Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2004 (25/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de agosto de 2004

Visto el Oficio P.1000-009 (R) del Presidente de la Comision de Adquisicion e Incorporacion de las Fragatas Misileras, de fecha 12 de junio del 2004. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006 DE/MGP de fecha 25 de marzo del 2003, se autorizo al Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru a iniciar las gestiones y efectuar las acciones administrativas correspondientes para la transferencia en propiedad de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "LUPO", usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana; Que, es conveniente autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio a la MORDAZA de La Spezia - ITALIA del 22 de agosto del 2004 al 18 de MORDAZA del 2005, del Personal Superior designado para efectuar la Inspeccion y Supervision de los trabajos a ser realizados en el astillero italiano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004DE/SG de fecha 30 de junio del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Personal Superior designado, segun la relacion del Anexo, para que viajen a la MORDAZA de La Spezia - ITALIA en el periodo indicado, a fin que efectuen la Inspeccion y Supervision de los trabajos a ser realizados en el astillero italiano bajo control estatal "FINCANTIERI S.P.A". Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Fiscal del presente ano: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA - Genova (ITALIA) US$ 3,600.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 28,350.00 Asignacion Especial por Estadia en Puerto Extranjero: US$ 8,784.00 Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 84.72 Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El citado Personal Superior revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la citada Comision del Servicio. Articulo 5º.- El referido Personal Superior debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 15436

Autorizan viaje de personal del Ejercito a Ecuador para participar en la Reunion de Intercambio de Experiencias sobre Desminado Humanitario
RESOLUCION SUPREMA Nº 365-2004-DE/EP/A-1.a.4/
MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja de Recomendacion Nº 059 DAI-JEMGE/ 03.16.11 del 5 de agosto del 2004, el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la autorizacion del viaje al extranjero en Comision de Servicio al MORDAZA MORDAZA de Ingenieria EP JALISTO MORDAZA MORDAZA, Capitan de Ingenieria EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Suboficial de MORDAZA Auxiliar de Ingenieria EP MORDAZA CARBONELL MORDAZA, para viajar a la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, con la finalidad de participar en la Reunion de Intercambio de Experiencias sobre Desminado Humanitario entre la Republica del Peru y Ecuador; Que, mediante Fax Nº 21 OTCM/DIGEDEHUME del 5 de agosto del 2004, la Direccion General de Desminado Humanitario del Ejercito hace conocer la fecha propuesta por la Cancilleria de Ecuador para la Reunion de Intercambio de Experiencias de Desminado Humanitario entre la Republica del Peru y Ecuador, sera en el periodo comprendido del 30 de agosto al 3 de setiembre del 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicio, al MORDAZA MORDAZA de Ingenieria EP JALISTO MORDAZA MORDAZA, Capitan de Ingenieria EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Suboficial de MORDAZA Auxiliar de Ingenieria EP MORDAZA CARBONELL MORDAZA, para que participen en la Reunion de Intercambio de Experiencias sobre Desminado Humanitario, a llevarse a cabo en Quito-Ecuador del 30 de agosto al 3 de setiembre del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: PASAJES: Lima-Quito-Lima US$ 274.00 x 3 personas VIATICOS US$ 200 x 5 dias x 3 personas TARIFA UNICA DE USO DE AEROPUERTO US$ 28.24 x 3 personas. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 4º.- El personal nombrado del Ejercito del Peru, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a solicitar liberacion ni exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 15437

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