Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2004 (22/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 22 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo al numeral 5 de las Disposiciones Especificas de la referida Directiva, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debera ser remitido al CONSUCODE en su integridad, dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion y, en igual plazo, MORDAZA de dicho Plan debera remitirse a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, por los medios de comunicacion que MORDAZA establezca; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ejercicio presupuestal 2004; De conformidad con el Texto Unico Ordenado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, respectivamente, y la Directiva Nº 0052003-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental del Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente al ejercicio presupuestal 2004, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Jefe de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena Micro Empresa - PROMPYME, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio presupuestal 2004. Articulo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental, se encuentra a disposicion del publico en general en la pagina web http://www.mtc.gob.pe y en la Gerencia de Administracion del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental, ubicada en Av. Bolivia Nº 120 (12avo. piso) Centro Civico y Comercial de MORDAZA, donde podra ser revisado y/o adquirido al precio de costo de su reproduccion. Articulo 4º.- La Secretaria General queda encargada de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01142

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-2004-MTC/02 MORDAZA, 21 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, establecien-

do que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, con Carta DINPU 014/01/04, del 13 de diciembre del 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 12 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Operaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Lan Peru S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, la inspeccion tecnica de la estacion de Quito; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 134 y 135, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectua a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 024-2004-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque, para realizar la inspeccion tecnica de la estacion de la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, durante los dias 22 al 24 de enero del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0024-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con las Leyes Nº 27261, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaque, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, du-

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