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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de enero de 2004 Del sector competente, quienes soliciten la Licencia de Apertura del establecimiento debe presentar la Autoriza- ción respectiva del sector. Artículo 13º.- Toda modificación debe ser previamente regularizada en el Registro Catastral de la Municipalidad Distrital de La Perla, la misma que no debe atentar con elornato respectivo, el mismo que deberá presentar de los 5 días hábiles de ocurrido, mediante Declaración Jurada de Actualización Catastral. CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL Artículo 14º.- Por absorción, fusión, transformación o cualquier otra causal, los conductores deben solicitar una nueva Licencia, entregando la anterior. DEL CAMBIO DE GIRO Artículo 15º.- Cuando se compruebe el cambio de giro en el Informe de la Actividad comercial será necesario con- tar con una Licencia de Apertura de Establecimiento, el mis-mo que será establecido previo informe de fiscalización. DEL CESE DE ACTIVIDADES Artículo 16º.- El conductor que ya no desee ejercer la actividad comercial, con el giro deberá solicitar el cese dela Licencia de Funcionamiento que será definitivo adjunta- rá la Licencia otorgada será de forma automática y cuyos requisitos son: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Devolución del Cartón Original y resolución que con- tiene la Autorización Municipal de Funcionamiento original. - Constancia de no registrar multas o deudas tributa- rias. - Pago por derecho de trámite. - Declaración Jurada de Cese. - El Cese solicitado será automático, una vez que re- úna las condiciones establecidas. REVOCATORIA DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Artículo 17º.- Se revocarán en los siguientes casos: a) Cuando se haya presentado documentación falsa. b) Cuando la entidad edil encargada de la fiscalización y control compruebe la denuncia grave de los vecinos por las irregularidades propias y/o funcionamiento del local. c) Cuando se compruebe que hay otro conductor dis- tinto al solicitante. d) Cuando se altere el giro del negocio. e) Cuando el local haya sido intervenido por la autori- dad competente por haberse encontrado artículos que ori- ginan la competente desleal. DE LAS IMPUGNACIONES Artículo 18º.- Los propietarios, conductores o quienes se les hayan otorgado legítimamente la Licencia de Aper- tura de Funcionamiento podrán reclamar en su legitimo in- terés, recurriendo a los mecanismos de la Ley Nº 27444del Procedimiento Administrativo General. La primera ins- tancia será la Dirección de Rentas y la Segunda Instancia será la Alcaldía. Artículo 19º.- En caso que el contribuyente presente documentación falsa será denunciado penalmente y al pro-fesional que avale la falsa pretensión será puesto, en co- nocimiento de su colegio profesional respectivo. Artículo 20º.- Cuando exista oposición seria o cierta del otorgamiento de la Licencia de Apertura se correrá tras- lado a la otra parte y si existiera un proceso judicial pen-diente la autoridad municipal suspenderá el trámite confor- me lo estipula la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Códi- go Penal. Artículo 21º.- La Compatibilidad de Uso no compatible deberá adecuarse a la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimien-tos Administrativos, asimismo, deberá indicarse que ven- cido el plazo de Ley, el Silencio Administrativo deberá ser Negativo.DE LA LICENCIA PROVISIONAL Artículo 22º.- Para obtener automáticamente la Licen- cia provisional se requiere: a) Zonificación conforme. b) Solicitud Declaración Jurada.c) Pago de Derecho respectivo. Artículo 23º.- Sólo pueden acogerse a esta modalidad los que reúnen los requisitos de la pequeña y Microempre- sa, no se incluyen para esta norma los establecimientos de juego, baile y similares con expendio de licor. REVOCATORIA Artículo 24º.- Procede la Revocatoria de la Licencia Provisional, cuando se constate los datos falsos en la De- claración Jurada baja interponérsele la Multa. DE LA AUTORIZACIÓN PROVISIONAL REQUISITOS Artículo 25º.- Quien desee obtener la Autorización tem- poral deberá presentar: a) La solicitud - Declaración Jurada, (de acuerdo a los alcances de la Ley de la Pequeña Empresa). b) Pago por Derecho de Trámite. c) Zonificación aprobada. ALCANCES Artículo 26º.- Pueden solicitar la Autorización Provi- sional aquellos que por campaña o temporada del produc- to requieran desarrollar dentro de la zona permitida dichaactividad comercial. PLAZO DE VIGENCIA Artículo 27º.- El plazo de vigencia de la Autorización Provisional es de 1 año calendario y cuyo costo es auto-mático si reúne las condiciones a la presentación en la Unidad de Trámite Documentario. DE LA SUPERVISION DEL DESARROLLO DEL NEGOCIO Artículo 28º.- La Municipalidad Distrital de La Perla a través de sus dependencias pertinentes o de instituciones Públicas o Privadas prescindiendo de su competencia po-drán supervisar en cualquier momento la supervisión del negocio con el afán de proteger al Consumidor de los pro- ductos de la jurisdicción de ésta. DE LA INTERVENCIÓN DE LOS VECINOS Artículo 29º.- Cuando algún establecimiento cause mo- lestia a los vecinos afectando la tranquilidad pública, éstos pueden formular sus denuncias de forma individual o me-diante la dependencia competente de la Municipalidad Dis- trital de La Perla y de proceder la queja, se determinará la clausura temporal hasta resolver la denuncia interpuesta. Artículo 30º.- La Junta de Propietarios de inmuebles sometidos al régimen de Propiedad Horizontal pueden for-mular sus denuncias cuando estos hechos no hayan teni- do solución con el Reglamento Interno del Edificio. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Para efectos de otorgar la Autorización Munici- pal de Licencia de Funcionamiento en área Pública y retiro Municipal, la Dirección de Desarrollo Urbano emitirá un infor- me Técnico adicional al Certificado de Compatibilidad de Uso. Segunda.- En el caso de la Autorización Municipal de Licencia de Funcionamiento Provisional por vencer: en laObtención de la Licencia de Funcionamiento Definitiva, el Área de Licencias deberá cumplir lo establecido en el artí- culo 32º Capítulo III, de la Ley Nº 27268. Tercera.- Sobre las impugnaciones para el Certificado de Compatibilidad de Uso no Compatible deberá adecuar-