Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2004 (06/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de enero de 2004

- Uno (1) de los Gobiernos Regionales. - Un (1) representante de los Gobiernos Locales. - Dos (2) de las Comunidades Campesinas designados uno por la Confederacion Nacional Agraria - CNA y otro por la Confederacion Campesina del Peru - CCP. - Dos (2) de las Comunidades Nativas, designados uno por la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana - AIDESEP y otro por la Confederacion de Nacionalidades Amazonicas del Peru - CONAP. Articulo 4º.- Derogacion de normas opuestas a la Ley Deroganse, modificanse o dejanse sin efecto las normas que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 00087

subsectores de electricidad e hidrocarburos y del cumplimiento de las normas del sector electrico por toda persona natural o juridica, de derecho publico o privado, siendo parte integrante del Sistema Supervisor de la Inversion en Energia compuesto por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Proteccion de la Propiedad Intelectual y el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia. Tiene personeria juridica de derecho publico interno y goza de autonomia funcional, tecnica, administrativa, economica y financiera." Articulo 2º.- Adiciona inciso e) al articulo 5º de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia - OSINERG Adicionase el inciso e) al articulo 5º de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia OSINERG, en los terminos siguientes: "Articulo 5º.- Funciones Son funciones del OSINERG: (...) e) Fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos electricos, por parte de empresas de otros sectores, asi como de toda persona natural o juridica de derecho publico o privado, informando al organismo o sector competente sobre las infracciones cometidas, las que le informaran de las sanciones impuestas." Articulo 3º.- MORDAZA derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Reglamento El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de treinta (30) dias de entrada en vigencia la Ley, realizara las modificaciones al Reglamento de Ley de Creacion del OSINERG adecuandolo a lo dispuesto en la presente Ley. Segunda.- Disposiciones aplicables ante riesgos electricos graves En situaciones de riesgo electrico grave que exponga la MORDAZA de las personas, el OSINERG procedera a disponer la suspension de la actividad que la provoque o el corte del servicio. Los costos que signifiquen estas operaciones seran asumidos por el infractor. El OSINERG informara al Organismo Regulador o autoridad competente, asi como al Ministerio Publico, sobre las infracciones cometidas, a fin de que estas entidades procedan conforme a sus atribuciones. Tercera.- De las infracciones Autorizase al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG para que proceda a establecer sanciones y tipificar las conductas que constituyan infraccion respecto al incumplimiento del Codigo Nacional de Electricidad, por via reglamentaria. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica

LEY Nº 28151
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY Nº 26734, LEY DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION EN ENERGIA - OSINERG
Articulo 1º.- Modifica el articulo 1º de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia - OSINERG Modificase el articulo 1º de la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia - OSINERG, en los terminos siguientes: "Articulo 1º.- Creacion y Naturaleza Crease el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (OSINERG), como Organismo Fiscalizador de las actividades que desarrollan las empresas en los

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