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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G37/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de agosto de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G58/G56/G49/G49/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G51/G75/GED/G6D/G69/G63/G6F/G73/G20/G54/G65/G78/G74/G69/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2004-MINCETUR/DM Lima, 27 de julio de 2004 Visto el Oficio Nº 348-2004-PROMPEX/DE, del Di- rector Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX. CONSIDERANDO: Que, PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR,promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo al posicionamiento y consolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, através de una acción concertada con el sector privado y las diferentes instituciones públicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollosostenible de las exportaciones en base al crecimien- to y diversificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras yla apertura y consolidación de los mercados de expor- tación; Que, entre las acciones que PROMPEX realiza con el objeto de promover las exportaciones de bienes y servi- cios peruanos y mejorar la oferta exportable, se encuen- tra la de diseñar y ejecutar estrategias y acciones de pro-moción que permitan fomentar y fortalecer el desarrollo de la oferta exportable de bienes y servicios en condi- ciones competitivas, conforme lo establece el artículo 5ºdel Reglamento de Organización y Funciones de la enti- dad; Que, en tal sentido, PROMPEX tiene programado par- ticipar en el XVII CONGRESO LATINOAMERICANO DE QUÍMICOS TEXTILES 2004, a realizarse en la ciudad de Sao Paulo - República Federativa de Brasil, del 3 al 8de agosto del 2004, con el objeto de analizar las nuevas tendencias y últimas innovaciones tecnológicas en el sector textil y confecciones, así como los procesos pro-ductivos implementados por las empresas brasileras dedicas a esta actividad; información que será puesta al alcance de las empresas exportadoras peruanas delmismo Sector; Que, por tales razones, resulta de interés institucional, autorizar la participación de un representante de PROM-PEX en el XVII Congreso Latinoamericano de Químicos Textiles 2004; Que, la Comisión para la Promoción de Exporta- ciones - PROMPEX, es un Organismo Público Descen- tralizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de laLey Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal 2004, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Marcos Raúl Del Solar Labarthe, funcionario de la Gerencia Textil Con- fecciones y Accesorios, de la Comisión para la Promo-ción de Exportaciones - PROMPEX, a la ciudad de Sao Paulo - República Federativa de Brasil, del 3 al 8 de agos-to del 2004, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promociónde Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Tu- rismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promo- ción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercioy Servicio, Programa 040 Comercio, de acuerdo al si- guiente detalle: - Viáticos : US$ 825.00 - Pasajes : US$ 742.09 - Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen- dario siguientes a la realización del viaje, el represen-tante de PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Titular de la entidad un informe detallado sobre las acciones rea-lizadas y los logros obtenidos en el evento al que asis- tirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14074 ENERGÍA Y MINAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G4C/GED/G71/G75/G69/G2D /G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G61/G73/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G2D /G6D/G69/G73/G65/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G73/G74/G61/G2C/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G53/G2E/G4E/GBA/G20/G31/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G30/G2D/G45/G4D RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2004-EM Lima, 1 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 102-2000-EM, publicada el 9 de diciembre de 2000, se aprobó la sus- cripción del Contrato de Concesión de Transporte de Lí-quidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa entre el Estado y Transportadora de Gas del Perú S.A., de conformidad con lo establecido en el Concurso Pú-blico para seleccionar a un Adjudicatario de las Conce- siones de Transporte de Gas Natural por Ductos de Ca- misea al City Gate en Lima, de Transporte de Líquidosde Gas Natural de Camisea a la Costa y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao; Que, el referido Contrato de Concesión dispone en su Cláusula 22.6 que la Sociedad Concesionaria puede proponer las modificaciones y aclaraciones que las entidades financieras consideren necesariaspara hacer viable el financiamiento del proyecto; Que conforme al artículo 35º del Reglamento de Trans- porte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por De-creto Supremo Nº 041-99-EM, las modificaciones al con- trato de Concesión serán autorizadas por Resolución Suprema y elevadas a Escritura Pública, a cargo y cos-to del Concesionario; Que, resulta necesario aprobar las presentes modifi- caciones del Contrato de Concesión de Transporte deLíquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, a fin de hacer viables las operaciones de finan- ciamiento del proyecto por parte del Banco Interameri-cano de Desarrollo – BID y la Corporación Andina de Fomento – CAF;