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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G38/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de enero de 2004 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G64/G65 /G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G2C/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G79/G6D/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G2D/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G2C/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G2D/G4D/G44/G43/G48 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007/2003-MDCH Chorrillos, 29 de diciembre del 2003EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 045-MDCH, de fecha 19 de junio del 2003 se aprobó conceder el beneficio de con- donación de deudas tributarias y administrativas al ampa-ro de lo dispuesto del Artículo 41º del Código Tributario a todos los contribuyentes del distrito; Que, el Artículo 11º de la referida Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pue- da ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas comple- mentarias para dar cumplimiento a los alcances de dichaOrdenanza; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2003-MDCH de fecha 30 de octubre del 2003, se prorrogó el período devencimiento de la mencionada Ordenanza, hasta el 31 de diciembre del 2003; Que, estando por vencer el plazo antes señalado y aten- diendo a las diversas solicitudes de los innumerables con- tribuyentes que desean se prorrogue la fecha de pago de dicho beneficio a fin de ponerse al día en sus deudas tribu-tarias y administrativas contraídas con el Municipio; Que, en virtud de lo establecido en el Texto Único del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº135-99-EF, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con las fa-cultades otorgadas por la Ordenanza Nº 045/MDCH; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia del beneficio de condonación de los intereses, reajustes ymoras de las Deudas Tributarias y Administrativas aproba- do mediante Ordenanza Nº 045-MDCH, el cual se enten- derá vigente hasta el 31 de marzo del 2004. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Coactiva y a la Unidad de Informática el cabal cumplimientodel presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 24238 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ORDENANZA Nº 072 La Molina, 3 de diciembre de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAPOR CUANTO: Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo del 28 de no- viembre del 2003, el Dictamen conjunto Nº 01-2003 de las Comisiones de Asuntos Jurídicos y Participación Vecinal,Educación, Cultura y Deportes, referente al Proyecto deOrdenanza que aprueba el Proceso de Elección de los Re- presentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Co- ordinación Local Distrital; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 7 de marzo del 2002, establece en el artículo 199º que las municipalidades for-mulan sus presupuestos con la participación de la pobla- ción y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo res- ponsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley Orgánica de Desarrollo Constitucional que regula el proceso de descentralización, denominada Ley de Bases de la Descentralización, aprobada por Ley Nº27783, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de julio del 2002, establece en el artículo 17º numeral 17.1, que los gobiernos regionales y locales están obligados apromover la participación ciudadana en la formulación, de- bate y concertación de sus planes de desarrollo y presu- puestos, y en la gestión pública; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 27972, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 27 de mayo del 2003, establece en el artículo 9º las com-petencias del Concejo Municipal, precisando en el nume- ral 1, que le compete aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; yen el numeral 14, la de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal; Que, los artículos 102º , 103º y 104º de la Ley Orgánica de Municipalidades establecen la definición, composición, instalación y funciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, como órgano de coordinación y concertación delPlan de Desarrollo Municipal Distrital y el Presupuesto Participativo Distrital; Que, la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, apro- bada por Ley Nº 27209, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 3 de diciembre de 1999, establece en el artícu- lo 8º , numeral 8.1, que el titular del pliego es responsablede las funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objeti- vos nacionales e institucionales y en lo específico, al cum-plimiento de las metas establecidas en los Presupuestos Institucionales; Que, el 20 de mayo de 2003, se publicó la Directiva para la programación, formulación y aprobación del Presu- puesto de los Gobiernos Locales para el año fiscal 2004, aprobada por la Resolución Directoral Nº 020-2003-EF/76.01, la misma que estableció las normas de carácter téc- nico y operativo que permitan a los Gobiernos Locales, en su calidad de Pliegos Presupuestales, programar, formulary aprobar sus Presupuestos Institucionales para el año fis- cal 2004; Que, el 22 de mayo del 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Instructivo Nº 002-2003- EF/76.01, instructivo para la programación participativa del presupues- to los gobiernos regionales y gobiernos locales para el añofiscal 2004, a través del cual se establecen los lineamien- tos para que los gobiernos locales puedan mejorar su ges- tión institucional en el marco del presupuesto 2004; Que, la Ley Marco del Presupuesto participativo, Ley Nº 28056, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 8 de agosto de 2003, en el artículo 1º , define que el proceso delpresupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalecen las relaciones del Esta-do - Sociedad Civil, estableciendo que para ello los gobier- nos regionales y Locales promueven el desarrollo de me- canismos y estrategias de participación en la programa-ción de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fis- calización de la gestión de los recursos públicos; Que, es política de la actual gestión fortalecer la gober- nabilidad democrática del gobierno Local, lo cual implica de manera especial realizar un amplio proceso de inclu- sión ciudadana en la gestión de sus instituciones de go-bierno a fin de concertar y trabajar decididamente por el desarrollo humano y favorecer los mecanismos de partici- pación, transparencia y rendición de cuentas que asegu-ren un uso eficiente y eficaz de los recursos públicos en la construcción del desarrollo local; Estando a lo expuesto y de conformidad a las faculta- des conferidas a los gobiernos locales en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dis-