Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (26/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 275214 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de agosto de 2004 población acerca de la importancia que la actividad turística tiene para el desarrollo nacional, suplemento que será publi-cado y distribuido el 27 de agosto de 2004; Que, el requerimiento formulado se sustenta en el Infor- me Nº 05-2004-VMT/AMB, de la Asesora del Despacho Vice-ministerial de Turismo, según el cual habiendo evaluado las distintas alternativas en el mercado nacional, se ha determi- nado que la publicación aludida debe ser realizada por laEmpresa Editora El Comercio S.A., debido a su amplia co-bertura nacional, nivel de lectoría y ventajas comparativas; Que, la Directora de Abastecimiento y Servicios Auxi- liares, mediante Informe Nº 092-2004-MINCETUR/SG/O- GA-OASA, expresa que es necesario contratar los servi- cios de la empresa antes mencionada, a través de un ser-vicio personalísimo, de conformidad con el inciso h) delartículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, ya que dicha empresa ga- rantiza que se alcance el objetivo requerido; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias,establece las condiciones que deben reunir las contrata-ciones para poder acceder a la causal de exoneración por servicios personalísimos, señalando que la misma está referida a los contratos de locación de servicios celebra-dos con personas naturales o jurídicas cuando para dichacontratación se haya tenido en cuenta como requisito esen-cial a la persona del locador, ya sea por sus característicasinherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; disponiendo ex- presamente que tal evaluación debe ser objetiva y efec-tuarse en función de la naturaleza de las prestaciones a sucargo; Que, por lo expuesto, es procedente la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública, para la contra- tación del servicio de publicación y difusión del suplemento especial, el cual deberá realizarse mediante el proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, por un monto referencialde US$ 29,750.00 (Veintinueve mil setecientos cincuenta y00/100 Dólares Americanos) incluido el IGV, que serán fi-nanciados con recursos directamente recaudados; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento; De acuerdo con los Informes del Visto, y con el Informe Nº 228-2004-MINCETUR/SG-AJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adju- dicación Directa Pública para la contratación del servicio de publicación y distribución de un suplemento especial, con re- lación al lanzamiento del PENTUR, con la Empresa EditoraEl Comercio S.A., por tratarse de un servicio personalísimo. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración queda encargada de contratar a la Empresa Editora El ComercioS.A., para la prestación del servicio de publicación a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, publicación que debe efectuarse el día 27 de agosto de 2004, sin excederel equivalente de US$ 29,750.00 (Veintinueve mil setecientoscincuenta y 00/100 Dólares Americanos), incluido el IGV, queserán financiados con recursos directamente recaudados. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere la presente Resolución, se realizará mediante el proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La Oficina General de Administración queda encargada de remitir copia de la presente Resolución y de losinformes que la sustentan, a la Contraloría General de la Re-pública, dentro de los siguientes 10 días calendario a la fecha de expedición de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15471DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la Re- pœblica de personal militar de Inglate- rra, Ecuador, EE.UU. y Chile, para par- ticipar en expediciones de entrena-miento de aventura y otros eventos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 370-2004-DE/SG Lima, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es-tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra-zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se deben espe- cificar los motivos, la identificación del personal militar, larelación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Facsímiles (DGS) Nºs. 440 y 448 de fe- chas 27 de julio y 3 de agosto del 2004, respectiva- mente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, enmérito a la información proporcionada por la Embajadadel Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte enel Perú, solicita se expida la autorización para el ingre-so al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar de las Fuerzas Armadas Británicas, entre el 30 de agosto y el 24 de setiembre del presenteaño, con la finalidad de realizar expediciones deentrenamiento de aventura - montañismo y canotaje enla zona de Cusco; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar delas Fuerzas Armadas Británicas, cuyos nombres se in- dican en el Anexo que forma parte de la presente Reso- lución, entre el 30 de agosto y el 24 de setiembre del2004, con la finalidad de realizar expediciones de entre-namiento de aventura - montañismo y canotaje en la zonade Cusco. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas delCongreso de la República, en el plazo de 24 horas de suexpedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros yEncargado de la Cartera deRelaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 15528