Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2004 (19/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, jueves 19 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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- Brasil, en representacion de esta Comuna; y, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) Articulo 9º de la Ley Nº 27972, adopto por MAYORIA el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la senora Regidora MORDAZA MORDAZA CALMET MORDAZA para asistir en representacion de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, al evento "A pobreza como violacao dos direitos humanos" Sao MORDAZA - Brasil, los dias 17, 18 y 19 de febrero del 2004 inclusive. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion la entrega de los viaticos de Ley, tal como se detalla a continuacion: Viaticos por 4 dias : $ 880.00 Dolares A. Pasaje Aereo : $ 688.00 Dolares A. Impuesto de salida : $ 29.00 Dolares A. -----------------------------------$ 1,597.00 Dolares A. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 03459

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Designan integrantes de Comision encargada de ofrecer propuestas de solucion al problema del saneamiento fisico legal del Asentamiento Humano Upis Huascar y del MORDAZA Zonal 14-A
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003
San MORDAZA de Lurigancho, 3 de febrero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: Los Expedientes Nºs. 11590-01, 17153-01, 17533-01, y acumulados, y el Informe Nº 339-2003-OAJ/MSJL, de fecha 19 de marzo del 2003, relacionados al problema del saneamiento fisico legal del Asentamiento Humano Upis Huascar y del MORDAZA 14-A; y, CONSIDERANDO: Que, articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptua que las municipalidades provinciales y distritales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos I, MORDAZA parrafo, y IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, conceptuan a las municipalidades como organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, quienes representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal;

Que, de los Expedientes Nºs. 11590-01, 17153-01, 17533-01 y demas acumulados, se desprende que actualmente se viene ventilando ante el 65º Juzgado Civil de MORDAZA, Exp. Nº 27485-2002, la demanda de Nulidad de Asiento Registral interpuesta por la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho contra las empresas San MORDAZA de MORDAZA Grande S.A.C y Sedapal; demanda que esta relacionada con la venta ilicita de parte del MORDAZA Zonal 14-A, efectuada por la empresa MORDAZA Grande S.R.Ltda. a favor de SEDAPAL, a pesar de que dicho MORDAZA tiene la condicion de MORDAZA de Recreacion Publica; Que, de los expedientes citados en el parrafo anterior, asi como del Informe Nº 339-2003-OAJ/MSJL, de fecha 19 de marzo del 2003, se desprende asimismo que los pobladores del asentamiento humano Upis Huascar solicitan que se formalice la entrega del titulo de propiedad del terreno que vienen ocupando desde el ano 1976, en que fueron reubicados por el Gobierno Militar, en terrenos de propiedad privada pertenecientes a la empresa MORDAZA Grande S.R.L. y a MORDAZA Neuhaus Rizo Patron, y que ha dado origen a la demanda de expropiacion planteada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Exp. Nº 133-2000, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, despacho B; Que, en las reuniones realizadas los dias, 19, 20, 27 de enero y el 3 de febrero del presente ano, en el despacho del congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la participacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se acordo la conformacion de una comision conformada por representantes tecnicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de la Empresa MORDAZA Grande S.R.L, del Ministerio de Justicia, de la Central Civica de MORDAZA Grande, entre otros, para que dentro del plazo de 30 dias presenten sus conclusiones y propuestas de solucion al problema del saneamiento fisico legal del AA.HH. Upis Huascar y del MORDAZA Zonal 14-A, de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en esa medida, siendo un MORDAZA de orden general y de interes para el vecindario, corresponde ser resuelto a traves de Decreto que designe formalmente a los representantes tecnicos de esta Corporacion para participar como miembros de la Comision aludida en el parrafo anterior; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho ha privilegiado la solucion a un conflicto que tiene mas de 28 anos, asi como resolver favorablemente a la dotacion de areas verdes y parques zonales que el distrito necesita por ser una de las zonas mas contaminadas de la provincia de Lima; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Designar como representantes tecnicos de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, que integraran la comision encargada de estudiar y proponer propuestas de solucion al problema del saneamiento fisico legal del Asentamiento Humano Upis Huascar, y del MORDAZA Zonal 14-A, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, a las siguientes personas: 1) Reg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien sumira la representacion politica del Senor MORDAZA, conforme al articulo 20º numeral 20) de la Ley Organica de Municipalidades; 2) Arq. MORDAZA MORDAZA de Somocurcio; 3) Dr. MORDAZA MORDAZA Bolanos Chavarri; 4) Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Via. Articulo Segundo.- Los representantes tecnicos mencionados en el articulo primero daran cuenta a la Alta Direccion de las propuestas formuladas al interior de la Comision y de los acuerdos arribados relativos al saneamiento fisico legal del Asentamiento Humano Upis Huascar y el MORDAZA Zonal 14-A., para efectos de su formalizacion y ejecucion a traves de los mecanismos y procedimientos que la Ley preve. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03525

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