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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G35/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 tos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Rela- ciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar estadounidense; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 05 al 12 de diciembre del 2004, con la finalidad de realizar visitas oficiales a entidades de la Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú, así como tratar temas relacionados al Tráfico Ilícito de Dro- gas. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen- cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 21970 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 547-2004-DE/SG Lima, 30 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, debe cumplirse el artículo 5º de la Ley Nº 27856 “Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República”; Que, con Facsímil (DGS) Nº 697 de fecha 18 de noviembre del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el in- greso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar del Ejército Popular de Liberación de China; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar del Ejército Popular de Liberación de China, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 17 al 21 de diciembre del 2004, con la finalidad de realizar una visita oficial. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen- cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5 de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 21971 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G79/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1202-2004-DE/SG Lima, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, el 15 de enero del 2004, el Consejo de Defen- sa Nacional, aprobó la Política del Estado en materia de Seguridad y la Defensa Nacional; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas, recomienda revisar la estructura organizativa y los planes de estudios del Centro de Altos Estudios Na- cionales (CAEN), con el objeto de modernizarlos, con- siderando entre otros, la necesidad de impartir ins- trucción en doctrina de operaciones conjuntas y pro- piciando asimismo la mayor participación de repre- sentantes de la Sociedad Civil; Que, la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, estable- ce que solo las Universidades otorgan los grados académicos de Bachiller, Maestro y Doctor; Que, siendo el Centro de Altos Estudios Naciona- les (CAEN), el órgano de más alto nivel académico del sector, responsable de la capacitación e investigación en materia de Seguridad y Defensa Nacional se en- cuentre en capacidad de otorgar grados académicos de Maestro y Doctor con mención en Seguridad y De- fensa Nacional, resulta necesario realizar las accio- nes destinadas a obtener su adecuación a la condi- ción de Escuela de Postgrado; Que, teniendo la Comisión un plazo de NOVENTA (90) días contados a partir de la fecha de emisión para la presentación del informe correspondiente, re- sulta necesario establecer las funciones de sus inte- grantes, a fin de facilitar el desempeño de sus activi- dades; Que, la Comisión de Apoyo con la que cuenta la Comisión de Trabajo, requiere contar con determina- das tareas y reportar directamente a la Comisión del cumplimiento de las funciones asignadas; Estando a lo recomendado por la Oficina de Ase- soría Jurídica del Ministerio de Defensa y a lo pro- puesto por la Dirección General de Política y Estrate- gia del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Establecer las facultades y funciones de los integrantes de la Comisión de Trabajo encarga- da de reestructurar el Centro de Altos Estudios Nacio- nales. Artículo 2º.- Funciones de la Comisión de Trabajo La Comisión de Trabajo a través de su Presidente, presentará al titular del Sector en el plazo de NOVEN- TA (90) días contados a partir de la fecha de emisión de la Resolución Ministerial que la designó, un informe de la situación del Centro de Altos Estudios Naciona- les, detallando los avances y logros obtenidos en la reestructuración del mismo, con la finalidad de ade- cuarlo a la condición de Escuela de Postgrado.