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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2004 (22/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G32/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de enero de 2004 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 4 personas Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 01226 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G2C/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G6F/G72/G20/G69/G6E/G76/G69/G74/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2004-DE/EP Lima, 20 de enero de 2004 Visto, el Oficio Nº 2990 SUB DIR EDUC/C-4.a.1/B/05.00 del 19 de diciembre del 2003, del Director de Instrucción,Educación y Doctrina del Ejército; CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Quinta Política de Estado del Acuer- do Nacional promueve la participación de las Fuerzas Ar- madas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisférica y las Misiones de Paz en el marco de la Organización delas Naciones Unidas; Que, el inciso (e) del Artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de susfunciones participar a través de los organismos pertinen- tes, en las misiones de paz internacionales a que se com- prometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estratégicos generales y políti- ca del Sector Defensa, se encuentra la participación en actividades de carácter regional, continental y/o mundial,en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multi- nacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus- teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerándose aquellos que se re- fieren a intercambios de personal pactados con otras Fuer- zas Armadas; Que, según Resolución Ministerial Nº 081 DE/EP/DP- SDAPE 1-1/ del 22 de enero del 2003, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios a la República de Argen-tina, del 02 de enero al 31 de diciembre del 2003, al Mayor EP Henry Mario ACOSTA Bernuy, con la finalidad de que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, a desa-rrollarse en la Escuela Superior de Guerra del mencionado país; Que, con Oficio Nº 2990 SUB DIR EDUC/C-4.a.1/B/ 05.00 del 19 de diciembre del 2003, el Director de Instruc- ción, Educación y Doctrina del Ejército, hace conocer que el señor General de Ejército, Comandante General del Ejér-cito, aprueba ampliar la permanencia del Mayor EP Herny Mario ACOSTA Bernuy, para que participe como profesor invitado de la Escuela Superior de Guerra de la Repúblicade Argentina, durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004; Que, dentro del marco de compromisos asumidos por las Fuerzas Armadas de Perú y Argentina, se tiene previs- to la participación de Oficiales de ambos Ejércitos en cali- dad de Asesores/Instructores en las Escuelas Superioresde Guerra del referido país; Que, es necesario autorizar la permanencia en el exte- rior como Profesor Invitado en la República de Argentina,del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004, al Mayor EP Henry Mario ACOSTA Bernuy, con la finalidad de que par- ticipe como Profesor Invitado en la Escuela Superior deGuerra del referido país;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860, Ley Nº 28128 y Decreto Supremo Nº 005-87DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987 modificado por el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001, regulan los conceptos que debe percibir el personalmilitar de las Fuerzas Armadas que viaja al Extranjero como Instructor Invitado; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el extranjero en Misión de Estudios, al Mayor EP HenryMario ACOSTA Bernuy, con la finalidad de que participe como Profesor Invitado en la Escuela Superior de Guerra de la República de Argentina, del 1 de enero al 31 de di-ciembre 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas parael cumplimiento de la misión encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 01227 ENERGÍA Y MINAS /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D /G74/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20 /G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73 /G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4D/G69/G6E/G73/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 675-2003-MEM/DM Lima, 30 de diciembre de 2003VISTA: La solicitud de imposición de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservacióny reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión de 60 kV SE Azángaro - SE San Rafael, pre- sentada por Minsur S.A., persona jurídica inscrita en elAsiento 8, Fojas 183, tomo 17 del Libro de Sociedades Contractuales y Otras Personas Jurídicas del Registro Público de Minería; CONSIDERANDO: Que, Minsur S.A., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctricaen la línea de transmisión de 60 kV SE Azángaro - SE San Rafael, en mérito de la Resolución Suprema Nº 027-2002- EM de fecha 16 de agosto de 2002, ha solicitado la imposi-ción de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e insta- laciones para dicha línea, ubicada en los distritos de Azán-garo, Asillo, San Antón y Potoni de la provincia de Azánga- ro, y el distrito de Antauta de la provincia de Melgar, en el departamento de Puno, según las coordenadas UTM quefiguran en el Expediente Nº 21142503; Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo-ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el expediente, el concesionario ha compensado a los propie- tarios de los predios de propiedad privada afectados porlas servidumbres a que se refiere la presente Resolución; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléc-