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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (06/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G39/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de agosto de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G72/G61/G6A/G65/G20/G73/G65/G63/G6F/G2C /G66/GE1/G72/G6D/G61/G63/G6F/G73/G2C/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G20/G73/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6D/GE9/G6C/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G6F/G6D/GE9/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G65/G6E/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G50/G75/G6E/G6F/G2C /G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61/G2C/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G6D/G61/G63/G2C/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G2D /G63/G68/G6F/G20/G79/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 CONSEJO NACIONAL DE CAMÉLIDOS SUDAMERICANOS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 174-2004-AG-CONACS Lima, 16 de julio del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-92-AG, se creó el Consejo Nacional de Camélidos Sudamericanos - CO-NACS, como Organismo Público Descentralizado del Mi-nisterio de Agricultura, con autonomía técnica, administra-tiva, económica y financiera; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado porDecreto Supremo Nº 020-2001-AG el Consejo Nacional deCamélidos Sudamericanos - CONACS, tiene como objeti-vo el promover la conservación de los camélidos sudame-ricanos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 001-2004-AG- CONACS/PCD, el Programa de Camélidos Domésticos delCONACS, comunica que las poblaciones de alpacas y lla-mas en un número de aproximadamente 221,735 anima-les, ubicadas en los departamentos de Cusco, Puno, Mo-quegua, Arequipa, Apurímac, Ayacucho y Tacna, se en- cuentran en situación crítica, pues de las inspecciones rea- lizadas se ha advertido que dichas especies están exhi-biendo tasas de morbilidad y mortalidad por encima de lashabituales para la época, debido a las heladas y nevadaspresentadas en los últimas semanas con temperaturas muypor debajo de los ceros grados centígrados, lo que ha ge- nerado estados de caquexia (debilidad) producto de la fal- ta de alimento, que las hace vulnerables a esas temperatu-ras, a lo que se suman problemas de conjuntivitis, enfer-medades bronco pulmonares, abortos e hipotermia, quede no ser atendidos oportunamente generarán la muertemasiva de dichos animales, no sólo durante el período de helada y nevada sino que el efecto residual generará una alta tasa de abortos y mortandad aislada de manera poste-rior, que afectará la campaña productiva 2004 - 2005, yque pondría incluso poner en riesgo campañas posterioressi en los próximos años se presentase un fenómeno clima-tológico de iguales magnitudes, razón por la que resulta de suma importancia y urgencia atender a dichas poblacio- nes en previsión a lo antes expuesto; Que, ante esta circunstancia la Jefatura del Programa de Camélidos Domésticos manifiesta que es necesarioproceder a la adquisición inmediata de forraje seco, medi-camentos, equipo sanitario, previendo a su vez los gastos de transporte y traslado de los mismos a las provincias alto andinas de los departamentos citados en el conside-rando anterior, a través de procesos de menor cuantía hastapor el valor referencial de S/. 2'523,590.00 (dos millonesquinientos veintitrés mil quinientos noventa y 00/100 nue-vos soles); desagregado de la siguiente manera: para la adquisición de forraje: S/. 504,900.00 (quinientos cuatro mil novecientos y 00/100 nuevos soles); para la adquisición defármacos: S/. 1'319,984.00 (un millón trescientos diecinuevemil novecientos ochenticuatro y 00/100 nuevos soles); parala adquisición de equipo sanitario: S/. 21,694.00 (veintiúnmil seiscientos noventicuatro y 00/100 nuevos soles); para habilitación de cobertizos, implementación de playas de beneficio, ampliación de camal y capacitación: S/.190,320.00 (ciento noventa mil trescientos veinte y 00/100nuevos soles); transporte: S/. 