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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2004 (10/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G31/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 10 de julio de 2004 sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 476/ 06/04, de fecha 7 de junio del 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Perso-nal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, enla ruta Lima - México - Lima, a sus tripulantes auxiliaresCecilia Barrantes, Jean Reyes, Yanina Tavara, Gianina Caso,Luis Porras, Uriel Santisteban, Gabriela Melenez, Gianni-na Pigati, Paola Olaechea y Luis Barrantes, durante losdías 13 y 15 de julio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 12739, 12740, 12741 y 12742, la solicitante ha cum-plido con el pago del derecho de tramitación corres-pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Ordenes deInspección Nº 0960-2004-MTC/12.04-SDO y 0961-2004-MTC/12.04-SDO designando a las Inspectoras Patricia Vic-toria Mc Callum Luján y Mercedes Delpino Aspiazu,respectivamente, para realizar los chequeos técnicos en laaeronave Boeing 767, en la ruta Lima - México - Lima, alpersonal aeronáutico propuesto por la empresa Lan PerúS.A., durante los días 13 al 15 de julio del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je de las referidas Inspectoras de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funcio-nes que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pue-dan realizar los chequeos técnicos a que se contraen lasOrdenes de Inspección Nºs 0960-2004-MTC/12.04-SDO y0961-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las señoritas Patri- cia Victoria Mc Callum Luján y Mercedes Delpino Aspia-zu, Inspectoras de la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ala ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos,durante los días 13 al 15 de julio del 2004, para los finesa que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nº 12739, 12740, 12741 y 12742, abonados a la Di-rección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viá-ticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguien- te detalle: Viáticos (por dos Inspectoras) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos Inspectoras) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, lasInspectoras mencionadas en el Artículo 1º de la presen-te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia ala Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via-je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12818 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61 /G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2004-MTC/02 Lima, 7 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autori-zación de viaje se otorgará por Resolución Ministerialdel respectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conexcepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, es-tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional;