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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 003.02-2004-SGACO-GDU-MSS los Proyectos referentes a Tra- zado y Lotización, Pavimentación de Calzadas y Aceras corres- pondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Media R3, en el terreno de 917.40m², de propiedad de Inmobiliaria y Constructora La Abeja S.A.C., constituido por el Sublote 9C-1 de la Parcelación Semirrústica Fundo Monterrico Chico, ubicado con frente al ahora denomina-do Jr. Buen Retiro (antes calle Buen Retiro), distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Inmobiliaria y Construc- tora La Abeja S.A.C. para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitación Urbana cuyos Proyectos se aprue- ban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sella-dos por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- Encontrándose el terreno materia de Habilitación en un Área de Estructuración Urbana III, el Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: Área Bruta del terreno 917.40 m² Área afecta a vía 0.00 m² Área Útil 917.40 m² Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292-MML es- tablece los Aportes Reglamentarios que deben cumplir las habi- litaciones con fines de vivienda R3 al proyectar una HabilitaciónUrbana, en aplicación a lo cual los porcentajes de Aportes Regla- mentarios que corresponden al área de 917.40 m² son: APORTE ORDENANZA M² REGLAMENTARIO Nº 292 % Recreación Pública 8 73.39 Parques Zonales 2 18.35 Ministerio de Educación 2 18.35 Otros Fines 2 18.35 TOTAL 14 128.44 En atención a que las áreas de aportes están por deba- jo de las áreas normativas mínimas correspondientes atales equipamientos, la administrada deberá solicitar su redención en dinero. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f ' c = 175 kg/ cm², de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terra-plén de material seleccionado de buena calidad y debida- mente nivelado y compactado. El acabado será con la mezcla de cemento - arena fina, en proporción de 1:2 y deun (1) centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines, se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vere-da, de tal manera que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de f ' c = 175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 ml en pozas de concreto. Artículo Tercero.- ACLÁRESE que mediante la presen- te se regulariza la calificación urbana del predio denomina- do registralmente como Sublote 9C-1, ubicado frente al ji-rón Buen Retiro, según Partida Registral Nº 44700174. Artículo Cuarto.- DISPONER que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la IXZona Registral - Sede Lima, la obligación de los propie- tarios de cancelar los déficit de Aportes Reglamentarios que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción deObras; para Recreación Pública de 73.39 m² y Otros Fines de 18.35 m² en la Municipalidad de Santiago de Surco, para Parques Zonales de 18.35 m² en SERPAR LIMA y para elMinisterio de Educación de 18.35 m² en dicho Ministerio. Artículo Quinto.- DISPONER que Inmobiliaria y Cons- tructora La Abeja S.A.C. efectúe la publicación de estaResolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de no- tificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Sexto.- REMITIR los presentes actuados ad- ministrativos en copia certificada a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana deLima, para su verificación de acuerdo a ley.Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 04685 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G2D/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G61/G6C DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-04/MDS Surquillo, 27 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO; El Informe Nº 020-04/GR/MDS del 27.2.04 de la Gerencia de Rentas en el que propone se prorrogue la fecha del Vencimiento de la Primera Cuota de ArbitriosMunicipales e Impuesto Predial del año 2004, hasta el día 30 de marzo del 2004; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe de Vistos, la Gerencia de Rentas propone la prórroga de la fecha de Vencimiento de la Primera Cuota de Arbitrios Municipales e Impuesto Pre- dial del año 2004, hasta el día 30 de marzo 2004 y quefuera aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 001-04/MDS; Que, continuando con la política de la Administración la cual es seguir brindando las facilidades pertinentes a losseñores contribuyentes del distrito a fin de que cumplan con el pago de sus obligaciones tributarias; Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la prórroga de la fecha del Vencimiento de la Primera Cuota de Arbitrios Municipales eImpuesto Predial del año 2004, hasta el día 30 de marzo del 2004 y que fuera aprobada mediante Ordenanza Nº 110/MDS. Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Oficinas de Rentas, de Ejecutoría Coactiva e Informática el cumpli- miento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 04565 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G20 /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G50/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G69/G72/G6F/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G63/G6F/G2D/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 138 Villa María del Triunfo, 30 de enero del 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30.enero.2004, bajo la presidencia del Señor Alcalde Dr. Washington Ipenza Pa-