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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2004 (06/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G31/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de enero de 2004 Artículo 2º.- Designar a doña Iris Judith MUÑANTE PORRAS, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Red deSalud San Juan de Miraflores - Villa María del Triunfo, NivelF-4, de la Dirección de Salud II Lima Sur. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 0064 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1330-2003-SA/DM Lima, 31 de diciembre del 2003 Visto el Oficio Nº 590-2003-DISA-II-LS-DG, cursado por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 126-2002-SA/ DM, se designó al doctor Bernardo Elvis OSTOS JARA ,en el cargo de Director Ejecutivo de los Servicios Básicosde Salud de Chilca - Mala, de la Dirección de Salud II LimaSur; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 638-2003-SA/ DM, se aprobó el documento denominado "Delimitación de las Direcciones de Salud, Direcciones de Red de Salud y Microrredes de Salud a nivel Nacional"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 885.2003-SA/ DM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Dirección de Salud II Lima Sur y de las Direccio-nes de Red de Salud de su jurisdicción; Que, es conveniente consignar el cargo del funcionario antes indicado de acuerdo a los documentos de gestiónaprobados para la Dirección de Salud II Lima Sur; De conformidad con lo previsto con el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, los artículos 3º y 7º dela Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término a la designación de don Ber- nardo Elvis OSTOS JARA, en el cargo de Director Ejecuti-vo de los Servicios Básicos de Salud de Chilca - Mala, Nivel F-4 de la Dirección de Salud II Lima Sur. Artículo 2º.- Designar a don Bernardo Elvis OSTOS JARA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Red de Sa-lud Chilca - Mala, Nivel F-4, de la Dirección de Salud IILima Sur. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 00065 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G48/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1331-2003-SA/DM Lima, 31 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Estando a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha en el cargo de Asesor I, Nivel F-4, de la Oficina General de Ges-tión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, al doc- tor MICHAEL STALIN SALDARRIAGA CASTRO. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 00066 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 223-2003-P-PJ Lima, 23 de diciembre de 2003 VISTOS: El Memorándum Nº 1476-2003-OI-GG-PJ, de la Ofici- na de Infraestructura, el Informe Nº 069-2003-GRP/E/OI/ GG/PJ, del Consultor de Estudios de Infraestructura, elMemorándum Nº 1594-2003-GAF-GG-PJ, de la Gerenciade Administración y Finanzas, el Memorándum Nº 4083-2003-SL-GAF-GG/PJ de la Subgerencia de Logística, elInforme Nº 151-2003-AS-SL-GAF-GG/PJ del Área de Ser- vicios de la Subgerencia de Logística, y el Informe Nº 528- 2003-OAL-GG-PJ, de la Jefatura de Asesoría Legal de laGerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, en Palacio Nacional de Justicia la alimentación eléctrica se realiza a través de dos Suministros de EnergíaNº 059671 y Nº 059672 de 220v, los mismos que datan desde la inauguración de dicho edificio. El suministro Nº 059671 está dedicado a las principales conexiones de lossistemas eléctricos de Palacio; en tanto que el suministroNº 059672 está destinado a los ascensores; Que, en el año 2000, la Gerencia General a través de la Oficina de Infraestructura, ejecutó la obra "Renovación del Sistema Eléctrico Principal del Palacio Nacional de Justi- cia", consistente en el cambio de acometida para 10kv,seccionador de potencia, transformador y tablero generalde 10 kv, suscribiéndose para tal efecto el Contrato Nº 097-2000-GG-PJ, con la empresa Inmobiliaria y ConstructoraJulio César S.A., el 25 de octubre del 2000; Que, la obra referida en el párrafo precedente tiene la conformidad de la concesionaria de electricidad de lazona sur-este de Lima: empresa Luz del Sur, según flu-ye de la Carta CSCH/P/438-2001, de fecha 24 de juliodel 2001, siendo la siguiente etapa la unificación de losdos suministros Nº 059671 y Nº 059672 en el Suminis- tro Nº 059671; Que, de acuerdo a los Informes Nº 151-2003-AS-SL- GAF-GG-PJ, del Área de Servicios de la Subgerencia deLogística y Nº 069-2003-GRP/E/OI/GG/PJ del Consultorde Estudios de la Oficina de Infraestructura, la unificaciónde los suministros de baja tensión en uno de media tensión nominal de 10 kv, obedece a razones técnico - económi- cas, toda vez que a la fecha existe un considerable incre-mento de carga por las instalaciones y equipamiento consistemas de aire acondicionado, cómputo, instalación deascensores, entre otros. Además dicha unificación - porcambio tarifario - representará para el Poder Judicial un ahorro en el costo del consumo mensual en comparación al sistema actual, significando que en un plazo razonablese estaría recuperando la inversión hecha para su unifica-ción;