Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2004 (08/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

ITEM

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITE UIT

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE LA IMPUGNACION

Oficina de Tramite Documentario y Archivo Resuelve en 3 dias 3.125% UIT por cada tachado MORDAZA Electoral Especial Pleno del JNE Ver item 6.54

Prueba documental Comprobante de pago

Pag.264176

06.53

Tacha contra los funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales y coordinadores del local de votacion Art. 49º de la Ley Nº 26859 (21/06/95)

1

Tacha formulada por ciudadano dirigido al MORDAZA Electoral Especial

2 -

Adjuntar: Prueba instrumental Comprobante de pago

Plazo de presentacion: 5 dias naturales despues de publicada la lista de las personas seleccionadas 11% UIT MORDAZA Electoral Especial Pleno del JNE No aplicable

06.54

Recurso de apelacion contra lo resuelto por los Jurados Electorales Especiales sobre la tacha a funcionarios de las Oficinas Descentralizadas de Procesos y coordinadores del local de votacion Art. 49º Ley Nº 26859 (21/06/95) modificado por art. 5º de la Ley Nº 27369 (18/11/00)

1

Recurso de Apelacion dirigida al MORDAZA Electoral Especial

2 -

Adjuntar: MORDAZA de la Resolucion impugnada Pruebas, de ser el caso, que sustenten la apelacion Comprobante de pago

Plazo de presentacion: 3 dias naturales

07
Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo

Derechos de participacion y control ciudadanos
Pleno del JNE No aplicable

07.55

Iniciativa de reforma constitucional Arts. 8º,17º, 18º y 19º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) Resolucion Nº 050-2003-JNE (23/01/03) Art. 4º de la Ley Nº 27706 (25/04/02) Resolucion Nº 109-2002-JNE (11/04/02)

1

Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por los promotores, senalando domicilio comun

2 -

Admitida la iniciativa ciudadana se remite el expediente al Congreso de la Republica y se tramitan con arreglo de las mismas previsiones dispuestas para las iniciativas de los congresistas

NORMAS LEGALES

-

Adjuntar: Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto con una MORDAZA, con la relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identificacion, firmas o huellas digitales en un numero, no menor al 0.3% de la poblacion electoral nacional (equivalente a 45,894 firmas de adherentes) Texto de la iniciativa de reforma constitucional

Consideraciones: - La verificacion de las firmas de adherentes correspondiente al 0.3% de la poblacion electoral nacional, es gratuita - El Secretario General remite al organo electoral competente la lista de adherentes para la verificacion Gratuito Oficina de Tramite Documentario y Archivo Pleno del JNE No aplicable

07.56

Iniciativa legislativa Arts.8º, 11º, 12º, 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 26300 (02/05/94) Resolucion Nº 050-2003-JNE (23/01/03) Art. 4º de la Ley Nº 27706 (25/04/02) Resolucion Nº 109-2002-JNE (11/04/02)

1

Solicitud dirigida al Presidente del JNE, suscrita por los promotores, senalando domicilio comun

2 -

Admitida la iniciativa ciudadana se remite el expediente al Congreso de la Republica y se tramitan con arreglo de las mismas previsiones dispuestas para las iniciativas de los congresistas

-

Adjuntar: Lista de firmas de los adherentes en planillones expedidos por la ONPE y en Disco Compacto con una MORDAZA, con la relacion de sus nombres, apellidos, documentos de identificacion, firmas o huellas digitales en un numero, no menor al 0.3% de la poblacion electoral nacional (equivalente a 45,894 firmas de adherentes) Texto de la iniciativa legislativa

MORDAZA, lunes 8 de marzo de 2004

Consideraciones: - Los promotores pueden nombrar a 2 representantes para sustentar la iniciativa - La verificacion de las firmas de adherentes correspondiente al 0.3% de la poblacion electoral nacional es gratuita - El Secretario General remite al organo electoral competente la lista de adherentes para la verificacion - La iniciativa legislativa rechazada y las que se hayan aprobado introduciendo modificaciones sustanciales que desvirtuen su finalidad inicial, pueden ser sometidas a referendum conforme a la legislacion vigente (Ver item) - El JNE podra acumular las iniciativas que se acrediten y someterlas a

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