Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2004 (05/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de marzo de 2004

Que, el articulo 7º del Reglamento de la citada Ley, dispone que el Plan Anual aprobado debera encontrarse a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la pagina Web de esta, debiendo ademas remitirse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 7º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, y con las atribuciones conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 004-2003-P-GRU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Gerencia Subregional Atalaya, del Gobierno Regional de Ucayali, para el Ejercicio Fiscal 2004 y cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano; asimismo debera remitirse MORDAZA de dicha Resolucion al CONSUCODE y a la PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion, y puesto a disposicion de los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA DE SOUZA Gerente 04606

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan contratacion de arrendamiento de inmuebles mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000345 MORDAZA, 27 de febrero de 2004. VISTOS: El Memorandum Nº 074-04/DICE/GO emitido por la Gerencia de Operaciones, Cobranzas y Servicios Especiales; el Informe Nº 156-49-92-2004 emitido por el Departamento de Logistica y el Informe Nº 04-82-00001110 emitido por la Gerencia de Asuntos Legales; de fecha 27 de febrero de 2004. CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que estan exoneradas de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las contrataciones y adquisiciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, de conformidad con el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico legal previo; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsa-

bilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante Informe Nº 156-49-92-2004, de fecha 27 de febrero de 2004, el Departamento de Logistica remite el Memorandum Nº 074-04/DICE/GO, de la misma fecha, emitido por la Gerencia de Operaciones Cobranzas y Servicios Especiales, el cual establece los parametros tecnicos empleados para ubicar los nuevos depositos vehiculares del SAT y las caracteristicas tecnicas requeridas para implementar los mismos; Que, de la lectura del referido Memorandum, que para los efectos se constituye como Informe Tecnico, se puede apreciar que el SAT cuenta con cinco (5) depositos para el internamiento de los vehiculos capturados; Que, actualmente la capacidad de los depositos resulta insuficiente debido, no solo al considerable incremento de los operativos realizados y las capturas efectuadas, sino ademas a que gran parte de los vehiculos internados no son retirados por sus propietarios y a que dichos depositos deben ser compartidos con la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA (DMTU); Que, esta situacion ocasiona que el SAT no cuente con espacio suficiente para depositar los vehiculos capturados, dificultando la labor de la institucion y causando molestia al personal policial de apoyo asi como a los propietarios de los vehiculos capturados; Que, por otro lado, el Informe Tecnico manifiesta que para poder llevar a cabo los operativos es necesario zonificar las ordenes de captura, tomando como referencia el domicilio de los propietarios de los vehiculos e identificar las principales vias por las que circulan los mismos, determinando el radio de accion a operar. De esta manera, se ha determinado las siguientes zonas: Este (Sector 1 y Sector 2), Centro, Norte, Sur Este, Sur Oeste, Sur y Callao; Que, a su vez, considerando las vias principales de cada MORDAZA donde se efectuaran los operativos se ha delimitado un radio de accion para la ubicacion del deposito. La finalidad principal para determinar dicha ubicacion es maximizar la utilizacion de los recursos humanos (personal policial) y minimizar el tiempo de traslado de las unidades capturadas a los depositos; Que, asimismo, el Informe senala que los depositos requeridos por el SAT deben cumplir con los requisitos de accesibilidad, contando con vias de facil acceso de dos sentidos de circulacion y que no interfieran de manera directa con el MORDAZA de la zona; seguridad, debiendo tener un cerco perimetrico; distribucion interna adecuada, siendo necesario contar con un patio de maniobras como minimo de 4,200 m2. y como MORDAZA de 10,000 m2. que permita una circulacion fluida en el ingreso y salida de los vehiculos, siendo esta la caracteristica de mayor importancia debido a que incide directamente en la operatividad del deposito; instalaciones adecuadas para la implementacion de oficinas, siendo necesario contar con infraestructura que permita implementar oficinas para la administracion del deposito; Que, considerando los criterios mencionados anteriormente, el Informe tecnico propone el arrendamiento en la MORDAZA Este (sector 2) del inmueble ubicado en Av. Portada MORDAZA Nº 880, Urb. MORDAZA - San MORDAZA de Lurigancho dado que se encuentra en una via de doble sentido que permitira la fluidez de los vehiculos, reduciendo el tiempo de viaje de los vehiculos capturados maximizando la utilizacion de recursos humanos; cuenta con un area total de 5,000 m2. aproximadamente, un cerco perimetrico de material noble, oficinas administrativas de material noble de un area de 100 m2. aproximadamente, facilidades tecnicas para lineas telefonicas y MORDAZA de ingreso de MORDAZA de 4 m. de ancho aproximadamente; Que, el Informe tecnico define a este local como el que cumple con las exigencias planteadas. Asimismo, resalta que actualmente en dicha MORDAZA no existe otro local disponible que se adecue a las exigencias; Que, el arrendamiento del referido inmueble tiene un costo total de US$ 36,000.00 (Treinta y Seis Mil y 00/100 Dolares Americanos), incluido los impuestos de ley, por un periodo de 12 meses; Que, en la MORDAZA Centro, el inmueble ubicado en la Av. MORDAZA Nº 1375, Cercado de MORDAZA, dado que este local por su ubicacion estrategica equidistante de las principales vias de la MORDAZA, permitira operar de manera secuencial en diversos puntos, reduciendo sustancialmente los tiempos de traslado de las unidades y maximizando la operatividad del personal policial; Que, dicho local cuenta con un area total de 4,700 m2., area de estacionamiento, patio con piso de cemento de 4,400 m2. aproximadamente, cercado perimetrico de material noble sin techo y una MORDAZA de ingreso de MORDAZA de 4 metros de ancho, doble hoja;

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