Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2004 (01/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G38/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de enero de 2004 drón Electoral y de no verificar la presencia de la mitad más uno de los Delgados electores se dará un receso de treinta minutos, vencidos los cuales se volverá a pasar lis- ta y se dará inicio a la votación con los delegados electo-res asistentes. Artículo 23º.- Difusión de la lista de candidatos El Comité Electoral procederá a verificar la relación de los delegados candidatos. Luego, en el local de votación y en la cámara secreta procederá a pegar los carteles quecontienen los apellidos y nombres de los candidatos, y el número que le fue asignado por el Comité Electoral. Artículo 24º.- Representantes elegidos Se eligen como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Locala los candidatos que hayan obtenido la mayoría simple de los votos. Artículo 25º.- El Escrutinio y el Acta Electoral La votación concluirá a las trece horas. El escrutinio se llevará a cabo en acto público, siendo el Secretario del Comité Electoral el encargado de anotar la contabilidad de los votos. Los resultados serán anota- dos en el Acta Electoral, que será suscrita en dos (2) ejem-plares por el Comité Electoral y por todos los participantes de la elección que así lo deseen. Artículo 26º.- Destino de las cédulas de votación El Comité Electoral destruirá las cédulas de votación utilizadas una vez concluido el escrutinio. Artículo 27º.- Proclamación Una vez concluido el escrutinio y redactada el Acta Elec- toral, el Comité Electoral procederá a proclamar y entregar credenciales a los cinco representantes electos; y proce- derá a tomarles juramento. Artículo 28º.- Difusión de los resultados El Comité Electoral comunicará al Alcalde por escrito la relación de los cinco representantes titulares electos ante el Consejo de Coordinación Local Distrital adjuntando el Acta electoral. La Municipalidad publicará los resultadosen carteles ubicados en lugares visibles del Municipio. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 24301 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G45/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 0013 Miraflores, 30 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Po- lítica, concordado con el artículo II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 23 de octubre del 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 130-MM, en ella se aprobó el beneficio de Regularización Extraordinaria deDeudas - RED, la misma que estableció en su Segunda Dis- posición Final delegar en el Alcalde la facultad de dictar mediante Decreto de Alcaldía, la prórroga de la Ordenanza; Que, a fin de que un mayor número de contribuyentes accedan a las facilidades de pago concedidas, resulta per- tinente dictar la prórroga de la Ordenanza a fin de atenderlas solicitudes presentadas por los contribuyentes;En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 30 de enero del 2004 el vencimiento del plazo para acogerse a los benefi- cios establecidos en la Ordenanza Nº 130-MM. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 24321 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 045-2003 San Bartolo, 25 de octubre del 2003 EL ALCALDE DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLO: POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Bartolo en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Norma 4ta. De Título Preli-minar del nuevo Código Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, reconocer a los Gobiernos Locales au- tonomía Política, económica y administrativa en el asuntode su competencia y les otorgan potestad tributaria me- diante Ordenanza crear, modificar y suprimir contribucio- nes y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción ycon los límites que señala la Ley; Que, en los incisos a) y d) del Art. 68º del Decreto Ley Nº 776 dispone que los gobiernos locales podrán imponer ta-sas por servicios públicos y por establecimiento de vehículos; Que, gran número de personas no residentes concu- rren al Balneario en el verano para disfrutar sus playascondicionadas, generando que la Municipalidad incremente los servicios de Estacionamiento Vehicular, Seguridad, mantenimiento acondicionamiento de los mismos debennecesariamente provenir de las contribuciones de las per- sonas que hacen uso efectivo de dichos servicios en nues- tro distrito; Estando a los considerandos precedentes y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipali- dades la Constitución Política del Perú, Decreto LegislativoNº 816, Decreto Legislativo Nº 776, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer en la jurisdicción del dis- trito de San Bartolo, durante el período comprendido entreel 15 de diciembre del 2003 hasta el 31 de diciembre del 2004, la Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular cuyo rendimiento será reinvertido en el mantenimiento delservicio antes descrito, durante el período comprendido en los citados días, además de la señalización, equipamiento, mantenimiento de las zonas de Parqueo en las Vías y áreaspúblicas respectivas. Además del Servicio de Estacionamiento Vehicular se brindarán servicios conexos como son Servicios de Vigi-lancia de Vehículos Estacionados en las zonas y playas acondicionadas por la Municipalidad, Servicios Higiénicos, Instalaciones Deportivas, Control y Ordenamiento de Ve-