TEXTO PAGINA: 29
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G32/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de enero de 2004 Que, de acuerdo al numeral 5 de las Disposiciones Especificas de la referida Directiva, el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones deberá ser remitido al CON- SUCODE en su integridad, dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación y, en igual plazo, copia de dichoPlan deberá remitirse a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, por los medios de comunicación que ella establezca; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vías Departamental del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, correspondiente al ejerci- cio presupuestal 2004; De conformidad con el Texto Único Ordenado y el Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, respectivamente, y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vías De-partamental del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones correspondiente al ejercicio presupuestal 2004, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Jefe de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vías Departamental ponga en conocimiento delConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña Micro Empresa - PROMPYME, el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejer- cicio presupuestal 2004. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vías Departa- mental, se encuentra a disposición del público en general en la página web http://www.mtc.gob.pe y en la Gerenciade Administración del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental, ubicada en Av. Bolivia Nº 120 (12avo. piso) Centro Cívico y Comercial de Lima, dondepodrá ser revisado y/o adquirido al precio de costo de su reproducción. Artículo 4º.- La Secretaría General queda encargada de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi- cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguien- tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01142 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2004-MTC/02 Lima, 21 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente iden- tificados a que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a lostitulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio- nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, con Carta DINPU 014/01/04, del 13 de diciembre del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sec- ción correspondiente a la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil (Inspección Técnica a Bases y Estaciones de Ope- raciones para Establecimiento o Actualización de Especifi- caciones de Operación), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Lan Perú S.A. solicita a la Di-rección General de Aeronáutica Civil, la inspección técni- ca de la estación de Quito; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 134 y 135, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedi- miento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pagode los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pagode los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te- sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 024-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Víctor Manuel Suárez Llaque, para realizar la ins-pección técnica de la estación de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Quito, República de Ecuador, durante los días 22 al 24 de enero del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0024-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con las Leyes Nº 27261, Nº 27619 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Manuel Suárez Llaque, Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, du-