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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G37/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de agosto de 2004 Estrategia Sanitaria Nacional Órganos responsables - Alimentación y Nutrición Saludable - Centro Nacional de Alimen- tación y Nutrición del Insti-tuto Nacional de Salud - Salud Mental y Cultura de Paz - Dirección General de Promoción de la Salud Artículo 2 º.- Las Estrategias Sanitarias Nacionales estarán a cargo de Coordinadores Nacionales que se- rán nominados por resolución ministerial. Artículo 3º.- Los Coordinadores Nacionales tendrán las funciones de diseñar, planificar, programar, monito- rear, supervisar y evaluar la implementación y ejecuciónde las Estrategias Sanitarias Nacionales, así como su articulación intra e intersectorial. Artículo 4º.- La gestión y ejecución de cada Estrate- gia Sanitaria Nacional estará a cargo de un Comité Téc- nico Permanente y un Comité Consultivo, quienes ten- drán las siguientes funciones: 1. Comité Técnico Permanente : a. Elaborar el Plan de la Estrategia Sanitaria Nacio- nal; b. Apoyar en el desarrollo y ejecución de la Estrate- gia Sanitaria Nacional; c. Efectuar el monitoreo y evaluación periódica de los resultados; d. Gestionar recursos financieros para la ejecución de la Estrategia Sanitaria Nacional; e. Integrar las actividades de las diferentes direccio- nes generales y organismos públicos descentralizadosa los cuales representan para el logro de los objetivos de la Estrategia Sanitaria Nacional. 2. Comité Consultivo : a. Brindar asistencia técnica para el desarrollo y eje- cución de la Estrategia Sanitaria Nacional; b. Apoyar en la articulación de acciones del sector público y de la sociedad civil en el marco de la Estrate- gia Sanitaria Nacional. Artículo 5º.- La conformación de los Comités será la siguiente: 1.- Comité Técnico Permanente : a. El Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional, quien la presidirá; b. Un representante de la Dirección General de Pro- moción de la Salud; c. Un representante de la Oficina General de Comu- nicaciones; d. Un representante de la Dirección de Medicamen- tos, Insumos y Drogas; e. Un representante de la Oficina General de Epide- miología; f. Un representante del Instituto Nacional de Salud; y g. Un representante de la Dirección General de Sa- lud Ambiental sólo para las Estrategias Sanitarias de Pre-vención y Control de Enfermedades Metaxénicas y otras Transmitidas por Vectores, Salud de los Pueblos Indíge- nas, Alimentación y Nutrición Saludable. 2.- El Comité Consultivo : a. Instituciones Académicas; b. Agencias de Cooperación Internacional; c. Organizaciones No Gubernamentales relacionadas con la Estrategia Sanitaria Nacional; y d. Organizaciones de personas afectadas en el mar- co de la Estrategia Sanitaria Nacional. Artículo 6º.- Para la conformación del Comité Téc- nico Permanente, cada Dirección General u Organis-mo Público Descentralizado nombrará un Titular y Su-plente. Para la conformación del Comité Consultivo, el Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Na-cional procederá a convocar a un miembro, como mí- nimo, de cada institución. Ambos Comités deberán constituirse y elaborar su reglamento dentro del pla-zo de treinta (30) días calendario de publicada la pre- sente resolución. Artículo 7º.- Los órganos estructurales y entida- des de salud, a nivel nacional, implementarán las Es- trategias Sanitarias Nacionales y brindarán el apoyo que se requiera para garantizar el logro de los objeti-vos establecidos en la presente resolución ministe- rial. Artículo 8º.- En el nivel regional, los responsa- bles de la implementación de las Estrategias Sanita- rias Nacionales serán los Directores Regionales de Salud. Artículo 9º.- Por Resolución Ministerial de Salud, se aprobará el Plan General de las Estrategias Sani- tarias Nacionales. Artículo 10º.- Los planes a desarrollar y ejecutar en el marco de las Estrategias Sanitarias Nacionales deberán sujetarse al Modelo de Atención Integral deSalud del cual forman parte. Artículo 11º.- Las Estrategias Sanitarias Nacio- nales forman parte del Modelo de Atención Integralde Salud y, los planes a desarrollar y ejecutar debe- rán enmarcarse en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14053 /G4E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G73/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G73/G20/G53/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 772-2004/MINSA Lima, 27 de julio del 2004 De conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA, y en el lite- ral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657- Ley del Ministe- rio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nominar, como Coordinadores Nacionales de las Estrategias Sanitarias Nacionales, en adición a sus funciones, a los siguientes funcionarios: Coordinador Nacional Estrategia Sanitaria Nacional Director General de la Oficina Accidentes de Tránsito General de Defensa Nacional Director General del Centro Nacio- Alimentación y Nutrición Saludablenal de Alimentación y Nutrición Director General de la Dirección Salud Mental y Cultura de PazGeneral de Promoción de la Salud Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 14054 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 773-2004/MINSA Lima, 27 de julio del 2004 De conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 771-2004/MINSA, y en el lite-