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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (22/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G31/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de junio de 2004 acuerdo a la normatividad vigente y de conformidad con la Décimo Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28128 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, conforme a la distribución precisada en el Anexo Nº 1 queforma parte del presente dispositivo. Artículo 2º.- Utilización de los recursos Los recursos a que se refiere el artículo precedente se utilizarán exclusivamente para la adquisición de materialesy equipos de investigación y enseñanza, siendo responsa- bilidad del Titular del Pliego disponer se rinda cuenta de dicha utilización a los Organismos que señala el Artículo19º del Decreto Supremo Nº 001-2002-JUS. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO 2004 DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FEDADOI (EN NUEVOS SOLES) PLIEGOS FEDADOI 510 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS 1,700,000 511 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD 1,700,000 512 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO 1,700,000 513 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN 1,700,000 514 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA 1,700,000 515 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA 1,700,000 516 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA 1,700,000 517 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ 1,700,000 518 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA 1,700,000 519 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA 1,700,000 520 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO 1,700,000 521 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA 1,700,000 522 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA 1,700,000 523 UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO 1,700,000 524 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL 1,700,000 525 UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN 1,700,000 526 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 1,700,000 527 UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN 1,700,000 528 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE 1,700,000 529 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 1,700,000 530 UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN 1,700,000 531 UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN 1,700,000 532 UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 1,700,000 533 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN 1,700,000 534 UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI 1,700,000 535 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES 1,700,000 536 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA 1,700,000 537 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA 1,700,000 538 UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS 800,000 539 UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURÍMAC 800,000 541 UNIVERSIDAD NACIONAL T ORIBIO RODRÍGUEZ DE MENDOZA 800,000 TOTAL 50,000,000 11825 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G2D /G6D/G65/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G4D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G54/G72/G69/G2D/G6D/G65/G73/G74/G72/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2004-EF/76.01 Lima, 18 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 30º de la Ley Nº 27209 - Ley de Ges- tión Presupuestaria del Estado, señala que la AsignaciónTrimestral de gastos constituye el marco financiero a con- siderar durante cada trimestre, debiendo servir de instru-mento eficaz de la programación del gasto cuya determi- nación responde a la proyección actualizada de los ingre- sos que contempla el Programa Económico; Que, la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 – Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuesta- rio del Gobierno Nacional para el año fiscal 2004 aprobada por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, en su ar-tículo 16º establece que la Dirección Nacional del Presupuesto Público aprueba la Asignación Trimestral de gastos corres- pondiente a las entidades del Gobierno Nacional; y el artículo17º señala que la Previsión Trimestral de los recursos prove- nientes de Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios se elabora en base a la Programación Mensualcontenida en el aplicativo “Proceso Presupuestario”; Que, la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01- Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues-tario de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2004 aprobada por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/ 76.01, en su artículo 16º dispone que la Dirección Nacio-nal del Presupuesto Público aprueba la Asignación Trimes- tral de gastos correspondiente a los Gobiernos Regiona- les; y el artículo 17º señala que la Previsión Trimestral delos recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regio- nales se elabora en base a la Programación Mensual con-tenida en el aplicativo “Proceso Presupuestario”; Que, con el propósito de continuar con el procedimiento de aprobar la Asignación y Previsión Trimestral de gastos, sehace necesario que la Asignación Trimestral del Tercer Tri- mestre del Año Fiscal 2004 se aprueba en forma mensualiza- da y por grupo genérico de gastos, con cargo a las fuentes definanciamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Ordina- rios para los Gobiernos Regionales. Asimismo, la Previsión Trimestral del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2004 se aprue-ba en forma mensualizada y por categoría del gasto, con car- go a las fuentes de financiamiento de Cánon y Sobrecánon, Contribuciones a Fondos, Recursos Directamente Recauda-dos, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, Donaciones y Transferencias, Fondo de Compensación Re- gional y Participación en Rentas de Aduanas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Re- solución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas en los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Asignación Trimestral Mensuali- zada del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2004 por la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios" – Gobierno Nacio- nal ascendente a la suma de CUATRO MIL SEISCIENTOSDIEZ Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL DOS- CIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 617 303 258) y Gobiernos Regionales ascendente a lasuma de SESENTA MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 712 147), y por la Fuente de Financiamiento “ Recur-sos Ordinarios para los Gobiernos Regionales “ ascendente a la suma de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MI- LLONES DOS MIL SETECIENTOS SIETE Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 1 663 002 707 ), de acuerdo al detalle que figura en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Aprobar la Previsión Trimestral Mensualiza- da del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2004 por las Fuentes de Financiamiento diferentes a la de Recursos Ordinarios del Go- bierno Nacional ascendente a la suma de UN MIL NOVECIEN-TOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 1 969 441 075 ), y para los Gobiernos Re-gionales por las Fuentes de Financiamiento diferentes a la de Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales y Recur- sos Ordinarios por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA YUN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SO- LES (S/. 341 952 687 ), de acuerdo al detalle que figura en losAnexos Nºs. 2 y 2A de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General (e)