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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G31/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2004-MIMDES Lima, 9 de julio de 2004 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de AsistenciaAlimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; y, en el Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MI-MDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CARLOS LARRAÑAGA ALONSO, en el cargo de Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asis-tencia Alimentaria - PRONAA, cargo considerado deconfianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12930 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G36/G35/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G49/G4D/G44/G45/G53/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/GF3/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G2D/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2004-MIMDES Lima, 9 de julio de 2004 Visto, el Informe Nº 155-2003-J-PRONAA del Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03461-6-2003 de fecha 19 de junio de 2003, se confir-mó la Resolución Directoral Nº 654-2002 de fecha 27de agosto de 2002, expedida por la Directora Generalde Administración Tributaria y Rentas de la Municipali-dad Provincial del Callao, que declaró improcedente lasolicitud de declaración de inafectación al pago del Im-puesto Predial presentada por el PRONAA, respectode los períodos 2000 y 2001, correspondiente al prediode su propiedad ubicado en la Avenida Argentina Nº3017 - Callao; Que, el artículo 19º de la Ley del Poder Ejecutivo - De- creto Legislativo Nº 560, establece que los Ministerios sonlos organismos administrativos del Poder Ejecutivo que for-mulan, en coordinación con los Gobiernos Regionales, lasPolíticas sectoriales de su competencia; Que, en este sentido, el mencionado artículo establece como únicos sectores del Poder Ejecutivo, y como tal, par-te del Gobierno Central, a los Ministerios, no haciendo dis-tingo de modo alguno respecto de los organismos públicosdescentralizados ni instituciones públicas descentralizadas,siendo la única diferenciación establecida por esta normala referida a los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, el segundo párrafo del artículo 19º indica que a los Ministerios les corresponde dictar lasnormas sectoriales de alcance nacional en los asuntosde su competencia, y prestar, a través de los organis-mos públicos descentralizados que se reservan expre-samente al nivel central de gobierno, bienes y servi- cios sectoriales; Que, tal como se aprecia del segundo párrafo del dispositivo precitado, los Organismos Públicos Descen-tralizados no son desmembrados orgánicamente ni des-vinculados de la esfera de los Ministerios, es decir, delGobierno Central, desprendiéndose de la citada normaque los Ministerios, a través de estos Organismos Públi-cos Descentralizados, prestan bienes y servicios secto-riales; Que, tanto la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del DesarrolloHumano - Decreto Legislativo Nº 866 vigente en los pe-ríodos respecto de los cuales se solicita la inafecta-ción, como la Ley de Organización y Funciones del Mi-nisterio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793,consideran dentro de la estructura orgánica del Ministe-rio, entre los Organismos Públicos Descentralizados,al PRONAA, y como tal, como parte integrante delGobierno Central; Que, la Quinta Disposición Complementaria del Decre- to Supremo Nº 130-2001-EF, que dicta medidas reglamen-tarias para que cualquier entidad pública pueda realizaracciones de saneamiento técnico, legal y contable de in-muebles de propiedad estatal, establece que los organis-mos públicos e instituciones públicas descentralizadas, in-tegran el gobierno central, por lo que sus bienes son depropiedad estatal; Que, en tal sentido, con la expedición de la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03461-6-2003, se ha vulnerado lo dis-puesto en el artículo 17º, inciso a) del Decreto LegislativoNº 776, al no haber considerado dentro del supuesto deinafectación al PRONAA; Que, tanto el Reglamento de Organización y Funcio- nes del PRONAA aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH como el Reglamento de Organización yFunciones del Programa Nacional de Asistencia Alimen-taria - PRONAA aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH establecen que el PRONAA tiene porfinalidad contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricionalde la Población en extrema pobreza y grupos vulnerables,a través de acciones de apoyo y seguridad alimentaria, conel propósito de coadyuvar al logro de la seguridad alimen-taria integral en el país, así como a damnificados por situa-ciones de emergencia temporal; Que, con la no aplicación de la inafectación prevista en el artículo 17º inciso a) del Decreto Legislativo Nº776, se está agraviando el interés público, por cuanto seestá impidiendo que parte de los recursos del PRONAA,sean destinados al cumplimiento de sus fines que porley le corresponde, cual es el elevar el nivel alimentarioy nutricional de la población en extrema pobreza y gru-pos vulnerables; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 365-2004-MI- MDES se autorizó al Procurador Público a cargo de losasuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, para que en representación y defensade los intereses del Estado inicie e impulse las accionesjudiciales que correspondan contra la Resolución del Tri-bunal Fiscal Nº 03461-6-2003, la cual es necesario am-pliar en los términos mencionados precedentemente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asesoría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº880-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27444- Leydel Procedimiento Administrativo General, en la Ley Nº27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio dela Mujer y Desarrollo Social, en el Reglamento de Organi-zación y Funciones del MIMDES aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el De-creto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto LeyNº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estadoen Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ampliar y precisar la Resolución Ministe- rial Nº 365-2004-MIMDES en los extremos mencionadosen la parte considerativa de la presente resolución.