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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 Que, mediante el Memorándum Nº 013-2004-OR/MDA, la Oficina de Administración e Informe Nº 014-2004-UA/MDA de la Unidad de Abastecimiento solicitan se declare en situación de urgencia el abastecimiento de combustible de las unidadesvehiculares y maquinaria de la Municipalidad de Ancón, por 45 días por el monto de S/. 35,753.84 Nuevos Soles, a fin de po- der proveer del combustible a dichas unidades mientras dure elproceso de selección correspondiente y poder contar con el combustible que se requiera toda vez que son el provisiona- miento del combustible no podrían circular dichos vehículosproduciéndose la paralización de la prestación de los servicios inherentes a la función municipal; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 095-2004-OAJ/MDA señala que de acuerdo al cuadro de consumo de combustible efectuado por la Unidad de Abastecimiento adjunto a dicho informe, se advierte quese está ante la solicitud de declarar en situación de urgen- cia y exoneración del correspondiente proceso de selec- ción, por un período de 45 días calendario, para otorgarsebajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, cau- sal que se encuentra debidamente contemplado en el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado aprobado con D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el Concejo Municipal de Ancón reunido en la se- sión de la fecha, aprobó por unanimidad establecer un monto menor de adquisición es decir hasta S/. 25,000.00 Nuevos Soles por el consumo de combustible por el período de laurgencia, en lugar del monto fijado en los informes técni- cos legales, considerando el déficit presupuestal y las me- didas de austeridad adoptadas por la Corporación; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 27972, con dispensa de la aprobación del acta y con el voto unánime de los miembros del Concejo; ACUERDO: Artículo 1º.- Declarar en situación de Urgencia el abaste- cimiento y adquisición de combustible para las Unidades Vehi-culares y Maquinarias de la Municipalidad de Ancón, por el período de 45 días calendario, por las razones antes expues- tas. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de selec- ción correspondiente, para el abastecimiento y adquisición del combustible hasta por el monto de S/. 25,000.00 Nuevos Soles(Veinticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles) para cumplir con la prestación de los servicios inherentes a la función municipal. Artículo 3º.- Autorizar al Alcalde del distrito de Ancón, ce- lebrar el contrato necesario a fin de atender el suministro de combustible en el marco de la presente situación de urgencia, bajo la modalidad de adquisición de menor cuantía. Artículo 4º.- Encargar a Secretaría General proceda a la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Dia- rio Oficial El Peruano y remita a la Contraloría General dela República los documentos que la sustenten. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 04603 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6D/G70/G72/G65/G6E/G64/G65/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G2D/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G6F DECRETO Nº 003-2004-MDB Barranco, 4 de marzo de 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BARRANCOVISTO; El Oficio Nº 04-90-00001328 de la Gerencia de Asun- tos Legales del Servicio de Administración Tributaria de la Munici-palidad Metropolitana de Lima, mediante el cual requiere se sub- sane algunas observaciones a la Ordenanza Nº 174-MDB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 174-MDB, se estableció el marco legal del Régimen Tributario e importes de arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y SeguridadCiudadana para el ejercicio 2004 en el distrito de Barran- co;Que, con el documento de vistos, el Servicio de Admi- nistración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima ha efectuado algunas observaciones a la Ordenanza Nº 174- MDB, la misma que al amparo de lo dispuesto en la PrimeraDisposición Transitoria y Final de la citada Ordenanza, es viable precisarla mediante Decreto de Alcaldía, siempre que éstas no alteren el fondo de lo aprobado en el Concejo; Estando a las facultades que le confiere la Ordenanza Nº 174-MDB de la Municipalidad de Barranco y Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: 1.-Precisar que el servicio de Limpieza Pública, señalado en el inciso C.1 del artículo 3º de la Ordenanza Nº 174-MDB, publi-cada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero del 2004, comprende el servicio de Mantenimiento Urbano, conforme se especificó en la Estructura de Costos aprobado por OrdenanzaNº 173-MDB, publicado el 26 de enero del 2004. 2.-Encargar a la Gerencia de Administración Financie- ra y Tributaria, el cumplimiento de la presente disposición. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 04645 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 182-MDB Mediante Oficio Nº 163-04-SG-MDB, la Municipalidad de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº182-MDB, publicada en la edición del día 2 de marzo de 2004. DICE:Artículo Primero.- (...)G. ORGANOS DE LINEA (...) 2. Gerencia de Servicios a la Ciudad(...) 2.2. Subgerencia de Limpieza Pública 2.3. Subgerencia de Mantenimiento Urbano(...)" DEBE DECIR: Artículo Primero.- (...) G. ÓRGANOS DE LÍNEA (...)2. Gerencia de Servicios a la Ciudad (...) 2.2. Subgerencia de Limpieza Pública y Mantenimiento Urbano 2.3. Subgerencia de Parques y Jardines (...)" 04544 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 183-MDB Mediante Oficio Nº 163-04-SG-MDB, la Municipalidad de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 183-MDB, publicada en la edición del día 29 de febrero de 2004 DICE: "ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el Artículo Segun- do de la Ordenanza Nº 177-MDB, el mismo que quedaráredactado como sigue: "Artículo Segundo.- Se encuentran comprendidas den- tro de este beneficio las deudas tributarias por conceptode impuesto predial, tasa por concepto de limpieza públi- ca, parques y jardines y seguridad ciudadana, generadas hasta el 25 de enero del 2004 pendientes de pago, cual-quiera sea su estado de cobranza y con recurso de recla- mación en trámite. Asimismo se encuentran comprendidos en la presente ordenanza las multas administrativas gene-radas hasta el 31 de enero del 2004."