003 dio cuenta sobre el pro- ceso para la comercialización de insumos decomisados oexcedentes de empresas puestos a disposición de la Ofi-cina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD desarro-llado en el período 2003, no habiéndose podido comercia-lizar todos los lotes ofertados; Que, es necesario nombrar una Comisión con plenas facultades para llevar a cabo los procesos de venta porsubasta pública de bienes decomisados por tráfico ilícitode drogas y la comercialización por modalidad de ventadirecta pública al mejor postor de productos e insumosquímicos decomisados por el mismo delito o excedentes de empresas puestos a disposición de la OFECOD que se encuentran expeditos para ello, en el período operativocorrespondiente al año 2004; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 299-2004-IN/ 1101 de 26.FEB.2004 se modificó la Directiva sobre "Nor-mas y Procedimientos para la Comercialización de Pro- ductos e Insumos Químicos decomisados por tráfico ilícito de drogas y/o excedentes de empresas por el Ministeriodel Interior"; Que, mediante Oficio Nº 0281-2003-IN-0502 de 28.- ENE.04 de la Oficina General de Administración, OficioNº 030-2004-IN/0201 de 23.ENE.04 de la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 51-2004-IN/ 1101 de 16.FEB.04 de la Oficina Ejecutiva de Control deDrogas - OFECOD se designan a los respectivos repre-sentantes para conformar la Comisión de Venta por Su-basta Pública de Bienes Incautados por Tráfico Ilícito deDrogas-2004; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Con- trol de Drogas; con opinión favorable de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Artículo 70º del D.L. Nº 22095 sustituido por el Art. 7º del D.L. Nº 22926,Artículo 18º del D.L. Nº 25623, Artículos 46º y 48º del Re- glamento de la Ley Nº 25623 aprobado por D.S. Nº 008-93- ITINCI y Artículo 5º del Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobadopor Decreto Supremo Nº 003-2004-IN del 1.MAR2.004. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar la Comisión de Venta por Subas- ta Pública de Bienes y Venta Directa Pública de InsumosQuímicos Decomisados por Tráfico Ilícito de Drogas parael período 2004, la misma que tendrá vigencia hasta el 31de diciembre del 2004 y que estará integrada por: - Srta. Ing. Silvia Liliana LAVADO DURAND, represen- tante de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas (OFE-COD), quien la presidirá. REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicarsus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU