TEXTO PAGINA: 65
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 ra Etapa - Santiago de Surco, con un área de 1,000.00 m²; y del Lote 18, Manzana K1 de la urbanización Casuarinas Sur - San- tiago de Surco, con un área de 1,614.20 m²; CONSIDERANDO:Que, mediante el Documento Nº 010877.2003 M-1 de fecha 26.JUN.2003 la Autoridad Autónoma del ProyectoEspecial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE solicita la afectación en uso de dos Apor- tes Reglamentarios destinados a Otros Fines, con la finali-dad de realizar la construcción de un Taller de Diseño y Construcción de Obras Metálicas y un Centro de Entrena- miento y Capacitación, respectivamente; Que, el Sublote B de la Manzana D-4 de la urbaniza- ción Prolongación Benavides Tercera Etapa está inscrito en la Oficina Registral de Lima y Callao en la Partida Nº11150899; encontrándose como terreno sin construcción; Que, el Lote 18 de la Manzana K1 de la urbanización Casuarinas Sur corresponde al Aporte Reglamentario paraOtros Fines de la mencionada urbanización, a la fecha el Título Nº 156037 está en trámite de inscripción en el Re- gistro de la Propiedad Inmueble de Lima y Callao; encon-trándose como terreno sin construcción; Que, mediante Informe Nº 1261-2003-OAJ-MSS la Oficina de Asesoría Jurídica (fs. 42), da cuenta de la existencia a la fechade dos procesos judiciales, uno de Interdicto de Recobrar y otro de Nulidad de Resolución de Concejo; que se siguen ante el Ór- gano Jurisdiccional debido a las demandas incoadas por la admi-nistrada referidas a la afectación en uso del aporte Reglamenta- rio ubicado en el Sublote B, Manzana D-4 de la urbanización Prolongación Benavides Tercera Etapa; consecuentemente, pre-via a la autorización de las Afectaciones en Uso solicitadas, se debe requerir a la administrada para que se desista de los aludi- dos procesos judiciales; caso contrario ante la existencia de losmencionados procesos judiciales que requieren ser esclarecidos en sede judicial (se estaría dando la estricta identificación de su- jetos, hechos y fundamentos) en forma previa al pronunciamientode la autoridad administrativa, darían lugar a la inhibición de la Municipalidad de Santiago de Surco según lo establecido en el artículo 64º numeral 64.2 de la Ley Nº 27444. Independientemen-te de ello debe tenerse en cuenta los principios del procedimiento administrativo de legalidad y del debido proceso (artículo IV, nu- merales 1.1 y 1.2 de la Ley Nº 27444), en aras de evitar invalidarel acto administrativo a emitir; Que, sin embargo, legalmente es factible admitir a trámite y otorgar a la autorización de las Afectaciones en Uso solicitadaspor la administrada, de conformidad con las disposiciones conte- nidas en el Reglamento Nacional de Construcciones, artículos II- VI-3.7, II-VI-3.8 y II-II-1; concordante con la normatividad conteni-da en el Decreto Supremo Nº 004-85-VC, cumpliendo el presen- te procedimiento con las disposiciones citadas y en cuanto a lo establecido en el artículo 64º, numeral 64.2 de la Ley Nº 27444, aque se hace referencia en el párrafo precedente, cabe precisar que corresponde a la autoridad administrativa determinar si exis- te la estricta identidad de sujetos, hechos y fundamentos y en elpresente caso teniendo como base los principios del procedi- miento administrativo de razonabilidad, imparcialidad y de efica- cia (artículo IV, numerales 1.4, 1.1.5 y 1.10 de la Ley Nº 27444),concordante artículo 59º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, procede autorizar las solicitudes de Afectación en Uso efectuadas por la AATE y encargar a la Procuraduría PúblicaMunicipal conjuntamente con la Oficina de Asesoría Jurídica la verificación de la conclusión de los procesos civiles a que se hace referencia en el Informe Nº 1261-2003-OAJ-MSS de la Ofi-cina de Asesoría Jurídica; Que, el Aporte Reglamentario destinado a Otros Fines ubicado en Lote 18, Manzana K1 de la urbanización Casuari-nas Sur, con un área de 1,614.20 m², al que hace referencia el Informe Nº 512-2003-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 25 a 27), se encuentra en proceso de inscripción en el Registro de laPropiedad Inmueble de Lima, lo que no constituye óbice para la autorización de la Afectación en Uso del citado Aporte Re- glamentario, porque según el artículo II-VI-3.7 del Reglamen-to Nacional de Construcciones y Ordenanza Metropolitana Nº 292, la titularidad de los Aportes Reglamentarios para Otros Fines corresponde a la Municipalidad Distrital en cuya juris-dicción se