Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2004 (04/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2004

sarias, para evitar el desabastecimiento de suministros, del citado programa; Que, el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2004-MDM/CEA, convocada para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, fue declarado desierto con relacion al Item I, referido a la adquisicion de Leche Evaporada Entera, con fecha 20 enero del ano en curso, por haber unicamente un solo postor como una unica oferta, conforme al Art. 32º del D.S. Nº 012-2001/ PCM - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que a tenor de lo establecido en la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y los requisitos establecidos en la Ley Nº 27712 modificatoria de la Ley Nº 27470, una MORDAZA convocatoria del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, demandaria una duracion aproximada de 40 dias naturales, cumpliendo todas las etapas de dicho MORDAZA de seleccion, hasta suscripcion del contrato, lo que generaria, un lapso de tiempo de desabastecimiento de insumos al PVL; es imprescindible asegurar la continuidad del funcionamiento del Programa, MORDAZA las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los beneficiarios, ninos, madres gestantes y demas; Que es necesario declarar en Situacion de Urgencia hasta el 31 de marzo, el suministro de Leche Evaporada Entera en Lata, a fin de asegurar el abastecimiento del producto en mencion, y adoptar acciones inmediatas para atender en forma normal las raciones diarias que demanda el PVL, senaladas en la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Que, el Art. 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera en Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, lo que faculta a esta, a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM - Reglamento de la Ley acotada, modificado por el D.S. Nº 079-2001PCM, establece que la Situacion de Urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion respectivo; Que, en este orden de ideas, el Art. 20º de la mencionada Ley, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art. 19º, se realiza mediante MORDAZA de Menor Cuantia, debiendo de aprobarse la exoneracion por Acuerdo de Concejo, asimismo publicarse e igualmente remitirse la documentacion a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el Art. 41º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, con la aprobacion del Acta, por unanimidad se acuerda; ACUERDO Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia hasta el 31 de marzo, el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcara, hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente, segun lo siguiente: ITEM I PRODUCTO Leche Evaporada Entera de 410 gr. CANTIDAD 13,000 latas MONTO S/. 22,750.00

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACARI
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de camion volquete
ACUERDO DE CONCEJO ORDINARIO Nº 05-2004-/MDM/ACO Macari, 28 de febrero del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Macari, provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA, la Adquisicion de un Camion Volquete de 16.5 m3 de capacidad, a traves de situacion de EMERGENCIA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local que tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Concejo las funciones normativas y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que mediante el Informe Tecnico emitido por la Direccion de Obras Publicas, Nº 001-2004/MDM/DOP, de fecha once de febrero del dos mil cuatro, mediante el cual solicita se adquiera en forma Muy Urgente un Camion Volquete de 16.5 m3 de capacidad y el Informe Legal Nº 003-2004/MDM/ AL de fecha doce de febrero de dos mil cuatro, donde opina que es procedente la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de un Camion Volquete de 16.5 m3 de capacidad, dada la Situacion de EMERGENCIA en que se encuentra la provincia de MORDAZA declarada a traves del Decreto Supremo Nº 010-2004-PCM de fecha 6-2-04. A traves de un Acuerdo de Concejo, segun la normatividad vigente en cuanto a Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a las consideraciones esgrimidas y los Dispositivos Legales mencionados en conformidad con lo dispuesto en los Articulos 9º numeral 3) y 73º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas pertinentes con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Emergencia la adquisicion de un Camion Volquete de 16.5 m3 de capacidad, por un valor referencial de USD$ 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil Dolares Americanos). Articulo Segundo.- Autorizar a la Unidad correspondiente, para proceder de acuerdo al Articulo 105º en concordancia con el 116º del Reglamento del D.S. Nº 013-2001-PCM. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA F. CHOQUENAIRA MORDAZA MORDAZA 04578

Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial de Adquisiciones, la adquisicion mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer se notifique a la Contraloria General de la Republica, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias siguientes a su fecha de aprobacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 04485

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORDAZA CHIMBOTE
Autorizan adquirir combustible para unidades vehiculares y maquinarias mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2004-MDNCH MORDAZA Chimbote, 25 de febrero del 2004

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