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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (07/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G32/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 proceso de selección definitivo que se lleva a cabo, siendo la fuente de financiamiento Recursos Propios. Artículo 3º.- AUTORIZAR la contratación del referido servicio mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuan-tía, encargándose a la Oficina de Logística y Servicios Generales a través de la Unidad de Logística, realizar el trámite correspondiente. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General para que dentro de los 10 días calendario siguientes a la expe- dición del presente Acuerdo, cumpla con remitir copia de lamisma y de los Informes Técnico y Legal sustentatorios, a la Contraloría General de la República, y proceda a la pu- blicación del presente Acuerdo dentro de los 10 días hábi-les siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE SALMON JORDÁN Alcalde 06847 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G75/G65/G6E/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G72/GED/G6F/G73/G2C/G20/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G67/G75/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G73/G74/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G72/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G64/G61/G20/G70/G72/G6F/G74/G65/G67/G69/G64/G61/G2C/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G2D/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G74/G75/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G68/G69/G73/G74/GF3/G72/G69/G63/G6F/G20/G63/G75/G6C/G74/G75/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G62/G61/G6D/G62/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-MPH Huancabamba, 9 de marzo del 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUANCABAMBA VISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 9 de marzo del 2004, el Oficio Nº 001-2004-MPH-CEDAH/, defecha 8 de marzo del 2004, presentado por el Regidor Be- nito Guarnizo García, Presidente de la Comisión Especial en Defensa del Agro, designada según acuerdo tomado enla Sesión Ordinaria de fecha 29 de enero del 2004, a tra- vés del cual se alcanza el Proyecto de Ordenanza que declara a la provincia de Huancabamba en cuanto al usodel suelo y sus Cuencas y Microcuencas como Zona Re- servada e Intangible para uso exclusivo del sector agrope- cuario; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, economía y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, conforme lodispone el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado; Que, de conformidad con el Artículo 68º de la Consti- tución Política del Estado, está obligado a promover la con- servación de la diversidad biológica y de las áreas natura- les protegidas; Que, de conformidad a los Artículos 73º, 74º, 75º y 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun- ciones de los Municipios Provinciales, velar por la conser-vación del medio ambiente y ejercer las funciones específi- cas de competencia municipal exclusiva, velando por la con- servación de la Flora y Fauna de la jurisdicción provincial; Que, según el Código del Medio Ambiente y los Recur- sos Naturales, Decreto Legislativo Nº 611, se estableceque toda persona tiene derecho irrenunciablemente a go- zar de un ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida, así mismo a la preservación del paisaje y la naturaleza y que es obliga-ción del Estado mantener la calidad de la vida de las per- sonas en un nivel compatible con la dignidad humana, co- rrespondiéndole a la vez prevenir y controlar la contamina-ción ambiental y cualquier proceso de deterioro o depreda- ción de los Recursos Naturales; Que, la Ley General de Aguas Nº 17752, en sus Artícu- los 14º y 27º establece que en el orden de preferencias de las aguas, la primera prioridad es para las necesidades primarias y el abastecimiento de las poblaciones y ade-más que nadie podrá variar el Régimen, la naturaleza o la calidad de la aguas, ni alterar los cauces, ni uso público de los mismos sin la correspondiente autorización y en nin-gún caso si con ello perjudicará la salud pública, o se cau- sa daño a la colectividad o soberanía nacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 057-2000-AG, se establecen los mecanismos para usar el agua en forma eficiente y económica en el lugar y para el objeto que le fuera otorgado, evitando inter-ferencias con otros usos y sujetándose a las regula- rizaciones y limitaciones que por el carácter aleatorio del recurso, prevee la legislación de las materias, cumpliendocon las disposiciones que sobre conservación y preserva- ción del agua dicte la autoridad competente y ejecutar las prácticas conservacionistas correspondientes; Que, el Gobierno Peruano, en la Cumbre de Río, se comprometió a participar en la Agenda local 21, con la fi- nalidad de promover el desarrollo sostenible mediante eluso racional de los recursos naturales y la biodiversidad; acciones que deben promoverse desde los Gobiernos Lo- cales; Que, en tal sentido y en aplicación de los Artículos 68º, 191º y 192º de la Constitución Política; 73º, 74º, 75º y 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Artícu-los 14º y 27º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas Nº 26834; Artículos 15º, 37º, 50º, 63º y 69º del Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; D.L. Nº 611,incisos I, II y XI del Título Preliminar; Decreto Supremo Nº 027-2003-Vivienda; Artículos 132º, 134º y 136º del Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales; Decreto Su-premo Nº 057-2003-AG; Ley Nº 17752; y con el voto unáni- me de los miembros del Concejo Provincial de Huanca- bamba, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- DECLARAR como "ZONA RESER- VADA PROTEGIDA MUNICIPAL PROVINCIAL", a la cuen-ca y microcuenca del río Huancabamba, del río Blanco, del río Quiroz, del río Samaniego y la cuenca del río Piura en el ámbito de la provincia de Huancabamba, cuya finalidades la de preservar los daños intolerables en el ambiente; así como el aprovechamiento sostenible de la diversidad geológica. Artículo Segundo.- DECLARAR "ZONA DE DESA- RROLLO TURÍSTICO PRIORITARIO y PATRIMONIO DE LA PROVINCIA DE HUANCABAMBA", el sector donde seencuentra el Complejo de las Lagunas Huaringas, ubica- das en las cordilleras de los distritos de El Carmen de la Frontera, Huancabamba y Sóndor, jurisdicción de la pro-vincia de Huancabamba, zona que se encuentra constitui- da por áreas de naturaleza intangible, inalienable e impres- criptible, cuya conservación, defensa y mantenimiento sonacciones de equilibrio ecológico, bienestar colectivo y cali- dad de vida, que forman parte de la política municipal am- biental. Artículo Tercero.- DECLÁRESE "ZONA HISTÓRI- CO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE HUANCA- BAMBA", los restos arqueológicos de: Ciudadela Incai-ca Caxas Baños del Inca, San Pedro de Chicuate, Ja- guares de Mitupampa, Ruinas de Jimaca, Las Oveje- rías, Comenderos Alto, Cerro Caseríos Incas, CatarataEl Citán, Valle de Los Infiernillos, Peroles de Casca- pampa, Andenería de Pasapampa, Paredones de Huan- cacarpa, Ruinas de Jicate; ámbitos que constituyenatractivos turísticos y que cuentan con valores históri- cos o arqueológicos. Artículo Cuarto.- DECLARAR que la aguas del río Huancabamba, sean utilizadas para proyectos de riego provincial, asimismo las reservas de sus aguas para el Proyecto Hidroenergético del Valle del Alto Piura, provinciade Morropón.