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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2004 (03/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G39/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fo-mentar la implementación de políticas y acuerdos interna-cionales, destinados a garantizar la defensa regional y se-guridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-tica exterior, en el contexto de sistemas de seguridad co-lectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa enel ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multila-terales destinados a garantizar la defensa regional y la se-guridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope-rativo, en observancia de los estándares internacionalesen la misión constitucional conferida a estos cuerpos deseguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Na-ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos,reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense,la misma que es sugerida por el Consejo de SeguridadHemisférica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees- tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobadopor Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capí-tulo relacionado a "Aspectos de Política Exterior en rela-ción a la Defensa Nacional" en el que se hace referenciaentre otros a la importancia de un sistema colectivo de se-guridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-ción y gestión que competa a su especialización, debiendocumplir además las instrucciones que les impartan, entrelas que deben destacarse las señaladas en los conside-randos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú, para que pres-te servicios en la Agregaduría Aérea a la Embajada delPerú en la República de Bolivia; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SGde fecha 21 de junio de 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al personal militar y civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en MisiónDiplomática; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Coronel FAPCANITROT RODRÍGUEZ Eduardo, NSA 0-93602 para quepreste servicios como Agregado Aéreo a la Embajada delPerú en la República de Bolivia, a partir del 1 de enero al31 diciembre del 2004. Artículo 2º.- Nombrar como Auxiliar del Agregado Aé- reo a la Embajada del Perú en la República de Bolivia, alTécnico Supervisor FAP ORBEGOSO PALACIOS José,NSA S-69132, a partir del 1 de enero al 31 de diciembredel 2004. Artículo 3º.- El citado Personal pasará lista de revista a órdenes del Comando de Personal de la Fuerza Aérea,por el período que dure la Misión. Artículo 4º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones ade-cuadas para el cumplimiento de la misión encomendada,de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 5º.- El Comandante General de la Fuerza Aérea, queda facultado para variar la fecha de inicio ytérmino de la Misión, sin exceder el período total esta-blecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 24259ECONOMÍA Y FINANZAS /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G76/G61/G2D /G6C/G75/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 051-2003-EF/76.01 Lima, 29 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene a su cargo la elaboración de la evaluación presupuestaria agre-gada, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº27879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2003; Que, la Contraloría General de la República ha reco- mendado, mediante el Informe Nº 258-2003-CG/SE, laemisión de la norma pertinente que precise la estructura ycontenido que deberá tener el Informe de Evaluación Pre-supuestal Anual Consolidado; Que, atendiendo a lo señalado en el considerando pre- cedente, la Alta Dirección del Ministerio de Economía yFinanzas, mediante Memorando Nº 012-2003-EF/13, dis-pone que se adopten las medidas correspondientes, a finde implementar las recomendaciones formuladas por laContraloría General de la República; Que, resulta necesario establecer disposiciones que permitan consolidar de forma óptima las evaluaciones pre-supuestarias de las Entidades del Sector Público; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Fi-nanciera del Sector Público; artículo 5º de la Ley Nº 27209- Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el artículo 17ºdel Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministe-rio de Economía y Finanzas, la Resolución ViceministerialNº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Economía y Finanzas y sus nor-mas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- La Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, consolidalas evaluaciones presupuestarias del Sector Público delAño Fiscal 2003, las cuales se efectuarán dentro de losplazos que señala la Ley de Presupuesto del Sector Públi-co para el Año Fiscal 2003, Ley Nº 27879, considerandocomo base el siguiente contenido y estructura: Parte PrimeraContiene aspectos relevantes vinculados al desempe- ño macrofiscal del Sector Público por sectores y se subdi-vide en tres capítulos: a) Aspectos macroeconómicos. b) Actividad gubernamental del Estado.c) Actividad empresarial del Estado. Parte SegundaSe expone la información financiera y presupuestaria, incluyendo información sobre los niveles alcanzados en losindicadores de gestión y de metas, con la finalidad de apre-ciar el desempeño general de las Entidades Públicas, se-gún corresponda, detallada en los siguientes cinco capítu-los: a) Evaluación de las Entidades del Gobierno Nacional. b) Evaluación de los Gobiernos Regionales.c) Evaluación de los Gobiernos Locales.d) Evaluación de las Entidades de Tratamiento Empre- sarial. e) Evaluación de las Empresas Públicas a cargo del FONAFE. Artículo 2º.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31º de la Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2003, Ley Nº 27879, el Fondo Nacionalde Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE, remite a la Dirección Nacional del Presupues-to Público copia de la evaluación presupuestaria de las en-