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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2004 (22/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G32/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de enero de 2004 CIÓN INTEGRAL DE CONFLICTOS, con abreviatura AC- SIC, con sede en la ciudad de Sicuani; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1571-2003- JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872,Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Re- glamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decre- to Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Su-premo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente auto- rizar el funcionamiento del Centro de Conciliación solici- tado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgá- nica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039- 2001-JUS, que precisa los alcances de las funciones delViceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modifi- cada por Ley Nº 27398 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por DecretoSupremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a la asociación civil, ASOCIA- CIÓN CANCHINA DE SOLUCIÓN INTEGRAL DE CON- FLICTOS con abreviatura ACSIC, el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCI-LIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN CANCHINA DE SOLUCIÓN INTEGRAL DE CONFLICTOS, con abreviatura ACSIC, con sede en la ciudad de Sicuani. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli-cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 01158 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 009-2004-JUS Lima, 19 de enero de 2004 Vista, la solicitud de Registro Nº 030371, de fecha 30 de noviembre de 2001, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, CENTRODE CONCILIACIÓN INSTITUTO DE JUSTICIA, con abre- viatura INJUS; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del CENTRO DE CON- CILIACIÓN INSTITUTO DE JUSTICIA - INJUS, con sedeen la ciudad de Huancayo; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1560-2003- JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitosestablecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los artículos 42º, 44º y 45º del Re- glamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decre-to Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Su- premo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente auto- rizar el funcionamiento del Centro de Conciliación solici-tado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993- Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa los al- cances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98- JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a la asociación civil, CENTRO DE CONCILIACIÓN INSTITUTO DE JUSTICIA, con abre- viatura INJUS, el funcionamiento del Centro de Concilia-ción denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN INSTITU- TO DE JUSTICIA - INJUS, con sede en la ciudad de Huancayo. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia, en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y apli-cará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO SOLF MONSALVE Viceministro de Justicia 01159 MIMDES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G2D /G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G6E/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4E/G69/GF1/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G65/G73/G20/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G69/G67/G69/G6F/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 784-2003-MIMDES Lima, 31 de diciembre de 2003 Vistos el Certificado de Donación de fecha 26 de agos- to de 2003, emitido por la entidad donante Wheelchair Foun-dation, con sede en la ciudad de California, Estados Uni- dos de Norteamérica, a favor de la Fundación por los Ni- ños del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la entidad do- nante Wheelchair Foundation, con sede en la ciudad deCalifornia, Estados Unidos de Norteamérica, ha efectuado una donación consistente en doscientos (280) sillas de rue- das, con un peso neto de 6,220 Kgs. y un valor FOB aproxi-mado de US$ 21,000.00 (VEINTIÚN MIL Y 00/100 DÓLA- RES AMERICANOS) a favor de la Fundación por los Ni- ños del Perú, amparados entre otros documentos en elConocimiento de Embarque Nº 889844 y Volante de Des- pacho Nº 021955; Que, la entidad solicitante es una Fundación registra- da como una "Institución Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", asimismo cuentacon el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, según Resolución de Intendencia SUNAT Nº 023-4-04905; Que, la donación servirá para atender a la población infantil y adolescentes en situación de incapacidad física, que protege la donataria en la ciudad de Lima; Con la opinión técnica favorable de la Oficina de Coope- ración Internacional que recomienda se emita la Resolu- ción de Aprobación de Donación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, el Decreto Ley Nº 21942, el Decreto Legislativo Nº 809, el Decreto Supre-mo Nº 055-99-EF, el Decreto Supremo Nº 29-94-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 112-2002-EF, el Decreto Supremo Nº 004-2002-PROMUDEH y la Resolución Mi-nisterial Nº 493-2003-MIMDES que aprueba la Directiva Nº 006-2003-MIMDES/OCI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por la enti- dad donante Wheelchair Foundation, con sede en la ciu- dad de California, Estados Unidos de Norteamérica, con-sistente en doscientos (280) sillas de ruedas, con un peso