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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G30/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 de Lurigancho, La Molina-Cieneguilla y Villa El Salva- dor; Que, luego de las visitas efectuadas a diversos órga- nos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima, se hapodido advertir que algunos de éstos no cuentan con lascondiciones de seguridad y los recursos humanos necesa- rios para la adecuada atención de las numerosas denun- cias y detenidos que a diario son puestos a disposición delos mismos por parte de los representantes del MinisterioPúblico, situación que se agrava aún más en horas de lanoche; Que, al respecto, el distrito de Chosica cuenta con dos Juzgados Especializados en lo Penal, los cuales realizan el servicio de turno permanente en forma mensual y alter-nada, siendo asimismo su competencia territorial, la esta-blecida mediante Resolución Administrativa Nº 096-94-CE-PJ de fecha 11 de octubre de 1994; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resulta necesario adoptar medidas tendientes a otorgar mayor efi- ciencia y eficacia al servicio de administración de justicia,siendo pertinente regular la realización del servicio de tur-no permanente por parte de los Juzgados Especializadosen lo Penal de Chosica, en concordancia con las normasadministrativas que regulan el servicio de turno permanente de los Juzgados Especializados en lo Penal de Lima, Re- soluciones Administrativas Nº 068-CME-PJ de fecha 28 demarzo de 1996 y Nº153-96-SE-TP-CME-PJ de fecha 30de abril de 1996, modificada por Resolución AdministrativaNº 366-SE-TP-CME-PJ de 19 de octubre de 1996; Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de las facultades conferidas en los incisos 6) y 19) del Ar-tículo 96º del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial;sin intervención del señor Presidente de este Organo deGobierno por asistir a una reunión oficial, en sesión ordi-naria, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del 1 de agosto del presente año, los señores Magistrados a cargode los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, se incorporen al servicio de Turno Permanente de los Juz- gados Especializados en lo Penal de Lima, debiendo suje-tarse al cronograma que para tal efecto establecerá la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, así comoa lo dispuesto mediante Resoluciones Administrativas Nº068-CME-PJ, Nº153-96-SE-TP-CME-PJ y su modificato- ria Resolución Administrativa Nº 366-SE-TP-CME-PJ, en coordinación con las respectivas Fiscalías Provinciales. Artículo Segundo.- DISPONER que una vez califica- dos los procesos por el Juez Penal de Turno correspon-diente, los expedientes distintos a aquellos con Reos enCárcel que correspondan a la competencia territorial de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, de- berán ser remitidos a éstos dentro del término de ley, através de la Mesa de Partes del Juzgado Penal de TurnoPermanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, parasu respectiva tramitación, bajo responsabilidad del Admi-nistrador del Juzgado Penal de Turno Permanente. Artículo Tercero.- FACULTAR a los señores Magistra- dos a cargo de los Juzgados Especializados en lo Penalde Chosica, la adopción de las medidas que conforme aLey resulten necesarias para el normal desarrollo de losprocesos judiciales a su cargo, durante los días en que lescorresponda la realización del servicio de turno perma- nente. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR al Administrador del Juzgado Penal de Turno Permanente, instruir al personaljurisdiccional y administrativo a su cargo, sobre las accio-nes a realizar para el adecuado cumplimiento de lo dis-puesto en la presente Resolución Administrativa, bajo res- ponsabilidad. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Ge-rencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación,Policía Nacional, Oficina Distrital de Control de la Magis- tratura, Administración Distrital, Administración del Nuevo Despacho Judicial y Servicios Judiciales, Administracióndel Juzgado Penal de Turno Permanente, Administración de los Juzgados Especializados en lo Penal de Chosica, yde los señores Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ABEL BETANCOUR BOSSIO SERGIO SALAS VILLALOBOSANA PATRICIA LAU DEZA OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 12740 /G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G74/G69/G67/GFC/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4A/G75/G65/G63/G65/G73/G20/G64/G65 /G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G49/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 07-2004-CED-CSJLI/PJ Lima, 15 de junio del 2004 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 248-2003-CED-CSJLI/ PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de se-tiembre del año próximo pasado, y, CONSIDERANDO: Por resolución de vista el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, aprobó el Cuadro deAntigüedad de los Jueces de Primera Instancia; Que, desde su aprobación hasta la fecha, se han pro- ducido incorporaciones de Magistrados por el Consejo Na-cional de la Magistratura (noviembre 2003) así como rein- corporaciones por la vía legal de Acción de Amparo; por lo que resulta necesario actualizar la nómina, de conformi-dad con lo establecido en el art. 219º de la Ley Orgánicadel Poder Judicial 1 y aprobarla en su oportunidad, previa publicación y conocimiento de los Magistrados que la inte-gran; Estando a lo expuesto, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de las facultades conferidas por la Ley de la mate-ria, sin intervención del señor Presidente de este Organode Gobierno por asistir a una reunión oficial, en sesión or-dinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la publicación del Cua- dro de Antigüedad de los Jueces de Primera Instancia delDistrito Judicial de Lima, el mismo que forma parte inte-grante de la presente resolución. Artículo Segundo.- OTORGAR un plazo perentorio de quince días útiles a partir de la fecha de publicación de lapresente resolución, para la formulación de observacionesal orden considerado en la nómina. Artículo Tercero.- CONVOCAR a sesión de Consejo para la aprobación del Cuadro de Antigüedad, vencidos que sean los plazos de observación y las resoluciones que re- caigan sobre ellos. Artículo Cuarto.- PONER la presente en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ge- 1Art. 219º.- El Consejo Ejecutivo del P oder Judicial, organiza el cuadro de antigüedad de Vocales Supremos y el de méritos y antigüedad de los Voca- les Superiores, y los actualiza permanentemente . Los Consejos Ejecu- tivos Distritales y las Cortes Superiores en su caso, hacen lo propio con los Magistrados que les conciernen.