TEXTO PAGINA: 12
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G31/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de marzo de 2004ÍTEM DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DEPENDENCIA DONDE AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE DE TRÁMITE SE INICIA EL TRÁMITE RESUELVE EL RESUELVE LA UIT TRÁMITE IMPUGNACIÓN Arts. 12º, 13º, 14º, 15º, 26º, 27º, 28º, 29º y 43º de la 2 Adjuntar: Resolución Nº 015-2004-JNE (09/02/04) - Copia certificada del acta de fundación (conforme al Art. 6º de la Ley Nº 28094, en cuanto fuera pertinente) - Relación de adherentes en número no menor del 1% de ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, dentro de lacircunscripción en la que la organización política local desarrolle susactividades y pretenda presentar candidatos. La relación se presentarácon la firma y número del DNI de cada uno de los adherentes contenidosen los planillones expedidos por la ONPE. El 100% del número de firmasde adherentes requerido para la inscripción es gratuito y por cada firmaadicional entregada en la primera remesa debe hacerse con elcorrespondiente pago - Las organizaciones políticas locales que realicen actividades a nivel de las provincias de lima y el callao o de cualquier otra provincia, deberánpresentar las actas de constitución de comités en, a lo menos, la mitadmás uno del total de distritosEn el caso que la organización política local desarrolle sus actividadesa nivel distrital deberá presentar el acta de constitución de, cuandomenos, un comité partidario en el distrito correspondiente. - Copia certificada de las actas de constitución deben estar suscritas por no menos de 50 adherentes debidamente identificados - Nombre de los fundadores- Designación de los personeros legales (titulares - alternos) y técnicos- Designación de los apoderados- Comprobante de pago (*) Las organizaciones políticas locales pueden participar solo en elecciones municipales y su cancelación se produce terminado el proceso electoralpara el que se inscribieron Plazo de la inscripción: Hasta 210 días calendario antes de la realización de los comicios Una síntesis de la solicitud se publica en la página web y en el diario oficial dentro de los 5 días útiles de recibida la solicitud y subsanada lasobservaciones si las hubiere. En el caso que sea necesario la verificación defirmas de adherentes, el plazo para la publicación se computa a partir de lafecha que el órgano electoral competente remite al JNE su reporte de comprobación de firmas, superando el mínimo legal de adherencias requerido 01.05Procesamiento de listas adicionales de adherentes 1 Solicitud dirigida al JNE 0.003% Oficina de Trámite Documentario Oficina de Registro de Organizaciones No aplicable Arts. 93º y 94º de la Ley Nº 26859 (01/10/97) UIT y Archivo Políticas Ley Nº 27706 (25/04/02) 2 Adjuntar: por cada Art. 7º de la Ley Nº 28094 (01/11/03) - Reporte del órgano electoral competente sobre los resultados de firma verificación de firmas adicional - Presentación de firmas en número no menor a la diferencia del 1% de ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional,menos el número de firmas declaradas válidas; dentro de la circunscripcióndonde la organización política realice sus actividades - Comprobante de pago de acuerdo al número de firmas adicionales presentadas Plazo de subsanación para partidos políticos: Hasta 6 meses antes de las elecciones Plazo de subsanación para movimientos regionales y organizaciones políticas locales: 210 días naturales antes de la fecha de los comicios 01.06Subsanación de solicitudes de inscripción de organizaciones 1 Solicitud de subsanación presentada por personero o apoderado, diri gida Gratuito Oficina de Trámite Documentario Oficina de Registro de Organizaciones No aplicable políticas al Registro de Organizaciones Políticas y Archivo Políticas Art. 14º de la Resolución Nº 015-2004-JNE (09/02/04)