Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2004 (26/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2004

lo estimen conveniente, asi como para la capacitacion de sus representantes que lo requieran. Tercera.- Las organizaciones de afectados y las organizaciones con afectados que se presentaron y brindaron informacion a la Comision de la Verdad y Reconciliacion seran invitadas por la Secretaria de Coordinacion Interinstitucional de la PCM a inscribirse en el Padron, con un procedimiento preferente y quedaran exoneradas de los 45 dias de prepublicacion de su inscripcion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 15538

AGRICULTURA
Redimensionan Bosques de Produccion Permanente en el departamento de Ucayali, aprobados mediante R.M. Nº 0262002-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0586-2004-AG MORDAZA, 25 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA - Ley Nº 27308, establece que el Ministerio de Agricultura es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el numeral 3.4 del articulo 3º de la referida Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el inciso 1.a) del articulo 8º de la mencionada Ley, establece que los bosques de produccion permanente, son areas con bosques naturales primarios que mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Agricultura se ponen a disposicion de los particulares para el aprovechamiento preferentemente de la MORDAZA y de otros recursos forestales y de fauna MORDAZA a propuesta del INRENA; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1349-2001-AG del 27 de diciembre de 2001, se aprueba la creacion de los Bosques de Produccion Permanente en el departamento de MORDAZA, con una superficie de 14'782,302 has (CATORCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOS HECTAREAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1351-2001-AG del 28 de diciembre de 2001, se aprueba la creacion de los Bosques de Produccion Permanente en el departamento de MORDAZA de MORDAZA con una superficie de 2'522,141 has (DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO CUARENTIUN HECTAREAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 026-2002-AG del 7 de enero de 2002, se aprueba la creacion de los Bosques de Produccion Permanente en el departamento de Ucayali, con una superficie de 4'089,926 has (CUATRO MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTAS VEINTISEIS HECTAREAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0549-2002AG, de fecha 5 de junio de 2002, se aprueban los Bosques de Produccion Permanente en los departamentos de San MORDAZA (1'501,291 hectareas), MORDAZA (880,846 hectareas), Pasco (173,068 hectareas), MORDAZA (171,644 hectareas), MORDAZA (68,387 hectareas), MORDAZA (146,298 hectareas) y MORDAZA (250,555 hectareas); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0632-2002AG del 3 de MORDAZA de 2002, se incluye la MORDAZA 6 dentro del

Bosque de Produccion Permanente en el departamento de Pasco, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0549-2002-AG, con una superficie de 6 891 ha (SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN HECTAREAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0700-2002AG del 23 de MORDAZA de 2002, se excluye de los Bosques de Produccion Permanente de MORDAZA de MORDAZA, el area denominada sector "La Pampa", ubicada en el departamento de MORDAZA de MORDAZA, provincia de Tambopata, distrito de Laberinto y Tambopata; Que, las Resoluciones Ministeriales de aprobacion de los Bosques de Produccion Permanente MORDAZA mencionadas, establecen exceptuar de los ambitos geograficos que definen dichos bosques, las superficies de las Areas Naturales Protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las areas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por las autoridades competentes; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA ha venido otorgando concesiones forestales con fines maderables mediante Concurso Publico, en los departamentos de MORDAZA de MORDAZA, Ucayali, San MORDAZA y Huanuco; Que, producto de la actualizacion por parte de las entidades correspondientes de la base cartografica de las comunidades nativas y campesinas, Areas Naturales Protegidas, asi como de otros derechos de terceros debidamente acreditados, se han originado problemas de superposicion de areas con las concesiones forestales con fines maderables otorgadas, y por consiguiente con los Bosques de Produccion Permanente; Que, siendo la politica implementar el MORDAZA de concesiones forestales con fines maderables en el MORDAZA del respeto irrestricto a los derechos de las comunidades nativas y campesinas, Areas Naturales Protegidas, asi como a los derechos de terceros debidamente acreditados, y siendo el MORDAZA de ordenamiento forestal un MORDAZA dinamico y continuo; el INRENA viene actualizando constantemente la base cartografica relativa a la ubicacion de las concesiones forestales, a fin de detectar de ser el caso, problemas de superposicion de areas. Redimensionando a la fecha los Bosques de Produccion Permanente del departamento de Ucayali, en base a lo senalado en los considerando precedentes; Que, mediante Informe Nº 038-2004-INRENA-IFFS/ DPPFFS del 27 de MORDAZA de 2004, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA del INRENA, recomienda redimensionar los Bosques de Produccion Permanente de Ucayali, a una superficie de 3'860,213 has (TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS TRECE HECTAREAS); asimismo, el facultar al Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA para realizar el redimensionamiento de los Bosques de Produccion Permanente a nivel nacional; Que, es necesario el efectuar el redimensionamiento de los Bosques de Produccion Permanente del departamento de Ucayali, aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 026-2002-AG, asi como, facultar al INRENA para que realice el redimensionamiento de estos Bosques, como productos de la actualizacion efectuada por parte de las entidades correspondientes; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27308 ­ Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, aprobada por el Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Redimensionar los Bosques de Produccion Permanente en el departamento de Ucayali, aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 0262002-AG, a una superficie de 3'860,213 has (TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTAS TRECE HECTAREAS), los que quedan comprendidos por las siguientes Zonas, de acuerdo a los mapas y memorias descriptivas, que en Anexo adjunto forman parte de la presente Resolucion Ministerial, segun detalle:

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