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PÆg. 274574 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de agosto de 2004 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la adquisición de leche entera y fresca para elPROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPA-LIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS por el período de dos meses, por un valor referencial de S/. 34,739.25 (TREINTICUATRO MIL SETECIENTOS TREINTINUEVECON 25/100 NUEVOS SOLES) y se proceda a su adquisi-ción de acuerdo a Ley. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento de la Contraloría General de la República de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas,realice la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días si- guientes a su expedición, bajo responsabilidad; confor-me a lo establecido en el Artículo 115º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR ENRIQUE TORRES QUIROZ Alcalde 14705 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Disponen el saneamiento físico legal de diversos bienes inmuebles de propiedadmunicipal ACUERDO DE CONCEJO Nº 44-2004-MPI Ilo, 6 de julio del 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 2 de julio del 2004, el Expediente administrativo Nº 008-2004-DOUCCA-GDUA-MPI promovido de oficio por la Municipalidad Provincial deIlo sobre Inscripción de Primera de Dominio y regulariza-ción de Declaratoria de Fábrica. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Ilo ha venido con- duciendo diversos inmuebles como propietario en for-ma pública, pacífica y continua, sin contar con títulos comprobatorios de dominio, sobre los que ha realizado obras de edificación, por lo que se hace necesario ges-tionar la Primera Inscripción de Dominio de los referi-dos inmuebles, además de la regularización de la De-claratoria de Fábrica; Que, uno de los inmuebles que se encuentra dentro de las circunstancias descritas en el considerando an- terior es el denominado “ex Varadero Artesanal Munici-pal“ ubicado en la primera cuadra de la Calle 2 de Mayos/n, en el Sector Catastral I, dentro del Centro Históri-co del distrito de Ilo, a orillas del Océano Pacífico, conun área total del terreno de 927.68 m2 y un perímetro de 144.64 ml. Sus medidas perimétricas y colindancias, así como la descripción de sus construcciones, obranen la Memoria Descriptiva, Informe Técnico, Certifica-do de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, y pla-nos que forman parte integrante del expediente técnicoformado para el efecto, signado con el Nº 008-2004- DOUCCA-GDUA-MPI; Que, conforme se aprecia del Certificado Catastral Nº 010-2004-DOUCCA-GDUA-MPI, el predio del quese pretende su saneamiento se encuentra registradocon el Código Catastral Nº 0100330401 y Código de Usuario Nº 06688. Asimismo, de conformidad con elPlan Director de la ciudad aprobado por OrdenanzaMunicipal Nº 187-2002-MPI, el terreno se encuentrazonificado como Zona de Caso Urbano Antiguo (CUA); Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado dispone que las Municipalidades tienen auto- nomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; añadiendo en el inciso 3) de suartículo 195º que son competentes para administrar susbienes; Que, nuestra Carta Magna señala en el inciso 1 de su artículo 196º que son bienes de las municipalidades los inmuebles de su propiedad; Que, en el marco general de la Ley Orgánica de Mu- nicipalidades Nº 27972, su artículo 55º dispone que elPatrimonio Municipal está constituido por los bienes,rentas y derechos de cada Municipalidad. Este articulo debe ser concordado con el artículo 56 de la misma norma, el que dispone en su inciso 2 que: son bienesde las Municipalidades todos los adquiridos, construi-dos y/o sostenidos por la Municipalidad; encontrándo-se el inmueble denominado “ex Varadero ArtesanalMunicipal” dentro de los alcances del citado inciso; Que, nuestra legislación nacional ha emitido una se- rie de disposiciones a fin de facilitar a las institucionespúblicas y los gobiernos locales la obtención del sa-neamiento físico legal de los inmuebles sobre los cua-les se encuentran ejerciendo actos posesorios y en losque han efectuado trabajos de construcción, ampliación o rehabilitación, sin contar con los títulos comprobato- rios de dominio respectivos; Que, una de estas disposiciones es la contenida en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 026-96-PCM, porla cual se dispone que los gobiernos locales , entre otrasentidades del Estado, dictarán las medidas específicas para obtener el saneamiento físico legal de los inmue- bles que les pertenecen y cuyo dominio no estuvierainscrito en los Registros Públicos; Que, la Ley Nº 26512, extensiva a los gobiernos lo- cales e instituciones del sector público por disposiciónde la Ley de Saneamiento Físico Legal de las Entida- des del Sector Público Nº 27493, declara de necesidad y utilidad el saneamiento legal de los bienes inmueblesdel sector público; Que, las disposiciones reglamentarias para poder cumplir con el Saneamiento Técnico Legal y Contablesde bienes de propiedad estatal, se encuentran conteni- das en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, haciéndo- se extensiva estas medidas reglamentarias a las Muni-cipalidades en mérito a lo dispuesto por el Decreto Su-premo Nº 136-2001-EF; Que, los Decretos Supremos arriba citados son com- plementados con las disposiciones del Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF- Reglamento General de Procedi- mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-tatal; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones, dispone en su Art. II-IV-3.4 que sólo se permitirán cons-trucciones destinadas a establecimientos de baños, ma- lecones e instalaciones dedicadas exclusivamente a ac- tividades relacionadas con el uso del mar (varaderos,astilleros, etc) en la faja de terreno de 50.00 m conti-gua a la línea de alta marea; el uso otorgado al inmue-ble materia del presente es el de un varadero con loque estaría dentro de los alcances del artículo citado; Que, luego del debate respectivo y sometido a vota- ción conforme al Reglamento de Sesiones y en méritoa lo dispuesto en el artículo 58º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal porunanimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- Disponer el Saneamiento Físico Legal del bien inmueble de propiedad municipal, deno-minado “ex Varadero Artesanal Municipal” ubicado enla primera cuadra de la Calle 2 de Mayo s/n, en el Sec- tor Catastral I, dentro del Centro Histórico del distrito de Ilo, a orillas del Océano Pacífico, con un perímetrode 144.64 ml, distribuyéndose el área del terreno de lasiguiente manera: