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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2004 (05/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de marzo de 2004 Que, en este sentido resulta necesario designar al Di- rector del Área Legal quien ejercerá sus funciones a partir del día 16 de marzo de 2004; De conformidad con la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera, modificada por Ley Nº 28009, y su Reglamento aprobado mediante Decre- to Supremo Nº 163-2002-EF, modificado por DecretoSupremo Nº 061-2003-EF, por lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación defuncionarios públicos, y demás normas pertinentes; RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir del día 16 de marzo de 2004, al señor Miguel Pablo Delgado Barre-da, en el cargo de confianza de Director del Área Le- gal, Categoría Director I, de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo Unidad de Inteligencia Financiera 04500 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G6C/G69/G65/G67/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2004-GR.CAJ-CR Cajamarca, 20 de enero de 2004El Consejo Regional del Gobierno Regional Caja- marca; VISTO el Cuadro Modificatorio del Programa deInversiones 2004, alcanzado por la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Demarcación Territo- rial; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 074-2003-GR.CAJ-CR, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura para el presente Año Fiscal 2004, correspondiente al PliegoPresupuestario del Gobierno Regional de Cajamarca, de acuerdo a los anexos que en folios 29 útiles, debi- damente visados formaban parte integrante del referi-do documento; Que, en su Sesión Ordinaria llevada a cabo en la Sede Institucional, el día diecinueve del mes y año encurso; el Consejo Regional; ACORDÓ:1. Modificar el Programa de Inversiones 2004 corres- pondiente al Pliego Presupuestario del Gobierno Regionalde Cajamarca, de acuerdo a los anexos que en folios 07 útiles, que se adjuntan, los mismos que forman parte inte- grante del presente Acuerdo. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 04536GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20 /G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20 /G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G68/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G2D /G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G69/G6E/G61/G72 ORDENANZA REGIONAL Nº 0012-2004-GRC/CRC POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Ordinaria Descentralizada realizada en la pro-vincia de Espinar del departamento del Cusco, el día vein- ticuatro de febrero del año dos mil cuatro, ha tratado, deba- tido y aprobado por unanimidad la siguiente OrdenanzaRegional: CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienenautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme establece el artículo 49º inciso f) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales son funcio- nes, entre otros, de los Gobiernos Regionales el de "Organizar los niveles de atención y administración delas entidades de salud del Estado que brindan servi- cios en la región, en coordinación con los gobiernos locales"; Que, por iniciativa de los integrantes del Consejo Regional del Cusco y atendiendo las necesidades de servicios de salud de la población de diversas provin-cias, en especial de la provincia de Espinar; Que, es necesario implementar estrategias de ges- tión para promover la ejecución de proyectos deinfraestructura hospitalaria en el ámbito del departamen- to del Cusco; Estando a lo expuesto, con la aprobación unánime del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Declárese de Interés Público Provincial y Regional la Construcción del Hospital TipoII en la provincia de Espinar, del departamento del Cus- co por parte del Municipio provincial de Espinar y el Sector Salud. Artículo Segundo.- Comuníquese a los Organismos correspondientes del Gobierno Central y al Ministerio de Salud los alcances de la presente Ordenanza Regio-nal. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regio- nal entrará en vigencia al día siguiente de su aproba-ción por el pleno del Consejo Regional del Cusco. Provincia de Espinar, veinticuatro de febrero del 2004CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Presidente 04596 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G65/G74/G61/G73/G20/G61/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G69/G6F/G72/G69/G74/G61/G2D /G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G64/G75/G2D /G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G67/G65/G6E/G64/G61/G73/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2003-GRJ/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN