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PÆg. 274568 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de agosto de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Designan Director Regional de Educa- ción de Tacna RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 333-2004-G.R.TACNA Tacna, 4 de agosto del 2004 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA VISTO:El Oficio Nº 305-2004-ME-DM, de fecha 3 de agosto del 2004; CONSIDERANDO: Que, en el oficio del visto, el señor Ministro de Educación JAVIER SOTA NADAL, manifiesta que a tenor del Informe Nº005-G.G.R/GOB.REG.TACNA, de fecha 2 de julio del 2004 y delOficio Nº 294-2004-ME/VMGI-OCSR, de fecha 26 de julio del 2004, emitido por la Oficina de Coordinación y Supervisión Re- gional, sobre la Evaluación del Desempeño de las Funciones delDirector Regional de Educación de Tacna, realizada por repre-sentantes del Gobierno Regional de Tacna y del Ministerio deEducación y con la opinión efectuada por el Gobierno Regionalde Tacna a través de su Presidencia; expresa la conformidad para no ratificar, y consecuentemente, remover del cargo de Di- rector Regional de Educación de Tacna al profesor VICTOR PE-DRO FRANCO CASTRO, en aplicación de lo dispuesto en elnumeral 5.3.4 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003 "LineamientosGenerales para el Concurso Público de Selección de DirectoresRegionales Sectoriales"; Que, el último párrafo del numeral 5.3.4 de la Directiva antes señalada, establece que los dos participantes siguien-tes en calificación, conforman una lista de elegibles y cual-quiera de ellos, en el caso de vacancia del cargo de DirectorRegional Sectorial, podrá ser designado en éste, según es-tricto orden de méritos; asimismo, el numeral 5.4 que contem- pla la evaluación semestral del desempeño de la función de cada uno de los Directores Regionales Sectoriales estableceque la renovación y la remoción del Director Regional Secto-rial, requiere de la conformidad del Presidente del GobiernoRegional y la del Titular del Sector del Gobierno Nacional; Que, el Art. 21º Inc. c) de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales Nº 27867, establece entre otras atribu- ciones que el Presidente Regional podrá: "... designar ycesar a los funcionarios de confianza."; De conformidad con lo dispuesto por la Directiva Nº 001- CND-P-2003, aprobada por Resolución Presidencial Nº012-CND-P-2003, la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y, susmodificatorias las Leyes Nºs. 27902 y 28013; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA VACANCIA del car- go de DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE TAC-NA, la misma que estuvo a cargo del Prof. VICTOR PE- DRO FRANCO CASTRO, a partir de la fecha, en mérito al Informe Nº 005-G.G.R/GOB.REG.TACNA, Oficio Nº 294-2004-ME/VMGI-OCSR y Oficio Nº 305-2004-ME-DM. Artículo Segundo.- DESIGNAR en el cargo de DIREC- TOR REGIONAL DE EDUCACIÓN DE TACNA a don ES-TEBAN GAMANIEL GUTIERREZ QUISPE, a partir del 5 de agosto del 2004, quien ocupó el segundo lugar en el Concurso Público para Selección del Director Regional deEducación de Tacna, efectuado en el año 2003. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE con la presente re- solución a las partes interesadas, Ministerio de Educación,Dirección Regional de Educación y entes correspondien- tes del Gobierno Regional de Tacna. Regístrese y comuníquese. JULIO ALVA CENTURIÓN Presidente Regional 14709GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Establecen control de balanzas y/o bÆs- culas mecÆnicas y/o electrónicas en defensa del consumidor en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 057-2004-A/MDC Carabayllo, 9 de junio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: El Dictamen Nº 003-2004-CDELC/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley deReforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades tie-nen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, un principio fundamental de la función municipal es establecer medidas que protejan al público consumidordentro de la jurisdicción de Carabayllo; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Artículo 83º, numeral 3.3), sobre el Abastecimiento y Comercialización de Productos y Servicios, establece den- tro de las funciones exclusivas de las municipalidades dis-tritales, realizar el control de pesos y medidas, así como elde acaparamiento, la especulación y la adulteración de pro-ductos y servicios; Que, para tal fin es necesario realizar un efectivo con- trol de pesas y medidas en todo el ámbito comercial del distrito que cuenten con instrumentos de medición de peso(todo tipo de balanzas); En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972 y estando a lo acordado, con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA CONTROL DE BALANZAS Y/O BÁSCULAS MECÁNICAS Y/O ELECTRÓNICAS EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR DE CARABAYLLO Artículo 1º.- Establézcase en la jurisdicción de Carabayllo el control permanente de las Balanzas y/o Bás-culas Mecánicas y/o Electrónicas de establecimientos queutilizan instrumentos de medición de peso. Artículo 2º.- Los instrumentos de medición de peso que se encuentren en buen estado, deberán tener un sticker autoadhesivo, otorgada por la empresa autorizada. Artículo 3º.- Los instrumentos de medición de peso que no se encuentren en buen estado, debido a la antigüedad,deterioro por uso u otros factores, deberán ser calibradosobligatoriamente ante una empresa de servicios autorizadapor el INDECOPI e inscrita en el Registro de Empresas de la Municipalidad; los costos de mantenimiento y calibra- ción serán asumidos por el propietario. Artículo 4º.- Los propietarios de balanzas y/o báscu- las mecánicas y/o electrónicas que no cuenten con elsticker autoadhesivo que certifique su buen funciona-miento, tendrán cinco (5) días calendario para regulari- zar, caso contrario serán sancionados de acuerdo al Régimen de Aplicación y Sanciones de la Municipalidadvigente.