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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2004 (03/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 258975 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de enero de 2004 una posterior. Opcionalmente, dicho PAAC podrá incluir las adjudicaciones de menor cuantía programables o que pue-dan ser previstas a la fecha de su elaboración. La información que a continuación se detalla será re- gistrada, conforme al Anexo Nº 1 de la presente Directiva,en forma ordenada, correlativa y sistematizada: INFORMACIÓN GENERALA) Año al que pertenece el PAAC reportado. B) Nombre completo de la Entidad que reporta.C) Siglas de la Entidad que reporta.D) Registro Único de Contribuyente - RUC, según los registros de la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria - SUNAT. E) Nombre del Pliego al que pertenece la Entidad.F) Número de Unidad Ejecutora que corresponde a la Entidad, de ser el caso. G) Instrumento que aprueba o modifica el PAAC y que sustenta el PAAC remitido. INFORMACIÓN DEL PLAN ANUAL DE CONTRATA- CIONES Y ADQUISICIONES 1. Número de orden correlativo y referente del proce- so de selección programado. 2. Tipo del proceso de selección (licitación pública; li- citación pública nacional; licitación pública internacional;concurso público; concurso público nacional; concursopúblico internacional; adjudicación directa pública; adjudi-cación directa selectiva; adjudicación de menor cuantía). 3. Objeto de la contratación o adquisición (bienes, ser- vicios u obras). 4. Síntesis de las especificaciones técnicas de los bie- nes, servicios u obras a adquirir o contratar. 5. Código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) que corresponda o que, en su defecto, más seaproxime al objeto de la adquisición o contratación. 6. Valor estimado del objeto de la contratación o ad- quisición. 7. Tipo de moneda.8. Fuente de financiamiento.9. Fecha probable de la convocatoria al proceso de selección programado. 10.Órgano o Entidad encargado de la adquisición o contratación. 11.Cualquier observación que se estime conveniente informar. 3. De la aprobación del Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC deberá ser aprobado mediante instrumento emitido por elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa dela Entidad, según corresponda. Sin embargo, dicha atribu-ción puede ser delegada, mediante resolución expresa, aotro órgano o funcionario, de acuerdo con las normas deorganización interna de cada Entidad. El órgano o funcionario competente deberá aprobar el PAAC dentro de los treinta (30) días naturales siguientes ala fecha de la aprobación del Presupuesto Institucional deApertura. Las Entidades sólo pueden convocar y efectuar las lici- taciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones di-rectas públicas y selectivas, que hayan sido previamenteprogramadas y se encuentran incluidas en el PAAC, conexcepción de las adjudicaciones de menor cuantía. La convocatoria y/o realización de cualquier licitación pública, concurso público y/o adjudicación directa que hayasido efectuada sin la previa aprobación del PAAC corres-pondiente al ejercicio presupuestal en curso o que no hayasido programada e incluida en el referido PAAC carece devalidez legal alguna. Dicha exigencia no es regularizableen ningún caso, bajo responsabilidad del Titular del Pliegoo la máxima autoridad administrativa de la Entidad, segúncorresponda. 4. Del contenido y la publicación del instrumento que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones El instrumento que aprueba el PAAC deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la fecha de su aprobación. La parte resolutiva del instrumento que aprueba el PAAC deberá designar, en forma expresa, al órgano o funciona-rio encargado del cumplimiento de dicha publicación. Ensu defecto, la publicación estará a cargo de la dependen-cia responsable de la planificación de los procesos de se- lección. La parte resolutiva del instrumento que apruebe el PAAC deberá indicar la dirección o direcciones donde éste pue-de ser revisado y/o adquirido y el costo de su reproduc-ción. 5. De la difusión del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones El PAAC deberá ser remitido al CONSUCODE en su integridad y en los formatos que forman parte de la pre-sente Directiva, dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a su aprobación. El CONSUCODE facilitará los mecanismos para que cada Entidad ingrese directamente y/o remita la informa-ción contenida en su PAAC a través del Sistema de Infor-mación sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado,así como difundirá dicha información a través de su páginaelectrónica. Del mismo modo, copia del PAAC deberá remitirse a PROMPYME, por los medios de comunicación que ellaestablezca, en el plazo de diez (10) días hábiles contadosdesde su aprobación. Adicionalmente, el PAAC deberá estar a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las ad-quisiciones y contrataciones de la Entidad y en su páginaelectrónica, si la tuviere. Cualquier interesado podrá ad-quirir revisar y/o adquirir copia del PAAC al precio de costode reproducción en la dirección o direcciones señaladasen el instrumento que lo aprueba. 6. Del procedimiento de remisión de información al CONSUCODE La información contenida en el PAAC deberá remitirse al CONSUCODE en forma electrónica en el formato con-tenido en el Anexo Nº 1 de la presente Directiva a travésdel Sistema de Información sobre Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, al cual se puede acceder a través dela página electrónica del CONSUCODE: http:\\www .consucode .gob.pe. A fin de remitir la información sobre el PAAC a través del Sistema de Información sobre Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, la Entidad debe tramitar ante el CON-SUCODE la creación de un usuario para el acceso al Sis-tema de Información sobre Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado. A tal efecto, el Titular del Pliego, la máximaautoridad administrativa o el órgano o funcionario que cuen-ta con facultades para la aprobación del PAAC, deberá re-mitir al CONSUCODE el nombre, cargo, teléfono, fax y co-rreo electrónico de la persona responsable de la remisiónde la información señalada. En respuesta, CONSUCODEnotificará al correo electrónico indicado el usuario y con-traseña inicial para la persona designada. Una vez efectuada la remisión de la información sobre el PAAC a través del Sistema de Información sobre Con-trataciones y Adquisiciones del Estado no será necesariala remisión de dicha información por medio escrito. Excepcionalmente, en caso de imposibilidad para reali- zar el envío de la información sobre el PAAC por vía elec-trónica a través del Sistema de Información sobre Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad podrá re-mitirla por medio magnético (disquete de 3½”), siempre enel formato contenido en el Anexo Nº 1 de la presente Di-rectiva, sin perjuicio de acompañar el documento físico res-pectivo que acredite la veracidad de lo indicado en los ar-chivos digitales, debidamente visado por el órgano o fun-cionario que aprobó dicho PAAC, así como la autorizacióndel CONSUCODE conforme a lo señalado en el párrafosubsiguiente. La excepción prevista en el párrafo precedente única- mente es aplicable para las Municipalidades Distritalesubicadas fuera de las provincias de Lima y Callao previaaprobación por escrito del CONSUCODE. A tal efecto, laEntidad deberá remitir una solicitud suscrita por el AlcaldeDistrital en la que señale, bajo responsabilidad, la imposi-bilidad de su representada de acceder directa o indirecta-mente a Internet, su domicilio y un número de fax a los quese remitirá cualquier documentación. CONSUCODE eva-luará en cada caso la procedencia de la solicitud y remitiráuna comunicación en la que autorice la remisión de la in-formación sobre el PAAC por medio magnético. La sola re-misión de la solicitud por parte de la Municipalidad no su-pone su aceptación por el CONSUCODE. La remisión de la información sobre el PAAC, así como su correspondiente actualización cada vez que se produz-ca una modificación, es responsabilidad del Titular del Plie-go Presupuestario o de la máxima autoridad administrati-