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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G30/G30/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de enero de 2004 Que, asimismo el citado Decreto Supremo dispuso la constitución de una Comisión Especial Multisectorial en-cargada de la formulación del Plan de Paz y Desarrollo señalado en el considerando precedente; Que, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Sector Energía y Minas, a efectos de cumplir con la conformación de la referida Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 001-2004-PCM; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y el Decreto Supre- mo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Ing. Ruben Aquino Albino y al Ing. Hugo Sulca Sulca, como representantes titular yalterno respectivamente del Ministerio de Energía y Minas, ante la Comisión Especial Multisectorial encargada de la formulación del Plan de Paz y Desarrollo para los departa-mentos de Huánuco, Junín, Pasco y San Martín, y la pro- vincia de Padre Abad del departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 01000 PRODUCE /G52/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G41/G64/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G64/G65/G72/G6F/G20/G50/G65/G73/G2D /G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G6C/G61/G20/G56/G69/G6C/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G72/G72/G6F /G53/G61/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2004-PRODUCE Lima, 15 de enero del 2004 Visto el Oficio Nº 009-2004-PRODUCE/DNPA del 7 de enero del 2004, de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal; CONSIDERANDO: Que el 22 de diciembre de 1997, se suscribió el Conve- nio de Cesión en Administración del Desembarcadero Pes-quero Artesanal de Vila Vila, entre el Ministerio de Pesque- ría, hoy Ministerio de la Producción, FONDEPES y el Sin- dicato de Pescadores Artesanales y Anexos de Vila Vila, elcual ha vencido el 31 de diciembre de 1999; Que el 8 de mayo del 2001, se suscribió el Convenio de Cesión para la Administración del Desembarcadero Pes-quero Artesanal del Puerto Pesquero Morro Sama, entre el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, FONDEPES y la Asociación de Pescadores Artesanalesdel Puerto Pesquero Morro Sama - Tacna, con un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2004; Que mediante el documento del visto, la Dirección Na- cional de Pesca Artesanal informa sobre la deficiente ges- tión que viene realizando la administración del De- sembarcadero Pesquero Artesanal de Puerto Sama, incum-pliendo la Asociación de Pescadores Artesanales del Puerto Morro Sama - Tacna con las obligaciones establecidas en el Convenio citado en el considerando anterior, a pesar dehaberse efectuado en forma reiterada recomendaciones para que dicha Organización Social mejore su gestión, por lo que procede resolver el mencionado convenio y encar-gar la administración en forma temporal a la Dirección Re- gional de la Producción de Tacna; Que, asimismo, considerando que se ha resuelto el Con- venio referido al Desembarcadero Pesquero Artesanal de Vila Vila, por vencimiento del plazo de vigencia establecido en su Cláusula Octava, la Dirección Nacional de Pesca Ar-tesanal recomienda encargar la adminisración en forma tem- poral a la Dirección Regional de la Producción de Tacna; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por LeyNº 27779 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar resuelto el Convenio de Cesión en Administración del Desembarcadero Pesquero Artesa- nal de Vila Vila, celebrado entre el Ministerio de Pesquería,hoy Ministerio de la Producción, FONDEPES y el Sindica- to de Pescadores Artesanales y Anexos de Vila Vila, a par- tir del 1 de enero del 2000. Artículo 2º.- Resolver el Convenio de Cesión para la Administración del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Vila Vila, celebrado entre el Ministerio de Pesquería, hoyMinisterio de la Producción, FONDEPES y la Asociación de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero Morro Sama. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Regional de la Producción de Tacna, la administración temporal de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales de Morro Samay Vila Vila para su custodia, a partir de la fecha de publica- ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 00919 /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G2D /G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G68/G61/G6E /G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G73/G63/G61/G20/G79/G44/G65/G73/G65/G6D/G62/G61/G72/G71/G75/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/GC1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G4D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2004-PRODUCE/DINSECOVI Lima, 16 de enero de 2004 CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODU- CE, se creó el "Programa de Vigilancia y Control de la Pes-ca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", estableciéndo- se en su artículo 2º la obligación de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuenten conlicencia de operación para la producción de harina y aceite de pescado en general, de suscribir con la Dirección Na- cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministeriode la Producción, un Convenio de Fiel y Cabal cumplimien- to de las disposiciones contenidas en el citado Programa; Que mediante Resolución Ministerial Nº 502-2003-PRO- DUCE, se aprobó el Convenio de Fiel y Cabal cumplimien- to de las disposiciones contenidas en el "Programa de Vi- gilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbi-to Marítimo", publicándose la relación de establecimientos industriales pesqueros cuyos titulares están obligados a la suscripción del citado Convenio; Que resulta necesario publicar la relación de estableci- mientos industriales pesqueros cuyos titulares han cum- plido suscribir el Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento delas disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilan- cia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo", así como la de aquellos que no han cumplidocon dicha obligación; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar como anexos I y II de la presente Resolución Directoral, las relaciones de los establecimien-tos industriales pesqueros cuyos titulares han cumplido con