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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (28/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 110

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G34/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de febrero de 2004 Artículo Tercero.- ENCARGAR al Área de Abaste- cimiento la adquisición mediante el Proceso de Menor Cuan-tía, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Cuarto.- REMITIR el presente Acuerdo de Concejo a la Contraloría General de la República. Artículo Quinto.- ENCARGAR la publicación del pre- sente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DIEGO MOLINA SARAVIA Alcalde 04068 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G69/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G50/G50/G2D/G43/G45 RESOLUCIÓN Nº 045-2004-MPP-ALC Pisco, 9 de febrero del 2004 VISTO: El Informe Nº 004-2004-MPP-CE, expedido por el Presidente del Comité Especial de Adjudicación Directa Pública, referente a la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-MPP-CE; Carta Nº 008-2004-MPP/RPD, expedido por la Regidora Balvina Chacalcaje Peña; y Oficio Nº 001-2004- MPP-CE-EBR, expedido por el Vocal del Comité Especialreferente a la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-MPP; CONSIDERANDO: Que, la recepción de los sobres de la propuesta técnica así como de la propuesta económica fueron recepcionadosen la Oficina de Presupuesto y Planificación a las 14.00 ho- ras, sin embargo, se aperturó los sobres en el Salón Consis- torial de esta Municipalidad a las 16.00 horas, no contandocon la presencia de algunos postores, en la Licitación Públi- ca, las mismas que no están consignadas en las Bases el horario, establecido para dicha apertura. Asimismo, los pos-tores en el ítem I, "Corlac S.A." y "Molinera Los Ángeles" no fueron adquiridas las Bases por sus representantes legales, por el contrario, fueron adquiridos por el Sr. Manuel Raúl Ga-briel Palomino, no indicando la razón social a la Empresa a quien corresponda la Compra de Bases; Que, el Comité Especial de la Adjudicación Directa de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-MPP, incurrió en error en la evaluación de la propuesta técnica de las Empresas de "Corlac S.A." y "Molinera Los Ángeles", al haber otorgado laBuena Pro pese a no haberse acreditado debidamente como representante de las empresas citadas conforme lo dispone el literal ll numeral 2.1 de las Bases, lo que impide alcanzar lafinalidad de dicho proceso, tal como se estipula en el artículo 3º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según el cual los procesos de adquisición y contrata-ción deben garantizar que las entidades obtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos adecuados; Que, mediante los documentos de la referencia se hace de conocimiento todo lo acaecido en el proceso de Licita- ción Pública Nacional Nº 001-2003-MPP, realizado el 23de enero del 2004; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado establece que eltitular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causa-les establecidas en el artículo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración del contrato; Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado refiere que el Tribunal en los casos que co- nozca declarará nulos los actos administrativos expedidos por las entidades, cuando hayan sido dictados por órgano incom-petente, contravengan las normas legales, contengan un impo- sible jurídico o prescindan de las normas esenciales del proce- dimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable,debiendo expresar en la Resolución que expida la etapa a la que retrotraerá el proceso; Que, conforme refiere el artículo 12º de la Ley del Procedi- miento Administrativo General Nº 27444, la declaración de Nulidad tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha delacto; Que, ante lo acontecido y las irregularidades existen- tes, es necesario declarar la nulidad del proceso de Licita-ción Pública Nacional Nº 001-2003-MPP, por transgredir las disposiciones legales de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Con la visación de Asesoría Legal y Gerencia Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la NULIDAD del Proceso de Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-MPP-CE. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y archívese. DIEGO MOLINA SARAVIA Alcalde 04067 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 038-2004-MDP/ALC Paracas, 2 de febrero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS VISTO: El Informe Final Nº 001-MDP/CPPAD, de fecha 28 de enero de 2004 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distritalde Paracas, respecto del proceso administrativo discipli- nario instaurado a los servidores comprendidos en la Re- solución de Alcaldía Nº 462-2003-MDP/ALC; y, Resoluciónde Alcaldía Nº 036-2004-MDP/ALC; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 462-2003-MDP/ALC, de fecha 16 de diciembre del 2003, se instauró proceso ad-ministrativo disciplinario contra trece servidores y ex servi- dores de la Municipalidad Distrital de Paracas, comprendi- dos dentro de las Observaciones del Informe Nº 231-2003-CG/LOC, resultante del Examen Especial practicado a esta Municipalidad por la Contraloría General de la República; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Para- cas, de conformidad con el artículo 170º del Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM, mediante Informe de Visto, reco-mienda las sanciones disciplinarias contra los servidores y ex servidores implicados, luego de haber merituado los descargos presentados por los procesados, los cuales hantenido las facilidades y garantías del debido procedimiento y el derecho a la legítima defensa; Que, al emitirse la Resolución de Alcaldía Nº 036-2004- MDP/ALC, se ha omitido pronunciarse sobre los cargos imputados a la servidora Gabriela Moreyra Quispe; omi- sión que es necesario subsanar en vía de integración;