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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G37/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de agosto de 2004 Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14058 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G74/G72/G69/G70/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G65/G78/G74/G72/G61/G6E/G6A/G65/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G65/G6D/G70/G65/GF1/G61/G72/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G65/G6E/G20/G61/G65/G72/G6F/G6E/G61/G76/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G41/G4E/G20/G50/G45/G52/G55/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 566-2004-MTC/02 Lima, 23 de julio de 2004 Visto el Informe Especial AUD - I -Nº 011-2004-2- 5304-MTC/06, de fecha 28 de junio de 2004, emitido porla Oficina General de Auditoría Interna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial AUD - I - Nº 011- 2004-2-5304-MTC/06, "Examen Especial sobre presun- tas irregularidades cometidas por funcionarios de la Di- rección General de Aeronáutica Civil - DGAC, en el otor-gamiento de quince autorizaciones a tripulación técnica extranjera para el desempeño de sus funciones en aero- naves del tipo Airbus A-320 de la empresa LAN PERUS.A", la Oficina General de Auditoría Interna del Ministe- rio de Transportes y Comunicaciones ha evidenciado in- dicios de la comisión de los delitos contra la Administra-ción Pública en la modalidad de usurpación de funcio- nes y abuso de autoridad por parte de funcionarios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, por lo cual reco-mienda autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Transportes y Co- municaciones a efectos de interponer las acciones lega-les pertinentes de acuerdo a la presunta responsabilidad penal determinada en el mencionado Informe; Que, de acuerdo al literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, los Infor- mes emitidos como resultado de una acción de controlpor cualquier órgano del Sistema de Control tienen la calidad de prueba preconstituida para el inicio de accio- nes administrativas y/o legales que sean recomendadasen dichos informes; Que, atendiendo a lo dispuesto en la citada Ley, es necesario autorizar al Procurador Público encargado delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de que en uso de sus atribucio- nes, inicie y culmine las acciones legales que corres-pondan contra los funcionarios que resulten responsa- bles por los hechos señalados anteriormente; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en nombre y representación del Estado, inicie y culmine las acciones legales que co-rrespondan contra los que resulten responsables de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso citado alProcurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 14034 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G69/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 574-2004-MTC/02 Lima, 26 de julio de 2004 VISTOS: El expediente de registro Nº 00454306, los informes Nºs. 201, 217, 232 y 233-2004-MTC/15.03.3.AA elabora- dos por el Área de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir, los memoran-dos Nºs. 308, 309, 262 y 296-2004-MTC/15.03 de la Di- rección de Parque Automotor y Circulación Vial y el In- forme Nº 405-2004-MTC/15.AL. de la Asesoría Legal dela Dirección General de Circulación Terrestre. CONSIDERANDO:Que, la División de Multas del Servicio de Administra- ción Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima,ha remitido a la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial los originales de las licencias de conducir para la verificación correspondiente, en la forma siguiente: Licencia Retenida Fecha de Revalidación Q-07498241/Dos Profesional 25.08.2005 AE-0233278/AII 12.11.2002 G-413756/2B2 07.07.1999 AA-0085520/AI 23.12.2007 Que, de la revisión de los Informes Nºs. 201, 217, 232 y 233-2004-MTC/15.03.3.AA, elaborados por el Área deAntecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Li- cencias de Conducir, los memorandos Nºs. 308, 309, 262 y 296-2004-MTC/15.03 de la Dirección de Parque Auto-motor y Circulación Vial y el informe Nº 405-2004-MTC/ 15.AL de Asesoría Legal de la Dirección General de Cir- culación Terrestre, se ha constatado que las licencias deconducir indicadas en el punto anterior a nombre de las personas que seguidamente se señalan, han sido presun- tamente adulteradas en sus categorías y fecha de revali-dación, correspondiendo las mismas a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, por lo que se deter- mina que dichas licencias de conducir son presuntamen-te falsificadas, tal como se indica a continuación: Licencia Categoría Fecha Real de Nombre Retenida Real Revali dación Q-07498241/A- A-UNO 25.08.2011 VEGA BELLEZA, Dos Profesional José Antonio AE-0233278/A-II A-UNO 12.11.2009 R ODRIGUEZ CALCINA, Milton G-413756/2B2 F ALSA - BABA CATURINI, Jorge William AA-0085520/A-I F ALSA - MENDOZA BARRENO, Manuel Ángel