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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G31/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 Los Gobiernos Locales se regirán de acuerdo a lo se- ñalado en el segundo párrafo del Artículo 52º de la Ley Nº27209. Artículo 10º.- De las Cargas Sociales y Otros Tribu- tos Los conceptos de Aguinaldo y Gratificaciones que se otorguen por Fiestas Patrias, se encuentran sujetos a losdescuentos por Cargas Sociales que la normatividad se-ñala. Artículo 11º.- Régimen Laboral de la Actividad Pri- vada No están comprendidas en los alcances del artículo 2º de la presente norma las reparticiones sujetas al régimenlaboral de la actividad privada, que por dispositivo legal onegociación colectiva, vienen otorgando montos por con-cepto de gratificación con igual o diferente denominación,bajo responsabilidad de los Directores Generales de Ad-ministración o de quienes hagan sus veces. Artículo 12º.- Locación de Servicios Las disposiciones del presente Decreto Supremo no son de alcance a las personas que prestan servicios bajo lamodalidad de contratos por servicios no personales o Lo-cación de Servicios. Artículo 13º.- Disposiciones Complementarias El Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a dictar las medidas que sean necesarias para la correctaaplicación de la presente norma legal. Artículo 14º.- De la suspensión de normas Déjese en suspenso las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en la presente norma. Artículo 15º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 12991 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G72/G6F/G6D/G69/G73/G6F/G73 /G54/G72/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G73/G65/G73 /G64/G65/G20/G6A/G75/G6C/G69/G6F/G2C/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G79/G20/G73/G65/G74/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D /G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2004-EF/76.01 Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 029-2004-EF/ 76.01 se aprobó la Asignación y Previsión Trimestral Men-sualizada correspondiente al Tercer Trimestre del año fis-cal 2004 por cada Fuente de Financiamiento, para la eje-cución de gastos de los Pliegos Presupuestarios, la mis-ma que comprende el nivel de recursos disponibles para elCalendario de Compromisos de los meses de julio, agostoy setiembre del año fiscal 2004; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 32º de la Ley Nº 27209 Ley de Gestión Presupuestaria del Es-tado, la ejecución de gastos informada por los Pliegos Pre-supuestarios por las distintas fuentes de financiamiento seefectúa mediante los Calendarios de Compromisos, tenien-do en cuenta la Asignación y Previsión Trimestral de Gas-tos, sujetándose a la disponibilidad de los Recursos Públi-cos, la cual constituye la autorización máxima para la eje-cución de egresos y no convalidan actos o acciones de los Pliegos Presupuestarios que no se ciñan a la normatividadvigente; Que, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001- 2004-EF/76.01, Directiva para la Aprobación, Ejecución yControl del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacio-nal para el Año Fiscal 2004, el Calendario de Compromi-sos Trimestral Mensualizado se aprueba a nivel de Pliego,Unidad Ejecutora, Función, Programa, Fuente de Finan-ciamiento y Grupo Genérico de Gastos; Que, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 002- 2004-EF/76.01, Directiva para la Aprobación, Ejecucióny Control del Proceso Presupuestario de los GobiernosRegionales para el Año Fiscal 2004, el Calendario deCompromisos Trimestral Mensualizado por la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios para los GobiernosRegionales se aprueba a nivel de Pliego, Unidad Ejecu-tora, Función, Programa, Fuente de Financiamiento yGrupo Genérico de Gastos; y por las Fuentes de Finan-ciamiento distintas de Recursos Ordinarios de los Go-biernos Regionales se aprueban a nivel de Pliego, Uni-dad Ejecutora, Fuente de Financiamiento y Grupo Ge-nérico de Gastos; Que, conforme a lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 049-2004-EF se autoriza a transferir recur-sos presupuestales por la Fuente de Financiamiento deRecursos Ordinarios del Ministerio de Educación a losGobiernos Regionales del Departamento de Lima y dela Provincia Constitucional del Callao, por lo que se hacenecesario aprobar Calendario de Compromisos al Go-bierno Regional del Departamento de Lima y GobiernoRegional de la Provincia Constitucional del Callao concargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Or-dinarios; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 039-2000-EF, se efectúa una tri-mestralización de los ingresos y del gasto financiero y nofinanciero correspondientes a las entidades públicas bajoel ámbito de la Ley Anual de Presupuesto, los mismos quesirven de marco para la aprobación del Calendario de Com-promisos Trimestral Mensualizado; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión Presupuestaria del Esta-do, el artículo 20º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 yel artículo 21º de la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01 apro-bada por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado de los meses de julio, agosto ysetiembre del año fiscal 2004, en los montos que se deta-llan en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Calendario de Compromisos aprobado, no convalida actos, acciones o gastos de los Pliegos Pre-supuestarios que no se ciñan a la normatividad vigente, deconformidad con el artículo 32º de la Ley Nº 27209. Artículo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el artículo 1º de la presente Resolución Di-rectoral, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecuto-ra, Función, Programa, Grupo Genérico de Gasto y Fuen-tes de Financiamiento para el Gobierno Nacional, y paralos Gobiernos Regionales con cargo a las Fuentes de Fi-nanciamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Ordina-rios para los Gobiernos Regionales. Artículo 4º.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el artículo 1º de la presente Resolución Di-rectoral, para los Gobiernos Regionales con Fuentes deFinanciamiento diferentes a Recursos Ordinarios y Recur-sos Ordinarios para los Gobiernos Regionales se desagre-gan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genéricode Gastos y Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a losreportes que forman parte del Calendario de Compromi-sos Trimestral Mensualizado de los meses de julio, agostoy setiembre del año fiscal 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público