Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2004 (18/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 18 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo el citado Decreto Supremo dispuso la constitucion de una Comision Especial Multisectorial encargada de la formulacion del Plan de Paz y Desarrollo senalado en el considerando precedente; Que, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Sector Energia y Minas, a efectos de cumplir con la conformacion de la referida Comision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2004-PCM; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno respectivamente del Ministerio de Energia y Minas, ante la Comision Especial Multisectorial encargada de la formulacion del Plan de Paz y Desarrollo para los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Pasco y San MORDAZA, y la provincia de Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 01000

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, modificado por Ley Nº 27779 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar resuelto el Convenio de Cesion en Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, celebrado entre el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, FONDEPES y el Sindicato de Pescadores Artesanales y Anexos de MORDAZA MORDAZA, a partir del 1 de enero del 2000. Articulo 2º.- Resolver el Convenio de Cesion para la Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, celebrado entre el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, FONDEPES y la Asociacion de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero Morro Sama. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Regional de la Produccion de Tacna, la administracion temporal de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales de Morro Sama y MORDAZA MORDAZA para su custodia, a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion

PRODUCE
Resuelven convenios de Cesion en Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA y de Morro Sama
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2004-PRODUCE MORDAZA, 15 de enero del 2004 Visto el Oficio Nº 009-2004-PRODUCE/DNPA del 7 de enero del 2004, de la Direccion Nacional de Pesca Artesanal; CONSIDERANDO: Que el 22 de diciembre de 1997, se suscribio el Convenio de Cesion en Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, entre el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, FONDEPES y el Sindicato de Pescadores Artesanales y Anexos de MORDAZA MORDAZA, el cual ha vencido el 31 de diciembre de 1999; Que el 8 de MORDAZA del 2001, se suscribio el Convenio de Cesion para la Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal del Puerto Pesquero Morro Sama, entre el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, FONDEPES y la Asociacion de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero Morro Sama - Tacna, con un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2004; Que mediante el documento del visto, la Direccion Nacional de Pesca Artesanal informa sobre la deficiente gestion que viene realizando la administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Puerto Sama, incumpliendo la Asociacion de Pescadores Artesanales del Puerto Morro Sama - Tacna con las obligaciones establecidas en el Convenio citado en el considerando anterior, a pesar de haberse efectuado en forma reiterada recomendaciones para que dicha Organizacion Social mejore su gestion, por lo que procede resolver el mencionado convenio y encargar la administracion en forma temporal a la Direccion Regional de la Produccion de Tacna; Que, asimismo, considerando que se ha resuelto el Convenio referido al Desembarcadero Pesquero Artesanal de MORDAZA MORDAZA, por vencimiento del plazo de vigencia establecido en su Clausula Octava, la Direccion Nacional de Pesca Artesanal recomienda encargar la adminisracion en forma temporal a la Direccion Regional de la Produccion de Tacna; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Pesca Artesanal y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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Relaciones de establecimientos industriales pesqueros cuyos titulares han suscrito convenio relacionado al "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2004-PRODUCE/DINSECOVI MORDAZA, 16 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, se creo el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", estableciendose en su articulo 2º la obligacion de los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion para la produccion de harina y aceite de pescado en general, de suscribir con la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, un Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el citado Programa; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 502-2003-PRODUCE, se aprobo el Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", publicandose la relacion de establecimientos industriales pesqueros cuyos titulares estan obligados a la suscripcion del citado Convenio; Que resulta necesario publicar la relacion de establecimientos industriales pesqueros cuyos titulares han cumplido suscribir el Convenio de Fiel y Cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", asi como la de aquellos que no han cumplido con dicha obligacion; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar como anexos I y II de la presente Resolucion Directoral, las relaciones de los establecimientos industriales pesqueros cuyos titulares han cumplido con

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