209,680.00 (doscientos nue-ve mil seiscientos ochenta y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2004-PCM prorrogado por Decreto Supremo Nº 044-2004-PCM, De- creto Supremo Nº 035-2004-PCM prorrogado por DecretoSupremo Nº 050-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 055-2004-PCM se declaró en Estado de Emergencia diversas provincias de los departamentos de Ayacucho, Apurímac,Tacna, Arequipa, Cusco, Moquegua, Huancavelica y Puno,por desastres naturales, para la ejecución de actividadesde rehabilitación en el Sector Agricultura; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 12-2001-PCM,establece que están exoneradas de los procesos de Licita-ción Pública o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en Situa-ción de Emergencia; Que, el literal a) del artículo 20º de la acotada Ley, dis- pone que las adjudicaciones o contrataciones a que se re-fiere el considerando precedente se realizarán medianteproceso de Adjudicación de Menor Cuantía, que se apro-barán por Resolución del Titular del Pliego de la entidad; Que, a través del Informe Nº 94-2004-AG-CONACS- OPP de fecha 16 de julio del 2004, la Oficina de Planifi- cación y Presupuesto del CONACS, comunica la opiniónfavorable respecto a la disponibilidad presupuestal con car-go a los recursos de los Grupos Genéricos 3 (S/. 200,000.00nuevos soles) y 5 (S/. 200,000.00 nuevos soles) por untotal de S/. 400,000.00 nuevos soles, fuente de financia- miento: Recursos Ordinarios; así mismo, señala se está suscribiendo con INDECI un Convenio para la transferen-cia al presupuesto institucional de S/. 2'123,590.00 nuevossoles al Grupo Genérico 3, fuente de financiamiento: Do-naciones y Trasferencias; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica del CONACS, mediante el Informe Legal Nº 044-2004-AG-CONACS/OAJ de fecha 16 de julio del 2004, opina por la procedencia dela adquisición de lo solicitado por el Programa de Caméli-dos Domésticos, exonerando a la entidad de la tramitacióndel expediente administrativo para contrataciones o adju-dicaciones, pudiendo ordenarse la ejecución de lo estricta- mente necesario de acuerdo a lo señalado por el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y el numeral 1)del artículo 108º de su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, al considerar que el apremioes concreto e inmediato, dada la Situación de Emergencia declarada, requiriéndose adquirir o contratar lo necesario para remediar el evento producido, así como para satisfa-cer las necesidades sobrevinientes; Estando a lo solicitado por el Programa de Camélidos Domésticos y a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurí-dica, contándose con las visaciones de las Oficinas de Pla- nificación y Presupuesto, Administración, Asesoría Jurídi- ca y el Programa de Camélidos Domésticos; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 026-92-AG y el Decreto Supremo Nº 020-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Consejo Nacional de Caméli- dos Sudamericanos CONACS del requisito de Licitación Pública o Adjudicación Directa Selectiva para las adquisi-ciones de forraje seco, fármacos, equipo sanitario y otros,para la atención de camélidos domésticos en diversas pro-vincias de los departamentos de Cusco, Puno, Moquegua,Arequipa, Apurímac, Ayacucho y Tacna consideradas zo- nas afectadas por desastres naturales, por el valor referen- cial de S/. 2'523,590.00 (dos millones quinientos veintitrésmil quinientos noventa y 00/100 nuevos soles); desagrega-do de la siguiente manera: para la adquisición de forraje: S/. 504,900.00 (quinientos cuatro mil novecientos y 00/100nuevos soles); para la adquisición de fármacos: S/. 1'319,984.00 (un millón trescientos diecinueve mil novecien- tos ochenticuatro y 00/100 nuevos soles); para la adquisi-ción de equipo sanitario: S/. 21,694.00 (veintiún mil seiscien-tos noventicuatro y 00/100 nu evos soles); para habilitación de cobertizos, implementación de playas de beneficio, am-pliación de camal y capacitación: S/. 190,320.00 (ciento no- venta mil trescientos veinte y 00/100 nuevos soles); trans- porte: S/. 209,680.00 (doscientos nueve mil seiscientos