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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2004 (01/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G38/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de enero de 2004 pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Finalidad de la Ordenanza La presente Ordenanza tiene por finalidad normar los procedimientos mediante los cuales las organizaciones de la sociedad civil, a través de los delegados acreditados le- galmente, eligen democráticamente a sus representantesante el Consejo de Coordinación Local Distrital, según lo establecido en la Constitución Política del Estado, la Ley de bases de la Descentralización y la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972. Artículo 2º.- Definiciones. Para la aplicación de la presente Ordenanza se entien- de por: a) Consejo de Coordinación Local Distrital, al Órga- no de coordinación y concertación de la Municipalidad de La Molina, creado por el artículo 102º de la Ley Orgánicade Municipalidades. b) Organizaciones de la sociedad civil , a las organi- zaciones sociales de base, asociaciones, organizacionesde productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de Organización de nivel Distrital. c) Representante de la sociedad civil , a la persona natural que en aplicación de las normas y mecanismos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades y en la presente ordenanza, es elegida como miembro del Con-sejo de Coordinación local Distrital por los delegados de las organizaciones de la Sociedad civil inscritas en el Re- gistro de Organizaciones de la Sociedad Civil de Munici-palidad de La Molina y proclamado por el Comité Electoral. d) Delegado - elector, a la persona natural acreditada legalmente por el máximo órgano de cada organización dela sociedad civil inscrita en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de La Molina, para participar en el proceso electoral en su representación y ejer-cer el derecho de voto en la elección de los representantes de la sociedad civil. Una misma persona natural no puede tener la representación de dos o más organizaciones. e) Candidato (a) , al delegado(a) al elector nominado como postulante en la elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo deCoordinación Local Distrital. f) Padrón Electoral , a la lista con el contenido del Re- gistro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Munici-palidad de La Molina, en el que consta la denominación so- cial, domicilio, el nombre e identificación del representante legal, el nombre e identificación del delegado - elector que larepresentará para efectos de la presente Ordenanza. TÍTULO II DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 3º.- Apertura del Registro El artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades, considera al "Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad Distrital", en el cual se inscriben las organizaciones de la sociedad civil que cumplan conlas exigencias legalmente establecidas interesadas en par- ticipar a través del Consejo de Coordinación Local Distrital en el desarrollo de las funciones establecidas en la LeyOrgánica de Municipalidades. Artículo 4º.- Del Registro de las Organizaciones . El Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad de La Molina no es constitutivo de perso- nería jurídica. Su mantenimiento y actualización está acargo de la Gerencia de participación vecinal de la Munici- palidad. Capítulo II Del Procedimiento de Inscripción Artículo 5º.- Requisitos de la solicitud de inscrip- ción Para la inscripción en el registro, las organizaciones de la sociedad civil deberán presentar una solicitud dirigida alAlcalde de la Municipalidad, debiendo expresar y acompa- ñar lo siguiente: a) El nombre o denominación social de la organización que se pretende inscribir, el objeto social o fines de la or- ganización, el domicilio, los nombres y apellidos comple-tos del representante legal y la indicación de su documen- to de identidad, así como del Delegado - elector. El repre- sentante legal debe firmar la solicitud. b) Copia simple de la Escritura de Constitución inscrita en el Registro Público correspondiente. c) En el caso de Juntas Vecinales se acompañará el Reglamento de Organización y Funciones aprobado. d) Copia simple del documento actualizado que acredi- te la vigencia de poder del o los representante(s) legal(es),con una antigüedad no mayor a noventa (90) días. e) Copia simple del documento de identidad del repre- sentante legal. f) Copia simple del acuerdo del máximo órgano de la organización, mediante el cual acreditan legalmente al Delegado-elector. g) Copia del documento de identidad del Delegado-elec- tor. h) Copia de los documentos que acrediten al menos tres años de actividad institucional, presencia efectiva y trabajo en el distrito. Para ello las organizaciones podrán adjuntar el libro de actas de la organización o instrumentosjurídicos suscritos, memoriales, publicaciones, entre otros. Articulo 6º.- Inicio del procedimiento de inscripción El procedimiento de inscripción se inicia con la presen- tación de la solicitud a que se refiere en artículo preceden- te, ante la unidad de trámite Documentario de la Municipa-lidad de La Molina. Dicha unidad está obligada a recibir todas las solicitudes, no obstante se incumpla con los re- quisitos establecidos en la presente Ordenanza, que ame-rite corrección. En un solo acto y por única vez la unidad de Trámite Documentario, si advirtiese la falta de algunos de los requisitos o documentos exigidos por el artículo pre-cedente, recibirá el documento, indicándole al usuario que en un plazo máximo de dos días útiles deberá subsanar- los, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada susolicitud. La Unidad de Trámite Documentario remitirá la solicitud presentada a la Alcaldía, para la prosecución del trámitecorrespondiente. Artículo 7º.- Plazos Una vez recibida la solicitud por la Gerencia de Partici- pación Vecinal, ésta procederá a su evaluación y emitirá resolución debidamente motivada en un plazo máximo de10 días calendario contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud. Esta Resolución no podrá ser mo- tivo de recurso impugnativo alguno. Transcurrido este plazo sin que haya pronunciamiento, el solicitante podrá considerar aprobada su solicitud. Artículo 8º.- Actualización del Registro Las organizaciones inscritas se obligan a actualizar cualquier información, siguiendo el mismo trámite estable-cido para la inscripción. Artículo 9º.- Difusión del registro El listado de las organizaciones inscritas será coloca- do en lugares visibles de la Municipalidad de La Molina. TÍTULO III PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE LA MOLINA. Artículo 10º.- Proceso de elección El proceso de elección de los representantes de la So- ciedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación