Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2004 (19/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, jueves 19 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Que, para las contrataciones materia de la presente Resolucion, se han cumplido con todos los requisitos previstos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos MORDAZA indicados, procede autorizar y exonerar de los procesos de seleccion correspondientes, el arrendamiento de los locales situados en la avenida MORDAZA Eyzaguirre Nº 513, distrito de Los MORDAZA y avenida Los Heroes Nº 638-A, distrito de San MORDAZA de Miraflores, ambos ubicados en la provincia de MORDAZA, bajo la causal de bienes que no admiten sustitutos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 11-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para el arrendamiento de un local ubicado en el MORDAZA Norte, distrito de Los MORDAZA, provincia de MORDAZA, debiendo efectuarse sobre el inmueble situado en la avenida MORDAZA Eyzaguirre Nº 513, por tratarse de un bien que no admite sustituto. El referido arrendamiento se efectuara por un plazo de 12 meses y por la suma MORDAZA de US$ 12,000.00 (Doce Mil y 00/100 Dolares Americanos), incluido los impuestos de ley, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para el arrendamiento de un local ubicado en la avenida Los Heroes Nº 638-A, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia de MORDAZA, por tratarse de un bien que no admite sustituto. El referido arrendamiento se efectuara por un plazo de 12 meses y por la suma MORDAZA de US$ 19,800.00 (Diecinueve Mil Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos), incluido los impuestos de ley, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Las presentes contrataciones seran financiadas con recursos propios de la entidad, encontrandose dichos gastos debidamente presupuestados e incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT del ano 2004. Asimismo, se ha previsto que las sumas a pagar correspondientes al ejercicio 2005 MORDAZA consideradas en el presupuesto de dicho ano. Articulo 4º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada en el articulo precedente mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 5º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 03415

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario de 2004
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2004-MDI
Independencia, 30 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; el Informe Nº 003-2004-DRC/GSG/MDI de 29 de enero del 2004, remitido por la Division de Registros Civiles, referido a la propuesta de realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario del 2004"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura como la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, el articulo 4º de la Constitucion establece que la comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el matrimonio y los reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de otro lado, el articulo 233º del Codigo Civil establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y establecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Constitucion; Que, adicionalmente, debe senalarse que en la jurisdiccion de Independencia existe un alto indice de parejas de escasos recursos economicos que han conformado su hogar bajo union de hecho y desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los gobiernos locales, como entidades conformantes del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando de esta manera su legalidad y seguridad juridica; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y los articulos 20º numeral 6. y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL 2004" a llevarse a cabo el dia 27 de marzo del 2004 a horas 9:00 a.m. en la Plaza Civica de Independencia. Articulo Segundo.- Los pretendientes deberan presentar los requisitos establecidos en los articulos 248º y siguientes del Codigo Civil y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Tercero.- DISPONER la exoneracion de los plazos legales para la referida celebracion y la dispensa de la publicacion del Edicto Matrimonial por cuenta de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- FIJAR como pago por concepto de Pliego Matrimonial Comunitario la suma de S/. 66.00 (sesenta y seis y 00/ 100 nuevos soles). Articulo Quinto.- ESTABLECER como termino para la MORDAZA de expedientes el dia 22 de marzo del 2004. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, y Division de Registros Civiles el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03378

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