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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2004 (18/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G30/G30/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de enero de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 001-2004-INDECOPI/GEG Lima, 12 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que según lo señalado en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Contratacio-nes y Adquisiciones, en el que se debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio pre- supuestal correspondiente; Que mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE se aprobó la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/ PRE que regula el procedimiento de elaboración y conteni-do de los planes anuales de contrataciones y adquisicio- nes de las entidades del Sector Público; Que en concordancia con el numeral VI: Disposiciones Específicas de la mencionada Directiva Nº 005-2003/CON- SUCODE/PRE, la Gerencia de Finanzas del INDECOPI ha dado la conformidad de la efectiva existencia de recur-sos conforme al presupuesto institucional aprobado para el período 2004; Que la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, en su artículo 22º señalalos montos máximos totales para la determinación de los procesos de selección para efectuar Licitación Pública,Concurso Público y Adjudicaciones Directas en las entida- des del Sector Público; Que el Instituto Nacional de Defensa de la Competen- cia y Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI se encuentra bajo el ámbito de aplicación de las normas glosadas, en consecuencia ha elaborado su Plan Anual parael ejercicio 2004, siendo necesaria su aprobación por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; En uso de las facultades que confiere el inciso d) del Artículo 42º del Decreto Ley Nº 25868; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones del INDECOPI correspondiente alejercicio 2004 que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración de- berá poner en conocimiento del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microem-presa - PROMPYME la presente Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes a su expedición. Artículo Tercero.- El Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI para el año 2004 se encuen- tra a disposición del público en general en el portal del IN- DECOPI: www.indecopi.gob .pe o en el Área de Logística y Control Patrimonial ubicada en la sede central del INDE- COPI sito en calle La Prosa 138, San Borja, donde podrá adquirirse pagando la tasa correspondiente al costo de sureproducción. Regístrese, publíquese y archívese.FERNANDO ARRUNÁTEGUI MARTÍNEZ Gerente General REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU