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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (07/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G32/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G35/GBA/G20/G69/G6E/G63/G69/G73/G6F/G20/G62/G29/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G30/G2D/G4D/G53/G49/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C /G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72 /G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 ORDENANZA Nº 079-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO;Vistos; en la Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo del año en curso, los Dictámenes Nºs. 030-2004-CAJ/MSI y022-2004-ADM-FIN/MSI de las Comisiones de Asuntos Legales y Administración y Finanzas, los Informes Nºs. 257- 2004-15-OAJ/MSI y 222-2004-15-OAJ/MSI de la Oficinade Asesoría Jurídica y los Informes Nº 036 y Nº 048-2004- 17-GREN/MSI de la Gerencia de Rentas sobre Proyecto de Ordenanza que modifica el artículo 5º de la OrdenanzaNº 070-MSI; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 070-MSI de fecha 20 de enero de 2004, se aprobó el Régimen Tributario delos Arbitrios por la prestación de servicios públicos de la Municipalidad Distrital de San Isidro, estableciéndose una nueva metodología para la determinación del monto delos arbitrios; Que, el artículo 5º de la referida Ordenanza señala a los sujetos obligados de pago de arbitrios municipales,estando a que su inciso b), excluye la posibilidad de que cualquiera de los condóminos de un predio, en repre- sentación de los demás, pueda asumir el pago del ínte-gro del monto de los arbitrios que corresponden al pre- dio; Que, existiendo un número significativo de contribu- yentes que tienen la condición de condóminos de un pre- dio, es necesario incluir la alternativa de pago del ínte- gro del monto de arbitrios correspondiente al predio enrégimen de copropiedad, al condómino que así lo solici- te; Que, estando a lo expuesto y en uso de las faculta- des conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Con- cejo por unanimidad y con dispensa de trámite de apro-bación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5º INCISO B) DE LA ORDENANZA Nº 070-MSI Artículo 1º.- MODIFÍQUESE el artículo 5º inciso b) de la Ordenanza Nº 070-MSI de fecha 29 de enero de 2004, por el texto siguiente: "b) Tratándose de predios en condominio, la obligación recae en cada uno de los condóminos en la proporción quele corresponde, la que en ningún caso podrá ser inferior al 20% del monto mínimo establecido para cada uno de los arbitrios. Alternativamente cualquiera de los condóminos podrá asumir el íntegro del pago de los arbitrios que corresponde al predio, para cuyo efecto se deberá solicitar el acogimientoa esta opción a la Gerencia de Rentas." Artículo 2º.- Para efectos del pago de los arbitrios co- rrespondientes al presente ejercicio fiscal, los propietarios de predios en condominio tienen plazo hasta el 30 de abrildel 2004 para adecuarse a lo establecido en la presente Ordenanza. Dado en San Isidro, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil cuatro. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 06908/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G2D/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2004-MSI San Isidro, 16 de marzo de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 027-2004-CAJ/MSI, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el Dictamen Nº 019-2004-ADM-FIN/MSI de la Comisión de Administración y Finanzas y el Informe Nº 199-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica, para la declara- ción en Situación de Urgencia del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos y se autorice su contrataciónmediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 19º, inciso c) del TUO de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 012-2001-PCM, establece que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adju- dicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones ycontrataciones que se realicen en situación de urgencia de acuerdo a ley; Que, se considera situación de urgencia cuando la au- sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la conti- nuidad de los servicios esenciales que la entidad tiene asu cargo, según lo señala el artículo 21º del citado TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Oficio Nº 049-2004-19-GSC/MSI, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Memorando Nº 156- 2004-10-OLSG/MSI de la Oficina de Logística y Servicios Generales, se informa que con fecha 21 de marzo de 2004,vence el plazo de la Contratación complementaria del Ser- vicio de Disposición Final de Residuos Sólidos, encontrán- dose en trámite la Segunda Convocatoria al Concurso Pú-blico Nº 001-2004-CE/MSI para su contratación al haber sido declarada desierta la Primera Convocatoria, por lo que a fin de asegurar la continuidad de la prestación del servi-cio mientras dure el proceso de selección correspondiente al año 2004, debe efectuarse el trámite correspondiente para la contratación de dicho servicio; Que, por el Informe Legal Nº 199-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica indica que, teniendo en cuen- ta lo señalado en el Oficio Nº 049-2004-19-GSC/MSI yMemorando Nº 156-2004-10-OLSG/MSI, se ha configurado un hecho de excepción que compromete en forma directa e inminente la continuidad de la prestación de serviciosesenciales de la Municipalidad, siendo procedente la apro- bación, mediante Acuerdo de Concejo Municipal, de la exo- neración por situación de urgencia del proceso de Concur-so Público para la contratación del servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos por el tiempo necesario para llevar a cabo el proceso de selección correspondiente, rea-lizándose dicha contratación mediante el proceso de Adju- dicación de Menor Cuantía; De conformidad con lo establecido en los artículos 19º, Inciso c), 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, y al amparo del inciso 35) del Artículo 9º y el Artículo41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo 1º.- DECLARAR en SITUACIÓN DE UR- GENCIA el Servicio de Disposición Final de Residuos Só- lidos y se autorice su contratación mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- APROBAR la exoneración del proceso de Concurso Público, por situación de urgencia, para la con- tratación del Servicio de Disposición Final de ResiduosSólidos por un monto referencial de S/67,100.00 (Sesenta y siete mil cien y 00/100 Nuevos Soles) y por el período comprendido del 22 de marzo al 31 de mayo de 2004, ohasta que se efectúe la contratación como resultado del