Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2004 (10/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Designan Asesor de la Direccion Ejecutiva del PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 407-2004-MIMDES MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor II de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 0132002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA LARRANAGA MORDAZA, en el cargo de Asesor II de la Direccion Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12930

Amplian y precisan la R.M. Nº 3652004-MIMDES que autorizo a procurador iniciar acciones judiciales contra resolucion del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 408-2004-MIMDES MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004 Visto, el Informe Nº 155-2003-J-PRONAA del Jefe del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03461-6-2003 de fecha 19 de junio de 2003, se confirmo la Resolucion Directoral Nº 654-2002 de fecha 27 de agosto de 2002, expedida por la Directora General de Administracion Tributaria y Rentas de la Municipalidad Provincial del Callao, que declaro improcedente la solicitud de declaracion de inafectacion al pago del Impuesto Predial presentada por el PRONAA, respecto de los periodos 2000 y 2001, correspondiente al predio de su propiedad ubicado en la Avenida MORDAZA Nº 3017 - Callao; Que, el articulo 19º de la Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Legislativo Nº 560, establece que los Ministerios son los organismos administrativos del Poder Ejecutivo que formulan, en coordinacion con los Gobiernos Regionales, las Politicas sectoriales de su competencia; Que, en este sentido, el mencionado articulo establece como unicos sectores del Poder Ejecutivo, y como tal, parte del Gobierno Central, a los Ministerios, no haciendo distingo de modo alguno respecto de los organismos publicos descentralizados ni instituciones publicas descentralizadas, siendo la unica diferenciacion establecida por esta MORDAZA la referida a los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 19º indica que a los Ministerios les corresponde dictar las normas sectoriales de alcance nacional en los asuntos de su competencia, y prestar, a traves de los organismos publicos descentralizados que se reservan expre-

samente al nivel central de gobierno, bienes y servicios sectoriales; Que, tal como se aprecia del MORDAZA parrafo del dispositivo precitado, los Organismos Publicos Descentralizados no son desmembrados organicamente ni desvinculados de la esfera de los Ministerios, es decir, del Gobierno Central, desprendiendose de la citada MORDAZA que los Ministerios, a traves de estos Organismos Publicos Descentralizados, prestan bienes y servicios sectoriales; Que, tanto la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - Decreto Legislativo Nº 866 vigente en los periodos respecto de los cuales se solicita la inafectacion, como la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793, consideran dentro de la estructura organica del Ministerio, entre los Organismos Publicos Descentralizados, al PRONAA, y como tal, como parte integrante del Gobierno Central; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, que dicta medidas reglamentarias para que cualquier entidad publica pueda realizar acciones de saneamiento tecnico, legal y contable de inmuebles de propiedad estatal, establece que los organismos publicos e instituciones publicas descentralizadas, integran el gobierno central, por lo que sus bienes son de propiedad estatal; Que, en tal sentido, con la expedicion de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03461-6-2003, se ha vulnerado lo dispuesto en el articulo 17º, inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776, al no haber considerado dentro del supuesto de inafectacion al PRONAA; Que, tanto el Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAA aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PROMUDEH como el Reglamento de Organizacion y Funciones del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA aprobado por Decreto Supremo Nº 0102001-PROMUDEH establecen que el PRONAA tiene por finalidad contribuir a elevar el nivel alimentario y nutricional de la Poblacion en extrema pobreza y grupos vulnerables, a traves de acciones de apoyo y seguridad alimentaria, con el proposito de coadyuvar al logro de la seguridad alimentaria integral en el MORDAZA, asi como a damnificados por situaciones de emergencia temporal; Que, con la no aplicacion de la inafectacion prevista en el articulo 17º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 776, se esta agraviando el interes publico, por cuanto se esta impidiendo que parte de los recursos del PRONAA, MORDAZA destinados al cumplimiento de sus fines que por ley le corresponde, cual es el elevar el nivel alimentario y nutricional de la poblacion en extrema pobreza y grupos vulnerables; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 365-2004-MIMDES se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 03461-6-2003, la cual es necesario ampliar en los terminos mencionados precedentemente; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asesoria Juridica del MIMDES contenida en el Informe Nº 880-2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar y precisar la Resolucion Ministerial Nº 365-2004-MIMDES en los extremos mencionados en la parte considerativa de la presente resolucion.

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