Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2004 (26/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2004

blece que el Tribunal en los casos que conozca declarara nulo los actos administrativos expedidos por la entidad cuando hayan sido dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma precisa por la normatividad aplicable. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion y su remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. 3. ENCARGAR, su cumplimiento a la Oficina de Administracion y Finanzas y la Unidad de Logistica. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Regidor Encargado Despacho de Alcaldia MORDAZA A. VITONERA MORDAZA MORDAZA 15423

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARIAHUANCA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de maquina compresora a utilizarse en la apertura de tramos carreteros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2004-MDPHCA Pariahuanca, 12 de agosto del 2004 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 11 de agosto del 2004, la mocion de declaratoria en Situacion de Urgencia la adquisicion de una Comprensora con 2 martillos, para la prosecucion de los trabajos de apertura de tres tramos carreteros dentro de la jurisdiccion distrital; El Informe Tecnico y el Informe Legal, emitido por el ingeniero civil encargado del Area de Obras y por el Asesor Juridico de la Municipalidad, respectivamente, donde opinan por la justificacion tecnico-legal de la procedencia y adecuacion a la situacion de urgencia la adquisicion de una comprensora, prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Peru las Municipalidades Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo las funciones normativas y a la Alcaldia las ejecutivas; Que, el Art. 22º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2004, Nº 28128, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion con fines de llevar a cabo licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas; Que, de conformidad con el Art. 21º del D.S. Nº 0122001-PCM, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultandole dicha situacion a la adquisicion de los bienes necesarios para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo entenderse este como un hecho de excepcion que determina una accion inmediata de adquisicion como medida temporal, segun lo prescrito en el Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Informe Tecnico Nº 072-2004, suscrito por el Ing. Civ. Jefe del Area de Obras, se da a conocer que

se viene ejecutando obras de apertura de carreteras en tres frentes mediante la modalidad de Administracion Directa y con la debida antelacion informo sobre los graves desperfectos de la comprensora de propiedad del Gobierno Regional - MORDAZA que venia utilizandose en los trabajos, solicitando la adquisicion de una maquina comprensora de dos martillos que sea de propiedad de la Municipalidad, toda vez que de tomarse en alquiler seria muy oneroso para la entidad, esta maquinaria tiene por finalidad la voladura de rocas en los diferentes tramos de apertura de carreteras; La inexistencia de una comprensora pone en serio riesgo la continuidad de los trabajos de apertura de carreteras que la entidad MORDAZA viene ejecutando, por lo que resulta necesaria la inmediata adquisicion de esta maquinaria para concluir las obras MORDAZA de la temporada de lluvias, que provocarian derrumbes, huaicos y otros hechos, que causarian grave riesgo e inseguridad en el personal y maquinarias que participan en los trabajos; Que, segun el Informe Legal de fecha 10 de agosto del 2004, el asesor juridico de la Municipalidad, opina que el Pleno del Concejo declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de la comprensora mencionada en el informe tecnico, por cuanto las Municipalidades estan facultadas a declarar dicho estado de excepcion por ausencia imprevisible de determinados bienes que comprometen en forma inmediata la continuidad de servicios o de operaciones productivas, estando asi exoneradas del MORDAZA de seleccion que corresponde a su naturaleza, al MORDAZA de los articulos 19º, 20º y 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, en virtud a las circunstancias MORDAZA expuestas y dada la situacion de extrema pobreza que afecta esta MORDAZA del departamento de MORDAZA, se hace necesario autorizar en via de exoneracion, la adquisicion de una maquina comprensora de dos martillos, mediante la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con lo previsto por el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, debiendo el Comite de Adjudicaciones de la Municipalidad conducir el MORDAZA respectivo para otorgar la buena pro, mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de la cotizacion o cotizaciones que cumplan los requisitos establecidos en las bases; Asimismo se tiene aprobado el presupuesto para la adquisicion de esta maquinaria de hasta la suma de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, procedente de operaciones oficiales de credito interno, (prestamo del Banco de la Nacion) y del Foncomun; Estando a las consideraciones expuestas, y contando con la opinion favorable del asesor juridico de esta Comuna y a lo acordado en Sesion Extraordinaria de Concejo, y con las facultades conferidas por el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR, en Situacion de Urgencia la adquisicion de una maquina comprensora de 2 martillos, por un valor referencial de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, monto que se encuentra financiado con los recursos provenientes de operaciones oficiales de credito interno (prestamo del Banco de la Nacion) en parte, y la otra con recursos provenientes del Foncomun. Articulo Segundo.- DISPONER, que el Comite de Adjudicaciones de la Municipalidad, lleve adelante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, autorizandole otorgar la buena pro, mediante acciones inmediatas sobre la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos previstos por Ley, con MORDAZA del presente, del informe tecnico y del informe legal que lo sustentan. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15425

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