ubica; en este caso a la Municipalidad de Santiago de Surco; habiéndose ingresado mediante Título Nº 156037 del Registro de la Propiedad Inmueble el Oficio Nº 188-2003-A-MSS de esta Municipalidad, solicitando la inscripción del mencionado Aporte Reglamentario; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano recomienda la apro- bación de las mencionadas Afectaciones en Uso, bajo las condi- ciones siguientes: Las edificaciones planteadas en los proyectos presentados serán materia de aprobación por la Comisión Técni-ca Calificadora de Proyectos de conformidad con el trámite de Licencia de Obra normado en la Ley Nº 27157 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, cumpliendo con los requisitos del TUPA, cumplimiento de los parámetros edi-ficatorios y urbanísticos para el uso propuesto de conformidad con la zonificación y normatividad vigente; finalmente una vez aprobados los Proyectos presentados, la ejecución de los mis-mos deberá iniciarse dentro de los tres años siguientes, bajo aper- cibimiento de disponer la desafectación de los lotes materia de pronunciamiento; Estando a los Informes Nºs. 512-2003-SDOPRIV-DDU- MSS, 379-2003-SDPU-DDU-MSS y 1261-2003-OAJ-MSS de la Subdirección de Obras Privadas, Subdirección deProyectos Urbanos, Dirección de Desarrollo Urbano y Ofi- cina de Asesoría Jurídica, respectivamente; Contando con los Dictámenes favorables Nºs 013-2003- CDU/MSS y 060-2003-CAL/MSS emitidos por las Comi- siones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Legales, res- pectivamente; de conformidad con lo establecido en losartículos 39º, 41º y 66º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972; por Unanimidad, aprobó el siguiente: ACUERDO1. Autorizar la Afectación en Uso del Aporte Reglamentario destinado a Otros Fines, ubicado en el Sublote B, Manzana D-4 de la urbanización Prolongación Benavides Tercera Etapa con un área de 1,000.00 m², a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivode Lima y Callao - AATE, por el plazo de treinta (30) años. 2. Autorizar la Afectación en Uso del Aporte Reglamentario destinado a Otros Fines, ubicado en el Lote 18, Manzana K1de la urbanización Casuarinas Sur, con un área de 1,614.20 m², a favor de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE,por el plazo de treinta (30) años. 3. Encargar a la Procuraduría Pública Municipal y a la Ofici- na de Asesoría Jurídica ejecutar las acciones legales corres-pondientes a efectos de dar por concluidos los procesos civi- les a que se hace referencia el Informe Nº 1261-2003-OAJ- MSS. 4. Encargar a la Oficina de Asesoría Jurídica la culminación del trámite registral con la consiguiente inscripción en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Lima del Aporte Reglamenta-rio destinado a Otros Fines, ubicado en Lote 18, Manzana K1 de la urbanización Casuarinas Sur. 5. Las edificaciones planteadas en los proyectos, previa- mente a su ejecución deberán ser materia de aprobación por parte de la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos en el trámite de Licencia de Obra normado por Ley Nº 27157 y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, cumpliendo con los requisitos del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad de Santiago de Surcovigente y cumpliendo con los parámetros edificatorios y urba- nísticos para el uso propuesto de conformidad con la zonifica- ción y normatividad vigente. 6. Una vez aprobados los proyectos, la ejecución de los mismos deberán iniciarse dentro de los tres (3) años siguien- tes, caso contrario dará lugar a la desafectación. 7. Autorizar al señor Alcalde a expedir las correspondientes Resoluciones determinando las causales de desafectación, posterior suscripción de Minuta, elevación a Escritura Públicae inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble, cuyo costo deberá ser asumido por la administrada. 8. Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano y a la Ofi- cina de Asesoría Jurídica el cumplimiento del presente Acuer- do. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 04635 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6C /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G69/G65/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/GE1/G72/G65/G61/G73/G20/G76/G65/G72/G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E /G63/G61/G6D/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G69/G73/G74/G65/G72/G6E/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 25-2004-ACSS Santiago de Surco, 2 de marzo de 2004