Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2004 (20/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 260140

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 20 de enero de 2004

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Presupuestal 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 050-2004-MPL Pueblo Libre, 8 de enero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 012-2004-MPL-OA/UAS, de la Unidad de Abastecimiento y Servicios, su fecha 7 de enero del 2004, solicitando la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Puebo Libre para el Ejercicio Presupuestal 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el Art. 7º de su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 380-2003-COSUCODE/PRE que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE establecen que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el Ejercicio Presupuestal, consolidando la informacion de las Licitaciones y Concursos Publicos y las Adjudicaciones Directas y, que este debera ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 072-2003-MPL del 11 de diciembre del 2003 se acordo aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Fiscal 2004; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 932-2003 del 15 de diciembre del 2003 se promulgo el Presupuesto de la Municipalidad de Pueblo Libre para el Ejercicio Fiscal 2004; Estando a lo expuesto; y, de conformidad a las facultades establecidas en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y en el numeral 1 del articulo 7º de su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, para el Ejercicio Presupuestal 2004, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento y Servicios, ejecute las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad, gestionando en su oportunidad la aprobacion de los procesos de seleccion conforme a la programacion establecida en el Plan Anual. Articulo Tercero.- Disponer que el Director de la Oficina de Administracion, supervise la elaboracion, aprobacion, publicacion, difusion y ejecucion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual en su integridad sea remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; del mismo modo MORDAZA del Plan Anual debera remitirse a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, por el medio de comunicacion mas rapido y en el plazo de diez (10) dias habiles contados desde su aprobacion. Adicionalmente, el Plan Anual debera estar a disposicion de los interesados, en la Unidad de Abastecimiento y Servicios, en el Local de la Municipalidad de Pueblo Libre, ubicado en la Av. General MORDAZA Nº 859 - Tercer Piso -

Pueblo Libre, a efecto de que todo interesado pueda adquirir MORDAZA del Plan. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de la Secretaria General y a la Direccion de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 01042

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria y administrativa en el distrito
ORDENANZA Nº 29-MDSM
San MORDAZA, 15 de enero de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, se establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario establece, excepcionalmente, que los Gobiernos Locales, pueden condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, la actual administracion siendo consciente de la recesion economica por la que vienen atravesando los vecinos de San MORDAZA, brindara a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria o administrativa; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y/O ADMINISTRATIVA DENTRO DE LA JURISDICCION DE SAN MORDAZA Articulo 1º.- FINALIDAD.- La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer un periodo de Beneficio de Regularizacion Tributaria y/o Administrativa, a favor de los contribuyentes, responsables y/o infractores del distrito de San MORDAZA, que tengan deudas cuyo hecho generador se hubiera producido hasta el 30 de diciembre de 2003, y a la fecha de la presente Ordenanza se encuentren exigibles y/ o pendientes de pago, por obligaciones tributarias (sustanciales y formales), multas administrativas y costas. Articulo 2º.- ALCANCES.- En caso de obligaciones de naturaleza tributaria se condonara el total de los reajustes e intereses moratorios en las obligaciones pendientes de pago al 31 de diciembre del 2003. En caso que los contribuyentes no hubiesen cumplido con la obligacion de presentar alguna declaracion jurada, la MORDAZA de la misma no devengara multa tributaria en tanto el hecho generador hubiera acaecido hasta el 31 de diciembre del 2003; quedando exonerados del 100% del pago de la multa tributaria respectiva.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.