Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2004 (06/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de agosto de 2004

Articulo 2º.- Incorporar al Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, el articulo 91ºA "Articulo 91ºA.- Causales de caducidad de la concesion La concesion forestal con fines maderables caduca en los siguientes casos: a. Por el incumplimiento de la MORDAZA del Plan General de Manejo Forestal y/o Plan Operativo Anual, dentro de los plazos establecidos; b. Por el incumplimiento en la implementacion del Plan General de Manejo Forestal o Plan Operativo Anual, respectivamente; c. Por no subsanar dentro de los plazos senalados por el INRENA, los requerimientos o las observaciones que se hubieren notificado respecto del incumplimiento de las obligaciones contractuales y/o de la legislacion aplicable; d. Por el no pago del derecho de aprovechamiento dentro de los plazos establecidos; e. Extraccion fuera de los limites de la concesion; f. Por propiciar la extraccion ilegal de especies maderables a traves de terceros; g. Por incurrir en delito o falta que implique grave riesgo o cause severos perjuicios al ambiente y la biodiversidad; h. Por la renuncia al derecho de concesion solicitada por el titular del contrato de concesion. La declaracion de caducidad de los derechos de concesion forestal con fines maderables, no exime a los titulares de los mismos, de las responsabilidades civiles, administrativas o penales a que hubiere lugar, hasta que el area materia del contrato de concesion MORDAZA sido inspeccionada por la autoridad competente y se proceda a su entrega. La caducidad sera declarada mediante Resolucion de Intendencia, emitida por la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del INRENA. Para el caso de las causales senaladas en los literales a), b), c) y g), previa a la declaracion de caducidad, estas seran materia de evaluacion por parte de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, de acuerdo al procedimiento que se establezca, a fin de determinar si la naturaleza de las mismas ameritan la declaracion de la caducidad de la concesion; en tanto que las causales senaladas en los numerales d), e) y f), conllevaran automaticamente a la declaracion de caducidad de la concesion. El procedimiento de caducidad sera establecido mediante Resolucion Jefatural del INRENA. Articulo 3º.- Incorporar al Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, la Vigesima Sexta Disposicion Complementaria "Vigesima Sexta Facultese al INRENA para autorizar la ampliacion de plazo para la movilizacion de los saldos de los recursos forestales aprobados en el plan de manejo correspondiente durante la zafra o ano segun corresponda, a aquellos titulares de los contratos de concesion, permisos y autorizaciones forestales, cuando exista causa debidamente justificada y puesta en conocimiento del INRENA, que hubieren impedido la movilizacion durante el periodo de la zafra o ano. Para este efecto, deberan haber cumplido dentro del plazo establecido, con el pago del integro del derecho de aprovechamiento, y la MORDAZA del Plan General de Manejo Forestal y/o Plan Operativo Anual, segun corresponda. La ampliacion de plazo sera como MORDAZA hasta el final de la siguiente zafra o ano segun corresponda". Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 14362

Oficializan la MORDAZA Telefood 2004, como una actividad del programa de celebracion por el Dia Mundial de la Alimentacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0546-2004-AG MORDAZA, 5 de agosto de 2004 VISTA: La Carta REF FAOR 157/FA 21/1 DMA/TFD Gen, de fecha 19 de MORDAZA de 2004, cursada por el Representante en el Peru de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion - FAO; y, CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Peruano suscribio el Plan de Accion de la Cumbre Mundial sobre la Alimentacion, realizada en MORDAZA en 1996; Que, la Resolucion 3/97, adoptada por la Conferencia de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion - FAO, en su 29º Periodo de Sesiones, realizado en noviembre de 1997, aprobo la iniciativa "Telefood"; Que, mediante el documento del visto, el representante de la FAO solicita al senor Ministro de Agricultura, autorice la realizacion de la MORDAZA Telefood 2004 en nuestro MORDAZA, en el MORDAZA de las actividades de celebracion del Dia Mundial de la Alimentacion en conmemoracion del 59º Aniversario de la Fundacion de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), siendo el tema elegido para este ano "La Biodiversidad del Servicio de la Seguridad Alimentaria"; Que, es politica del Ministerio de Agricultura promover la realizacion de actividades en pro de la seguridad alimentaria donde participen instituciones del Sector Publico y de la Sociedad Civil, en consecuencia, se considera necesario oficializar la MORDAZA mencionada precedentemente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA Telefood 2004, a realizarse en el periodo octubre - diciembre 2004, como una actividad del programa de celebracion por el Dia Mundial de la Alimentacion, contando directamente con el apoyo de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion - FAO, para la organizacion de dicha campana. Articulo 2º.- Para la realizacion de la MORDAZA Telefood 2004, la Representacion de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion - FAO, coordinara el programa de actividades con la participacion del representante del Ministerio de Agricultura, que coordina la organizacion de las actividades del Dia Mundial de la Alimentacion 2004. Se convocara a Instituciones Publicas y de la Sociedad Civil, con el objeto de movilizar recursos para el Fondo Telefood que la FAO orienta, en coordinacion con entidades del gobierno, a favor de pequenos proyectos de produccion de alimentos donde participan familias de escasos recursos, principalmente de las areas rurales. Articulo 3º.- El informe de los resultados de la MORDAZA Telefood 2004, sera presentado al Ministerio de Agricultura en el plazo de 30 dias calendario despues de la culminacion del evento, a fin que se elabore el informe oficial al Director General de la FAO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 14299

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