TEXTO PAGINA: 37
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G39/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PR OVINCIA/DISTRIT O/ ÍNDICE GOB.REGIONAL CANDARAVE CANDARAVE 0.0000000000 CAIRANI 0.0000000000 CAMILACA 0.0000000000 CURIBAYA 0.0000000000 HUANUARA 0.0000000000QUILAHUANI 0.0000000000 JORGE BASADRE LOCUMBA 0.0000000000 ILABAYA 0.0000000000 ITE 0.0000000000 TARATA TARATA 0.0000000000 CHUCATAMANI 0.0000000000 ESTIQUE 0.0000000000 ESTIQUE-PAMPA 0.0000000000 SITAJARA 0.0000000000SUSAPAYA 0.0000000000 TARUCACHI 0.0000000000 TICACO 0.0000000000 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH 0.0209820068 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA 0.0082204422 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA 0.0095198300 GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO 0.0018631445 GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA 0.0991075738 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN 0.0297197689 LIMA METROPOLITANA (RÉGIMEN ESPECIAL) 0.0103417408 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA 0.0620504504 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO 0.0081950425 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA 0.0000000000 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO 0.0000000000 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 0.0000000000 12779 ENERGÍA Y MINAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61 /G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G20/G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G2D/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2004-EM Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, con ocasión de las conversaciones y acuerdos adoptados por los señores cancilleres de los Estados Uni-dos Mexicanos y de la República del Perú, se han es-trechado las relaciones y conversaciones para la realiza- ción de operaciones comerciales entre ambos países, lo que incluye la posibilidad de exportación del gas naturaldel Perú hacia los Estados Unidos Mexicanos; Que, en el marco de los acuerdos antes referidos, el señor Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Mi-nas, ha sido invitado por el señor Secretario de Energía de los Estados Unidos Mexicanos a efectuar una visita a la ciudad de México, D.F., a fin de participar en conversacio-nes y reuniones de trabajo con las altas autoridades mexi-canas del sector energía, con relación a la posibilidad deexportación de Gas Natural Licuado (LNG) a dicho país; Que, en consecuencia, el evento antes mencionado resulta de suma importancia para el Sector Energía y para la promoción del mercado de gas natural, por lo que esnecesario autorizar el viaje del Sr. Jaime Quijandría Sal-món, Ministro de Energía y Minas, a la ciudad de México,D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 8 al 9 de julio de 2004,así como disponer la encargatura de su Despacho;De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28128, Ley de Presu-puesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004; el De-creto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exteriorde Servidores y Funcionarios Públicos; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. Jaime Quijandría Salmón, Ministro de Energía y Minas, a la ciudad de Méxi- co, D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 8 al 9 de julio de 2004 para el fin a que se refiere la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Energía y Minas, de acuer- do al siguiente detalle: Pasaje US$ 824,24 Viáticos US$ 660,00 Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Ministro de Energía y Minas al señor Javier Sota Nadal, Ministro deEducación, a partir del 8 de julio de 2004, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 12782 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6E/G2D /G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2004-JUS Lima, 5 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el primer numeral del artículo 127º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, se dispone que cada entidad designa fedatarios ins- titucionales adscritos a sus unidades de recepción docu- mental, en número proporcional a sus necesidades de aten-ción, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brin-dan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el artículo 5º del Reglamento de los Fedatarios del Ministerio de Justicia, aprobado por Reso- lución Ministerial Nº 489-2002-JUS, de fecha 23 de diciem- bre de 2002, establece que el número de fedatarios que sedesigna será un mínimo de dos (2) titulares y dos (2) su-plentes, los cuales ejercerán dicha función por un períodode dos (2) años, prorrogables por igual término; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 189-2002-JUS de fecha 4 de junio de 2002, se designó a los Fedatarios Titulares y Suplentes, por un período de dos años, el mis-mo, que concluyó el 4 de junio del presente año;