Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2004 (06/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 6 de enero de 2004 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

NORMAS LEGALES

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AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 5 de enero de 2004

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 00088

Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 00089

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28153
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28152
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA ADHESION DEL PERU A LA "CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE TRAFICO INTERNACIONAL DE MENORES"
Articulo Unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa Apruebase la Adhesion a la "Convencion Interamericana sobre Trafico Internacional de Menores", suscrito en la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, el 18 de marzo de 1994, de conformidad con los articulos 56º y 102º inciso 3) de la Constitucion Politica del Peru, con las siguientes declaraciones: La Republica del Peru declara lo siguiente: 1. "Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 23º de la citada Convencion, se reconoceran y ejecutaran las sentencias penales dictadas en otro Estado Parte, en lo relativo a la indemnizacion de los danos y perjuicios derivados del trafico internacional de menores." 2. "Que, de conformidad a lo previsto por el articulo 26º de la Convencion, no se podra oponer en juicio civil en ese Estado Parte excepcion o defensa alguna que tienda a demostrar la inexistencia del delito o irresponsabilidad de una persona, cuando exista sentencia condenatoria ejecutoriada por este delito, pronunciada en otro Estado Parte." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL "MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL SOBRE COOPERACION EN MATERIA DE VIGILANCIA Y PROTECCION DE LA AMAZONIA"
Articulo Unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º inciso 2 y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru, apruebase el "Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil sobre Cooperacion en Materia de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia", firmado en MORDAZA, Republica del Peru, el 25 de agosto de 2003. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 5 de enero de 2004 Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 00090

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