Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2004 (06/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 6 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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presente Resolucion, dentro del plazo establecido por la Ley. 6. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 7. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 00062

INPE
Imponen sancion de destitucion a servidor de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 815-2003-INPE/P MORDAZA, 18 de diciembre de 2003 VISTO, el Informe Nº 106-2003-INPE-CPPAD de fecha 15 de diciembre de 2003 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 732-2003INPE/P de fecha 6 de noviembre de 2003, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel SPF, quien cuando laboraba en el horario administrativo como personal de apoyo tecnico en la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, incurrio en ausencias injustificadas a su centro de labores los dias 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 25, 30, y 31 del mes de julio; 1, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 14, 15, 18, 19, 22, 25, 26, 27 y 28 en el mes de agosto, y los dias 3, 4, 5, 8, 9, 10, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30 en el mes de setiembre de 2003 hasta la fecha, por lo que dicho servidor se encuentra inmerso dentro de los alcances de lo previsto en los incisos a) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, de la revision de los documentos que obran en el expediente se advierte que al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se le remitio a su domicilio la resolucion de instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario el 19 de noviembre de 2003, a traves del servicio courier "Multimodal Express Transport S.A.C.", habiendose rehusado recibir y proporcionar sus datos personales la persona que domicilia en dicho inmueble, tal como hace constatar el encargado en el reporte de la Notificacion Nº 651-2003-INPE/OGA-ORH de fecha 20 de noviembre de 2003, razon por la que en observancia del articulo 167º del Decreto Supremo Nº 00590 PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa y numeral 3º del articulo 25º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se ha extendido la notificacion mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano - Normas Legales, edicion del 2 de diciembre de 2003, pagina 256325, no habiendo presentado su descargo en el termino de cinco dias habiles establecidos en el articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa;

Que, ha quedado establecido que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha registrado ausencias injustificadas a su centro de labores en las fechas MORDAZA senaladas; las mismas que continuan hasta la fecha, conforme se desprende del reporte formulado por el Jefe del Area de Control de Personal de la Sede Central del INPE, mediante Oficios Nºs. 144 y 153- 2003-INPE-OGAORH-URyD/AC de fechas 10 de noviembre y 12 diciembre de 2003, respectivamente, y no habiendo presentado su descargo, subsisten las faltas atribuidas en la Resolucion Presidencial Nº 732-2003-INPE/P de fecha 6 de noviembre de 2003, por lo que dicho servidor ha incumplido sus obligaciones previstas en los incisos a) y c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que al registrar con exceso las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos y cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, ha incurrido en graves faltas administrativas tipificadas en el inciso k), articulo 28º de la acotada MORDAZA legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos y Disciplinarios, contandose con las visaciones de los Miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90 PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema N° 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER sancion administrativa disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel SPF, Personal de Apoyo Tecnico de la Oficina de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario y por el Diario Oficial El Peruano, para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00059

SUNAT
Cancelan MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de Camaras IP destinadas a la Aduana de Tacna
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA INTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 677-2003/SUNAT MORDAZA, 15 de diciembre de 2003 VISTO: El Memorandum Nº 958-2003-2A2000 de la Oficina de Investigacion Tecnologica de la Intendencia Nacional de Sistema de Informacion;

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