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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2004 (04/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 97

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G46/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G72 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000122 San Juan de Miraflores, 26 de febrero del 2004 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus Arts. 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº27680, establecen que las Municipalidades tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pú-blica Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece como finalidad de la mencionada Ley, promover la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consa-grado en el numeral 5) del artículo 2º de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, conforme a lo dispuesto en los numerales 2) y 3) del artículo 3º del referido TUO, el Estado adoptará medi- das básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pú-blica, teniendo la obligación de entregar la información quedemanden las personas en aplicación del principio de pu-blicidad;Que, con el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; pu- blicado el 7.8.2003 en el Diario Oficial El Peruano, se apro-bó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública; consecuentemente resulta necesarioaprobar el Formulario a utilizar para solicitar acceso a lainformación de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; Que, el citado Reglamento en su artículo 10º establece que la solicitud de acceso a la información pública puedeser presentada a través del Portal de Transparencia de laEntidad o de forma personal ante su unidad de recepcióndocumentaria, mediante el Formulario contenido en el Anexo que forma parte del mismo; Que, el 13.08.2003 se publicó en el Diario Oficial El Pe- ruano el Anexo del Reglamento de la Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública; Que, estando a los considerandos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Formulario que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, el mismo que se utilizará para solicitar acceso a la informa- ción pública de la Municipalidad Distrital de San Juan deMiraflores Artículo Segundo.- El Formulario aprobado se entre- gará en forma gratuita en la Municipalidad y deberá ser pre-sentado en forma personal a través de la UNIDAD DE AD- MINISTRACIÓN DOCUMENTARIA Y ARCHIVO CENTRAL de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores. Artículo Tercero.- Poner de conocimiento la presente Resolución a los Órganos competentes y publíquese en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMAN Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán teneren cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU