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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (28/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 105

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G34/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de febrero de 2004 renta y cinco (45) días de suspensión, la que conlleva a no hacer uso de sus derechos como miembro del ConcejoMunicipal, ya sea el Alcalde o un Regidor, debiendo entre- gar su credencial." Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 04056 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61 /G79/G20/G44/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C /G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-04/MDS Surquillo, 9 de febrero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Fiscal del D. Legislativo. Nº 776, faculta a las Municipalidades a cobrar por el Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, de- terminación de impuestos y de recibos de pagos, corres-pondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe de 40/100 (0.4%) de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, el Decreto Supremo Nº 192-2003-EF del 27.12.03 establece que el valor de la UIT para el Ejercicio Fiscal 2004 asciende a TRES MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 3,200.00 Nuevos Soles) por lo que resul- ta atendible actualizar el importe a cobrar por el servicio antes descrito a los contribuyentes del distrito; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- FÍJESE en Doce y 80/100 Nue- vos Soles (S/. 12.80 Nuevos Soles) y el monto que de- berán abonar los contribuyentes por concepto de dere-cho de emisión mecanizada y actualización de valores, determinación de impuestos, incluyendo la distribución de la Declaración Jurada y determinación del ImpuestoPredial año 2004. Artículo Segundo.- FÍJESE en Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2.00 Nuevos Soles) el monto que deberán abo-nar los contribuyentes por cada anexo adicional mecaniza- do. Artículo Tercero.- FÍJESE el Cronograma de Pagos del Impuesto Predial el año 2004 como sigue: AL CONTADO Al contado hasta el 27 de febrero 2004 EN FORMA FRACCIONADA Impuesto Predial 1er. Trimestre 27 de febrero 2004 2do.Trimestre 31 de mayo 2004 3er. Trimestre 31 de agosto 2004 4to. Trimestre 30 de noviembre 2004Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presen- te Decreto a las Gerencias de Rentas y Gerencia de Esta-dística e Informática en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 04019 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72 /G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G34/G2F/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G4F/G44/G55/G2D/G4D/G44/G53/G2C/G22/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G6F/G20/G50/G65/G72/G69/G6D/GE9/G74/G72/G69/G63/G6F/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G76/G2E/G20/G50/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G61/G6C/G22/G2C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G74/G72/G6F/G74/G72/G61/G65/G6E /G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 181-04/SG-MDS Surquillo, 11 de febrero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Oficio Nº D-177-2004(GTN/MON), remitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, recibido el 5/2/2004,referente a laAdjudicación de Menor Cuantía Nº 004-2004-GODU-MDS, “Construcción de Cerco Perimétrico Local de la Avenida Principal (Seguridad Ciudadana y Descentralización Muni-cipal)”; CONSIDERANDO:Que, mediante oficio Nº D- 177-2004(GTN/MON), el CONSUCODE ha tomado conocimiento de la supuestaexistencia de irregularidades en el proceso de selección para la contratación de la obra “Construcción de Cerco Pe- rimétrico Local de la Avenida Principal (Seguridad Ciuda-dana y Descentralización Municipal)”, toda vez que, según el calendario del Proceso, las Bases Administrativas no se están vendiendo hasta un día después de la Integración deBases en concordancia al artículo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Comité Especial; Que, mediante informe Nº 012/04-GODU-MDS, de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano manifiesta que por error involuntario no se consignó, en el Calendario del Pro-ceso, la fecha del 30/1/04 como final de la venta de Bases; no existiendo irregularidad alguna porque en todo caso se hubiera procedido a una FE DE ERRATA con la finalidadde aclarar el error involuntario presentado en el Calendario del Proceso convocado de Menor Cuantía Nº 004-2004- GODU-MDS; el Comité Especial ha tomado el acuerdo deanular el proceso en referencia debiendo retrotraerse el proceso a su inicio y/o convocatoria; Que, mediante informe Nº 032-2004/GAJ-MDS de fe- cha 10/2/04 la Gerencia de Asesoría Jurídica manifiesta que existe un error involuntario toda vez que según calen- dario DICE: 20/1/04 DEBIENDO DECIR: del 20/1/04 al 30/1/04; cabe señalar que a la fecha del 30/1/04 no se presen- tó postor alguno por lo que el Comité Especial de Adjudica- ciones de la Municipalidad de Surquillo sugiere se DECLA-RE NULO el proceso; debiendo retrotraerse el proceso a su inicio y/o convocatoria; Que, con el Visto Bueno de la Gerencia de Administra- ción, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Pla- neamiento y Presupuesto y la Gerencia de Obras y Desa- rrollo Urbano y estando en el uso de las facultades que leconfiere el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR NULO, el proceso de Selección Adjudicación de Menor Cuantía Nº 004/2004-