Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2004 (26/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2004

poblacion acerca de la importancia que la actividad turistica tiene para el desarrollo nacional, suplemento que sera publicado y distribuido el 27 de agosto de 2004; Que, el requerimiento formulado se sustenta en el Informe Nº 05-2004-VMT/AMB, de la Asesora del Despacho Viceministerial de Turismo, segun el cual habiendo evaluado las distintas alternativas en el MORDAZA nacional, se ha determinado que la publicacion aludida debe ser realizada por la Empresa Editora El Comercio S.A., debido a su amplia cobertura nacional, nivel de lectoria y ventajas comparativas; Que, la Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante Informe Nº 092-2004-MINCETUR/SG/OGA-OASA, expresa que es necesario contratar los servicios de la empresa MORDAZA mencionada, a traves de un servicio personalisimo, de conformidad con el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, ya que dicha empresa garantiza que se alcance el objetivo requerido; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias, establece las condiciones que deben reunir las contrataciones para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que la misma esta referida a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; disponiendo expresamente que tal evaluacion debe ser objetiva y efectuarse en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, por lo expuesto, es procedente la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, para la contratacion del servicio de publicacion y difusion del suplemento especial, el cual debera realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un monto referencial de US$ 29,750.00 (Veintinueve mil setecientos cincuenta y 00/100 Dolares Americanos) incluido el IGV, que seran financiados con recursos directamente recaudados; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento; De acuerdo con los Informes del Visto, y con el Informe Nº 228-2004-MINCETUR/SG-AJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de publicacion y distribucion de un suplemento especial, con relacion al lanzamiento del PENTUR, con la Empresa Editora El Comercio S.A., por tratarse de un servicio personalisimo. Articulo 2º.- La Oficina General de Administracion queda encargada de contratar a la Empresa Editora El Comercio S.A., para la prestacion del servicio de publicacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, publicacion que debe efectuarse el dia 27 de agosto de 2004, sin exceder el equivalente de US$ 29,750.00 (Veintinueve mil setecientos cincuenta y 00/100 Dolares Americanos), incluido el IGV, que seran financiados con recursos directamente recaudados. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere la presente Resolucion, se realizara mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La Oficina General de Administracion queda encargada de remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los siguientes 10 dias calendario a la fecha de expedicion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15471

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Inglaterra, Ecuador, EE.UU. y MORDAZA, para participar en expediciones de entrenamiento de aventura y otros eventos
RESOLUCION SUPREMA Nº 370-2004-DE/SG MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimiles (DGS) Nºs. 440 y 448 de fechas 27 de MORDAZA y 3 de agosto del 2004, respectivamente, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada del Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de las Fuerzas Armadas Britanicas, entre el 30 de agosto y el 24 de setiembre del presente ano, con la finalidad de realizar expediciones de entrenamiento de aventura - montanismo y canotaje en la MORDAZA de Cusco; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de las Fuerzas Armadas Britanicas, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, entre el 30 de agosto y el 24 de setiembre del 2004, con la finalidad de realizar expediciones de entrenamiento de aventura - montanismo y canotaje en la MORDAZA de Cusco. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 15528

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